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Documento BOE-A-2023-7314

Resolución de 9 de marzo de 2023, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con Villa i Tatti-The Harvard University Center for Italian Renaissance Studies, para el desarrollo del programa de una beca internacional I Tatti-Museo del Prado.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 20 de marzo de 2023, páginas 41718 a 41720 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2023-7314

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado y Villa I Tatti-The Harvard University Center for Italian Renaissance Studies modifican y prorrogan el convenio de 5 de mayo de 2021 (REOICO de 6 de mayo de 2021 y BOE núm. 117 de 17 de mayo de 2021) para el desarrollo de un programa de beca internacional, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda al convenio inicial, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 9 de marzo de 2023.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del convenio entre el Museo Nacional del Prado y Villa I Tatti-The Harvard University Center for Italian Renaissance Studies para el desarrollo del programa de una beca internacional I Tatti-Museo del Prado

En Madrid, a 12 de diciembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, el Museo Nacional del Prado (en adelante, MNP), con domicilio en Madrid, Paseo del Prado, s/n, y NIF: Q-2828018-H, representado por don Miguel Falomir Faus, nombrado director del Organismo Público Museo Nacional del Prado por Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo (BOE de núm. 66 de 18 de marzo), en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, en su artículo 7.2.l).

De otra parte, Villa I Tatti. The Harvard University Center for Italian Renaissance Studies (en adelante, VIT), es un centro de estudios avanzados, con domicilio en Via di Vincigliata, 22, 50135 Florencia, Italia, y que pertenece a la Universidad de Harvard (USA) representada por Alina Payne, como Directora del Harvard University Center for Italian Renaissance Studies, Villa I Tatti y Carolina Harvey como Harvard University’s contract officer.

Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para este acto, en la representación que ostentan, y

MANIFIESTAN

I. Que el pasado 5 de mayo de 2021 el MNP y VIT, formalizaron un convenio para el desarrollo del programa de una beca internacional I Tatti-Museo del Prado.

II. Que estando vigente el compromiso de las partes en su desarrollo y continuación, han decidido ampliar la distribución temporal del calendario de la beca anual, y por consiguiente, extender su vigencia para dar cumplimiento a tres nuevas convocatorias de becas según el siguiente calendariopactado:

Beca 2023-24. Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2023. Estancia en VIT: Enero a junio 2024.

Beca 2024-25. Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2024. Estancia en VIT: Enero a junio 2025.

Beca 2025-26. Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2025. Estancia en VIT: Enero a junio 2026.

Y, a tal fin,

ACUERDAN

Primero. Modificar la cláusula cuarta del convenio relativa a la distribución temporal del calendario de la beca anual.

Mediante el presente acuerdo, la cláusula cuarta del convenio de 5 de mayo de 2021, queda redactada del siguiente modo:

«La distribución temporal de convocatorias y estancias del becario en ambas instituciones se organizará conforme al siguiente calendario:

Beca 2021-2022:

– Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2021.

– Estancia en VIT: Enero a junio 2022.

Beca 2022-2023:

– Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2022.

– Estancia en VIT: Enero a junio 2023.

Beca 2023-2024:

– Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2023.

– Estancia en VIT: Enero a Junio 2024.

Beca 2024-2025:

– Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2024.

– Estancia en VIT: Enero a Junio 2025.

Beca 2025-2026:

– Estancia en MNP: Septiembre a diciembre 2025.

– Estancia en VIT: Enero a Junio 2026.»

Segundo. Modificar la cláusula sexta del convenio relativa a la dotación de la beca.

Mediante el presente acuerdo, la cláusula sexta del convenio de 5 de mayo queda redactada del siguiente modo:

«La cuantía total destinada por VIT para la beca será de 12.000 € (doce mil euros) para la estancia del becario en el MNP, y 24.000$ (veinticuatro mil dólares) para la estancia de VIT, junto con una bolsa para el alojamiento en VIT será de 1.500 $ (mil quinientos dólares).

VIT se encargará de la gestión económica de la beca y de efectuar los pagos al becario.

VIT reconoce y se asegurará de que, en virtud de la realización de los compromisos asumidos por el MNP en virtud de este Convenio, el MNP no adquiere compromisos laborales con la persona seleccionada para la beca.»

Tercero. Prorrogar el Convenio de 5 de mayo de 2021 (REOICO de 6 de mayo de 2021 y BOE núm. 117 de 17 de mayo de 2021).

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en la letra h), punto 2.º, del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y cláusula quinta del convenio, el convenio entre el MNP y VIT queda prorrogado hasta 31 de julio de 2026.

Cuarto. Permanencia inalterada del resto del clausulado del convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio formalizado por ambas partes el 5 de mayo de 2021.

Quinto. Validez y eficacia de la presente adenda.

La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40//2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

For Villa I Tatti-The Harvard University Center for Italian Renaissance Studies, Alina Payne.–For the Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.–For Harvard University Grants and Contracts Officer, Carolina Harvey.

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