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Documento BOE-A-2024-15120

Orden PJC/751/2024, de 19 de julio, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2024, páginas 93712 a 93716 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-15120

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo,

Acuerdo anunciar la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera, que se encuentre en cualquier situación administrativa, salvo excedencia voluntaria por interés particular sin que haya transcurrido el periodo de permanencia o en suspensión de funciones, y que reúna los requisitos establecidos para su desempeño en la relación de puestos de trabajo y los relacionados en el anexo I de la presente orden.

Segunda.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado» y se presentarán a través de los siguientes medios y de acuerdo con el formulario recogido en el anexo II:

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes al Departamento, a través del Registro General de este Ministerio, edificio INIA, Complejo de la Moncloa, o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También se podrá presentar por vía telemática a través de la dirección electrónica https://mpr.sede.gob.es/procedimientos/index/categoria/1273, sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Tercera.

Además de los datos personales y número de registro de personal, que se consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:

Un curriculum vitae en formato normalizado, pudiendo valerse de estándares europeos (https:europass.europa.eu/es/créate-europass-cv) en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.

Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

La cumplimentación de un cuestionario de autoevaluación dirigido a valorar las competencias directivas (anexo III).

Quienes no presten servicios en la Administración General del Estado, deberán aportar asimismo un certificado de la Unidad de Personal de la Administración en la que presten servicios, en el cual se haga constar el tipo de relación de servicios, el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, los puestos desempeñados en dicha Administración y el tiempo de servicios efectivos prestados y reconocidos para el cómputo de trienios.

Acreditación, en su caso, de estar en posesión de la formación requerida para el puesto de trabajo y que se consigna, en su caso, en el anexo I, salvo que dicha formación esté anotada en el Registro Central de Personal.

Cuarta.

La selección se realizará en base a criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia. A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, se celebrarán entrevistas según las siguientes indicaciones.

Quinta.

El órgano competente para el nombramiento designará, para su asesoramiento, a dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de personal directivo público, que deberán estar presentes en las entrevistas y emitir un informe de valoración.

Sexta.

De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el nombramiento podrá, con el asesoramiento de las personas designadas y de acuerdo con lo previsto anteriormente, realizar una selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, sean objeto de entrevista.

Séptima.

La orden adjudicando el puesto convocado, así como los nombramientos derivados, se efectuarán en el plazo máximo de un mes, contado desde la finalización de la presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Octava.

La resolución de la presente convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la presente notificación, ante los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 19 de julio de 2024.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P. D. (Orden PCM/318/2022, de 11 de abril), el Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO I
N.º orden Puestos de trabajo Nivel Complemento específico Localidad Adscripción Funciones Requisitos y competencias Observaciones
Admón. Grupo/ subgrupo Exclusión
  Centro de Estudios Políticos y Constitucionales                  
  Subdirección General de Estudios e Investigación                  
1 Subdirector/Subdirectora General, código de puesto: 1160321. 30 29.112,02 € Madrid. A4 A1

– Programar, promover y realizar los estudios, informes y proyectos de investigación necesarios para el ejercicio de las funciones atribuidas al Centro.

– Llevar a cabo las actividades que correspondan al Centro en los aspectos docentes e investigadores del mismo.

– Aquellas otras que le encomiende el Director del Centro.

Requisitos:

– Título de Doctor en Derecho, Ciencias Políticas o materia afín a los objetivos del CEPC.

– Experiencia consolidada en investigación y transferencia del conocimiento.

– Conocimiento sólido de metodologías de investigación.

– Habilidades de comunicación y liderazgo.

– Capacidad para desarrollar y liderar equipos de investigación.

– Capacidad para el análisis y sistematización de la información.

– Experiencia docente.

Competencias:

– Coordinar las acciones que permitan gestionar acuerdos y convenios con organismos de ciencia, tecnología e investigación a nivel nacional e internacional.

– Organización de congresos, seminarios, coloquios, simposios, conferencias, foros bilaterales o multilaterales, que permitan alcanzar e impulsar los objetivos y líneas prioritarias del CEPC.

– Coordinación de los recursos humanos de la S.G. de Estudios e Investigación.

– Dirección del proceso de selección anual de los alumnos del Máster en Derecho Constitucional del CEPC.

– Participación en comisiones de selección de becarios con la Fundación Carolina y el Ministerio de Educación.

– Desempeño como secretario/a en los tribunales de selección de los premios otorgados por el CEPC.

– Admisión de investigadores visitantes conforme a los criterios y disponibilidades del CEPC.

– Realizar la coordinación académica, en colaboración con la UIMP de las enseñanzas, elaborar los informes de seguimiento internos y externos y los de renovación de acreditación del título y participar en las reuniones de las comisiones internas y externas de calidad del título de MUDC.

– Participación en los tribunales para la defensa de los trabajos fin de máster (TFM).

– Participación en los tribunales para los premios a los mejores trabajos TFM que se otorgan anualmente.

– Coordinación del módulo relativo a la iniciación a la investigación del MUDC.

– Comisiones para la provisión de puestos de trabajo en el área de investigación y estudios.

– Desarrollo e implementación de las líneas de investigación más acordes con los objetivos del CEPC.

– Coordinar las actividades con otras áreas del organismo (dirección, publicaciones y gerencia) a fin de concretar y avanzar en los objetivos y planes estratégicos del CEPC.

– Coordinación e impulso de la red Alumni del CEPC.

Se requiere seis años de antigüedad como personal funcionario de carrera en el subgrupo A1.

A4: otras Administraciones.

ANEXO II

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/177/15120_14626571_1.png

ANEXO III
Cuestionario de autoevaluación de competencias directivas

Convocatoria: Orden de fecha ..................................................

(«Boletín Oficial del Estado» de ..................................................)

Puesto:

Nombre y apellidos:

Valore, de 1 (nada) a 5 (totalmente), el grado en que considera adquirida cada competencia:

Área competencial Competencia

Puntuación

(1 a 5)

I. Liderazgo transformador. 1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización.  
2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos.  
3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública.  
4. Cooperar eficazmente con otros actores.  
5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades.  
II. Gestión estratégica de proyectos. 1. Planificar y tener visión estratégica.  
2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales.  
3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales.  
4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos.  
5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios.  
III. Comunicación y relaciones interpersonales. 1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos.  
2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares yen los niveles superiores.  
3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360º (vertical, horizontal y transversal).  
4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional.  
IV. Adaptabilidad y toma de decisiones. 1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios.  
2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno.  
3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos.  
4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información.  
V. Compromiso con el servicio público y ética profesional. 1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público.  
2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad.  
3. Aplicar los principios y valores de la administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización.  
4. Actuar con ética profesional e integridad pública.  
5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos.  

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