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Documento BOE-A-2024-11454

Resolución de 1 de abril de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Digital para la Innovación e Inclusión Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 2024, páginas 65588 a 65590 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-11454

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Alberto Aramburu Gisbert, don Santiago Valentín-Gamazo Gómez-Alonso y don Juan-Manuel Millán Mateu, según resulta de la escritura otorgada ante la notaria de Madrid doña Eva María Sanz del Real, el 30 de diciembre de 2022, con el número 3.470 de protocolo, subsanada mediante diligencia de 28 de julio de 2023, y por otra complementaria otorgada ante la misma notaria, el 8 de enero de 2024, con número de protocolo 11.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Doctor Esquerdo, n.º 18, escalera A, piso 1.º B, CP 28028 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada totalmente tal y como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La difusión y promoción de nuevas tecnologías, metodologías y herramientas digitales que favorezcan el acceso a la información y al conocimiento en igualdad de condiciones a las personas más vulnerables y/o en riesgo de exclusión social, contribuyendo así a disminuir la brecha digital, el aislamiento social y la soledad no deseada.

El apoyo a las soluciones ofrecidas por la tecnología; transmitiendo y difundiendo a la sociedad el saber científico y tecnológico, valorando el papel que desempeñan, así como las innovaciones producidas por su investigación. Asimismo, dicha investigación, el análisis y la promoción de los aspectos que suponen el uso y disponibilidad de las tecnologías con los colectivos objeto de atención, así como la creación de conocimiento. Especialmente se promoverá la cooperación con otras áreas y disciplinas para un mejor conocimiento de las tecnologías relacionadas con la ayuda y asistencia remota/teleasistencia y otras similares.

La mejora de la accesibilidad y usabilidad del entorno y de la comunicación tanto en ámbitos domésticos, urbanos, rurales o incluso digitales de todos los ciudadanos; incorporando, desde el propio diseño, las necesidades de todas las personas, con especial atención o aquellos colectivos en riesgo de vulnerabilidad social, ya sea con diversidad funcional, mayores, desempleados, o en riesgo de exclusión o exclusión por cualquier motivo.

Lograr la inserción laboral y social de personas o de los colectivos objeto de atención a través de la formación para el empleo y el aprendizaje permanente en ámbitos preferentes en donde el uso de la tecnología mejore la vida de las personas.

El desarrollo y promoción de la Innovación Social como búsqueda y promoción de soluciones innovadoras a los problemas y dificultades sociales y la promoción y la difusión de su uso generalizado.

El fomento y difusión de las herramientas y programas de evaluación de Impacto Social que permitan analizar los cambios en comunidades o colectivos como resultado de proyectos públicos o privados, y que además de valorar su rentabilidad social, permitan predecir y anticipar cambios; para generar estrategias que permitan responder de manera proactiva a las consecuencias de su desarrollo e implementación.

Quinto. Patronos.

Don Alberto Aramburu Gisbert, don Santiago Valentín-Gamazo Gómez-Alonso y don Juan-Manuel Millán Mateu.

Cargos:

Presidente: Don Juan-Manuel Millán Mateu.

Vicepresidente: Don Santiago Valentín-Gamazo Gómez-Alonso.

Secretario no patrono: Don Fernando-Enrique Ruiz-Beato Negre.

Vocal: Don Alberto Aramburu Gisbert.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 21 de marzo de 2024.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Digital para la Innovación e Inclusión Social patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 1 de abril de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.

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