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Documento BOE-A-2024-18039

Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se amplía el número de Aulas Abiertas Especializadas para el alumnado con trastorno del espectro autista en centros sostenidos con fondos públicos de las ciudades de Ceuta y Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 7 de septiembre de 2024, páginas 111803 a 111804 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-A-2024-18039

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aborda en su título II los principios y actuaciones dirigidas a los grupos de alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo.

El artículo 71.2 de la citada Ley Orgánica dispone que corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por retraso madurativo, por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, por trastornos de atención o de aprendizaje, por desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.

Asimismo, el artículo 74.1 de la referida norma establece que la escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducir medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas, cuando se considere necesario. La escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios. Por su parte, en el apartado 4 del mismo artículo se indica que corresponde a las Administraciones educativas promover la escolarización en la educación infantil del alumnado que presente necesidades educativas especiales, así como desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de educación primaria y secundaria obligatoria. Para atender adecuadamente a dicha escolarización, la relación numérica entre profesorado y alumnado podrá ser inferior a la establecida con carácter general.

La enseñanza dirigida al alumnado con trastorno de espectro autista requiere unos recursos y apoyos muy especializados, siendo necesario el trabajo de profesionales de diferentes ámbitos y el empleo de elementos metodológicos y didácticos muy específicos. Las singulares dificultades que estos alumnos tienen para el aprendizaje, la comprensión del mundo, así como para la comunicación y las relaciones sociales, hacen necesaria la creación de espacios de trabajo altamente estructurados y la utilización de recursos específicos para la comunicación.

Para responder a estas necesidades y al mandato del artículo 74.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se crean las Aulas Abiertas Especializadas para el alumnado con necesidades educativas especiales derivadas del trastorno de espectro autista.

La Resolución de 30 de junio de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se crean, regulan y ordenan las Aulas Abiertas Especializadas para el alumnado con trastorno del espectro del autismo en centros sostenidos con fondos públicos de las ciudades de Ceuta y Melilla estableció la creación de dos aulas en la Ciudad de Ceuta, en los CEIP Lope de Vega y CEIP Maestro José Acosta, y dos aulas en la Ciudad de Melilla, en los CEIP Pedro de Estopiñán y CEIP Reyes Católicos, con el fin de garantizar los principios de normalización e inclusión del alumnado con trastorno de espectro autista en centros sostenidos con fondos públicos de educación infantil y primaria.

Mediante la Resolución de 21 de junio de 2018, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se amplían el número de Aulas Abiertas Especializadas para el alumnado con trastorno del espectro autista en centros sostenidos con fondos públicos de las ciudades de Ceuta y Melilla, se autorizaron dos aulas nuevas, una en la Ciudad de Ceuta, en el CEIP José Ortega y Gasset y otra, en la Ciudad de Melilla, en el CEIP Juan Caro Romero.

Posteriormente, mediante la Resolución de 13 de julio de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se amplía el número de Aulas Abiertas Especializadas para el alumnado con trastorno del espectro autista en centros sostenidos con fondos públicos de las ciudades de Ceuta y Melilla, se autorizaron tres aulas nuevas, dos en la Ciudad de Ceuta, en los CEIP Maestro Juan Morejón y CEIP Federico García Lorca y otra aula en CC Enrique Soler de la Ciudad de Melilla.

El aumento de este tipo de alumnado que necesita la inclusión educativa a través de Aulas Abiertas Especializadas justifica la necesidad de creación de una nueva aula en cada ciudad.

Primero. Creación de nuevas Aulas Abiertas Especializadas.

La presente resolución tiene por objeto crear un Aula Abierta Especializada para el alumnado con trastorno de espectro autista en cada uno de los centros señalados:

Ceuta: CEIP Santiago Ramón y Cajal.

Melilla: CEIP Pintor Eduardo Morillas.

Segundo. Proceso de creación, regulación y ordenación de las Aulas Abiertas Especializadas.

Las aulas anteriormente mencionadas tendrán el mismo proceso de creación, regulación y ordenación que el establecido en la Resolución de 30 de junio de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se crean, regulan y ordenan las Aulas Abiertas Especializadas para el alumnado con trastorno del espectro autista en centros sostenidos con fondos públicos de las ciudades de Ceuta y Melilla.

Tercero. Recursos materiales.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes dotará con el equipamiento y los recursos adicionales necesarios a los centros educativos con Aulas Abiertas Especializadas en centros de educación primaria y secundaria, con cargo al presupuesto disponible para esta finalidad.

Cuarto. Efectos.

La presente resolución surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de septiembre de 2024.–El Secretario de Estado de Educación, Abelardo de la Rosa Díaz.

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