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Documento BOE-A-2024-17948

Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 6 de septiembre de 2024, páginas 111499 a 111504 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2024-17948

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, acuerdo anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación (19/24), de puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca en anexo I podrá ser solicitado por las personas funcionarias que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.

Segunda.

Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Subsecretaría de Hacienda (Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá, 9, 4.ª planta, 28071 Madrid), de acuerdo con formulario recogido en el anexo II.

Tercera.

Adicionalmente incluirán en la solicitud su curriculum vitae en formato normalizado, pudiendo valerse de estándares europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv). En este habrán de constar los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.

Cuarta.

Complementariamente, aportarán una justificación por escrito de idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

Quinta.

Finalmente, incorporarán el cuestionario de autoevaluación previsto en anexo III, debidamente cumplimentado, dirigido a valorar las competencias directivas.

Sexta.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, y se presentarán a través del Registro Electrónico General AGE (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima.

A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, se celebrarán entrevistas, que serán comunicadas a las personas candidatas con, al menos, 48 horas de antelación.

Octava.

El órgano competente para el nombramiento designará, para su asesoramiento, a dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de personal directivo público, que deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de valoración.

Novena.

La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto.

Décima.

De existir un número elevado de solicitudes, el órgano competente para el nombramiento podrá, con el asesoramiento de las personas designadas, y de acuerdo con lo previsto en punto anterior, realizar una selección de aquellos participantes que, por su idoneidad, sean objeto de entrevista.

Undécima.

No será necesaria la solicitud de los informes de los procedimientos de libre designación previstos en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Duodécima.

El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona seleccionada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda.

Decimotercera.

Si la persona seleccionada presta sus servicios en ministerio u organismo distinto del convocante, deberá adjuntar un certificado extendido por la Unidad de personal donde se encuentre destinada, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuviera desempeñando y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.

Decimocuarta.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el mismo órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del domicilio del interesado, a elección del mismo (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).

Madrid, 4 de septiembre de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.

ANEXO I
N.º orden Centro directivo - Unidad puesto de trabajo Provincia - Localidad Nivel CE Gr./Sb. Admón. Méritos Observaciones
  S. de E. de Presupuestos y Gastos Intervención Gral. Admón. del Estado              
  S.G. de Intervención y Fiscalización              
1

Subdirector/Subdirectora General.

(3464645).

Madrid - Madrid. 30 34.388,90 A1 AE

Requisitos:

1. Diez años de antigüedad como personal funcionario de carrera del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

2. Licenciatura o grado en Derecho.

3. Experiencia directiva en gestión y/o control de la actividad económico financiera.

Méritos:

– Experiencia mínima de diez años en la elaboración y coordinación de informes de análisis jurídico sobre disposiciones legales y reglamentarias en el ámbito económico financiero público.

– Experiencia mínima de cinco años en el ejercicio de la función interventora, tanto en intervención delegada como en servicios centrales.

– Experiencia en gestión económico financiera.

Competencias:

a) Dirección de equipos.

b) Adaptabilidad y toma de decisiones.

c) Gestión estratégica de proyectos.

 

Administración:

AE: Administración del Estado.

ANEXO II

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ANEXO III
Cuestionario de autoevaluación competencias directivas

Convocatoria: Resolución de fecha .............................. («Boletín Oficial del Estado» de ...............................).

Puesto: ...........................................................................................................................

Nombre y apellidos: .......................................................................................................

Valore, de 1 a 5 (siendo el 1 la expresión mínima), cada una de las competencias directivas referidas.

Área competencial Competencia

Puntuación

(1 a 5)

I. Liderazgo transformador. 1. Liderar, con la participación de los miembros del equipo, la consecución de los objetivos de la organización.  
2. Motivar, comunicar efectivamente y gestionar adecuadamente equipos.  
3. Incorporar procesos de innovación en la gestión pública.  
4. Cooperar eficazmente con otros actores.  
5. Manifestar equilibrio emocional ante situaciones de presión o dificultades.  
II. Gestión estratégica de proyectos. 1. Planificar y tener visión estratégica.  
2. Conocer el contexto, especialmente los entornos digitales.  
3. Tener inteligencia contextual para lograr apoyos institucionales.  
4. Ser capaz de diseñar, planificar, ejecutar y evaluar políticas y programas públicos.  
5. Gestionar recursos materiales, tecnológicos y económico-presupuestarios.  
III. Comunicación y relaciones interpersonales. 1. Ser capaz de negociar y resolver conflictos.  
2. Tener habilidad para influir mediante la comunicación y las relaciones interpersonales en el equipo, en los pares y en los niveles superiores.  
3. Ser capaz de realizar una comunicación efectiva 360° (vertical, horizontal y transversal).  
4. Ser capaz de representar a la organización en el ámbito nacional e internacional.  
IV. Adaptabilidad y toma de decisiones. 1. Tener flexibilidad y capacidad de adaptación a los cambios.  
2. Tomar decisiones de forma proactiva y ajustadas al entorno.  
3. Resolver problemas complejos, afrontar las crisis y prever los riesgos.  
4. Tener capacidad de análisis y sistematización de la información.  
V. Compromiso con el servicio público y ética profesional. 1. Priorizar el interés general en la toma de decisiones y centrar las mismas en la ciudadanía y el servicio público.  
2. Mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión pública mediante un aprendizaje continuo y la orientación a la calidad.  
3. Aplicar los principios y valores de la Administración pública a las responsabilidades directivas y a la organización.  
4. Actuar con ética profesional e integridad pública.  
5. Promover la integridad pública en la organización y en los equipos.  

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