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Documento BOE-A-2024-14058

Resolución de 30 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se cancela el uso del distintivo de calidad "Sello Vida Saludable".

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 9 de julio de 2024, páginas 86399 a 86400 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2024-14058

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/2475/2015, de 19 de noviembre, se crea el distintivo de calidad de centros docentes Sello Vida Saludable (BOE del 24).

La Orden ECD/2475/2015 en su artículo 7.2 establece que «periódicamente, y al menos cada dos años, podrán realizarse revisiones por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con el fin de comprobar si se continúan cumpliendo los requisitos que justificaron la concesión».

Mediante Resolución de 13 de junio de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se resuelve la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» para el 2016 (BOE del 21).

Mediante Resolución de 25 de junio de 2018, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, se resuelve la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» para el 2018 (BOE del 28).

Mediante Resolución de 30 de junio de 2020, de la Secretaría de Estado de Educación, se resuelve la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» 2020 (BOE de 9 de julio).

Mediante Resolución de 30 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, se resuelve la concesión del distintivo de calidad «Sello Vida Saludable» 2022 (BOE de 11 de julio).

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 7.2 de la Orden ECD/2475/2015, una vez revisados todos los centros adjudicatarios de 2016, 2018, 2020 y 2022, y de acuerdo con la propuesta formulada por la comisión evaluadora, he resuelto:

Primero.

Cancelar el derecho al uso del distintivo «Sello Vida Saludable» como consecuencia del incumplimiento de las condiciones que fundamentaron su otorgamiento al centro:

Año de concesión 2016:

Número de solicitud Nombre del centro Código de centro
DCSVS/00084 IES Aguas Vivas. 19003930
DCSVS/00119 IESO «Cigales». 47001353
DCSVS/00127 CEIP Victoria Kent. 28040015
DCSVS/00152 IES Antonio Buero Vallejo. 19002597
DCSVS/00162 IES Tubalcain. 50011513
DCSVS/00229 Colegio Santa María del Camino. 28015124
DCSVS/00233 IES Poeta Díaz Castro. 27016200

Año de concesión 2018:

Número de solicitud Nombre del centro Código de centro
DCSVS18/00026 IES La Quintana. 33023169
DCSVS18/00256 IES Canarias Cabrera Pinto. 38002831

Año de concesión 2020:

Número de solicitud Nombre del centro Código de centro
DCSVS20/00140 CEIP Vuelo Madrid-Manila. 26001201
Segundo.

La presente resolución se dicta en virtud a lo establecido en la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Formación Profesional (BOE de 21 de enero).

Tercero.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 30 de junio de 2024.–El Secretario de Estado de Educación, P.D. (EFP/43/2021, de 21 de enero), la Directora General de Planificación y Gestión Educativa, María del Ángel Muñoz Muñoz.

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