De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de prórroga al Convenio entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. y el Ayuntamiento de Madrid para su incorporación a la Red Europea de Autenticiudades.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del correspondiente al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 22 de diciembre de 2023.–La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., Aída Fernández González.
REUNIDOS
De una parte, la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM), doña Aída Fernández González, nombrada por Real Decreto 827/2022, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de octubre de 2022), actuando como representante de la misma en virtud de las facultades que le confieren la Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo autónomo «Registro de la Propiedad Industrial», en su artículo quinto, y el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas en su artículo seis.
De otra parte, el Ayuntamiento de Madrid (Ayuntamiento), con CIF P2807900B, representado por: doña Engracia Hidalgo Tena, en calidad de Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, y doña Inmaculada Sanz Otero, en calidad de Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, en ejercicio de las competencias atribuidas por Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, en relación con lo dispuesto en el apartado 2.º del anexo del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de Área de Gobierno de Economía Innovación y Hacienda, y en el apartado 2.º del anexo de Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
MANIFIESTAN
I. Con fecha 29 de diciembre de 2021, la OEPM y el Ayuntamiento firmaron un convenio con objeto de declarar a la ciudad de Madrid como Autenticidad (convenio), con el fin de fomentar la sensibilización sobre el valor de la Propiedad Industrial y el impacto negativo de la falsificación, así como favorecer la lucha contra la misma en el ámbito local, aprovechando las herramientas disponibles en dicho ámbito y la cercanía con el ciudadano que presenta el municipio. El convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) con fecha 30 de diciembre de 2021, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) con fecha 11 de enero de 2022.
II. En la cláusula decimotercera del convenio se establece una vigencia de dos años, con la posibilidad de prorrogarse por un período de hasta dos años adicionales.
III. Debido al interés de las dos partes en continuar con la colaboración en los mismos términos, y estando vigente el compromiso de las partes a tal fin,
ACUERDAN
Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el objeto de la presente adenda es prorrogar por dos años adicionales la vigencia del convenio, es decir, hasta el 30 de diciembre de 2025.
La actividad «evento de lanzamiento» tuvo lugar de conformidad con los términos expresados en el convenio, y no procede prorrogarla.
En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio.
Los efectos de la presente adenda comenzarán tras su inscripción en el REOICO, sin perjuicio de su posterior publicación en el BOE.
Y en prueba de conformidad las partes firman la presente adenda.–Por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., la Directora, Aída Fernández González.–Por el Ayuntamiento de Madrid, la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena; y la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, Inmaculada Sanz Otero.
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