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Documento BOE-A-2024-18180

Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Extremadura, para la organización del curso "Coeducación y masculinidad(es) igualitarias: enfoques y retos para construir igualdad".

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 10 de septiembre de 2024, páginas 112812 a 112822 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Igualdad
Referencia:
BOE-A-2024-18180

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 2 de septiembre de 2024 se ha suscrito el Convenio entre la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia de Género y la Universidad de Extremadura para la organización del curso «Coeducación y Masculinidad(es) igualitarias: Enfoques y Retos para construir Igualdad».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 4 de septiembre de 2024.–La Secretaria de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, Ana María Calvo Sastre.

ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia de Género y la Universidad de Extremadura para la organización del curso «Coeducación y Masculinidad(es) igualitarias: Enfoques y Retos para construir Igualdad»

REUNIDOS

De una parte, la Universidad de Extremadura, con CIF Q0618001B y domicilio en Rectorado Plaza de los Caldereros s/n, 10003, Cáceres, actuando en nombre y representación de la misma don Pedro M.ª Fernández Salguero, Rector Magnífico, en virtud de las facultades que le autoriza su nombramiento, efectuado por Decreto 166/2022, de 30 de diciembre, actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 93.h) de Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Extremadura y de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 20 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

De otra parte, doña Ana María Calvo Sastre, en su condición de Secretaria de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, del Ministerio de Igualdad, nombrada por Real Decreto 76/2024, de 16 de enero, y en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en calidad de representante de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la erradicación de la violencia contra las mujeres del Ministerio de Igualdad, con NIF S28011446-B y con domicilio social en la calle Alcalá número 37, 28014 de Madrid.

Las partes presentes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento; capacidad que mutuamente se reconocen.

EXPONEN

I. Que la Universidad de Extremadura se define por su dedicación a la docencia e investigación, para lo cual resulta necesaria la colaboración de otras instituciones. Entre sus fines se contempla el apoyo científico y técnico al desarrollo social, económico y cultural, así como el mejor conocimiento en todos sus aspectos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que constituye su ámbito.

Que la Universidad de Extremadura organizará en septiembre y octubre de 2024 los Cursos Internacionales de Verano/Otoño de la Universidad de Extremadura, concebidos como un foro del conocimiento en el que la participación, el debate y la reflexión de los universitarios, profesionales y público interesado posibilitan el intercambio de ideas en aras de una mayor riqueza intelectual. Sus contenidos pluridisciplinares permiten el análisis de temas de actualidad, de demanda social y de campos específicos del saber. Complementan así las disciplinas universitarias y fomentan la preparación cultural.

II. Que la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (en adelante Secretaría de Estado), es un órgano dependiente del Ministerio de Igualdad conforme al artículo 1.4 del Real Decreto Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Igualdad, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Que a la Secretaría de Estado le corresponde, según lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 246/2024, de 8 de marzo, las funciones de propuesta, elaboración y desarrollo de las normas, actuaciones y medidas dirigidas a asegurar la igualdad de trato y de oportunidades, especialmente entre mujeres y hombres, y el fomento de la participación social, política y económica de las mujeres. Asimismo, conforme al punto segundo del citado artículo, le corresponde el seguimiento de la aplicación y desarrollo normativo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. En particular, le corresponde el fomento de las medidas que favorezcan la conciliación del trabajo con la vida personal y familiar, así como la corresponsabilidad en las responsabilidades familiares.

En el marco de estas competencias, desde el año 2021, la entonces Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género del Ministerio de Igualdad impulsó el Plan Corresponsables, un programa público que tiene por objeto iniciar el camino hacia la garantía del cuidado como un derecho en España desde la óptica de la igualdad entre mujeres y hombres, al amparo del artículo 44 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Entre las líneas prioritarias que contempla el Plan, el cual se materializa mediante resoluciones anuales correspondientes, se encuentra la de promover la implicación de los hombres en el ámbito de la corresponsabilidad.

Que la Secretaría de Estado tiene interés en colaborar con la Universidad de Extremadura en la realización del curso «Coeducación y masculinidad (es) igualitarias: enfoques y retos para construir igualdad», a celebrar en Cáceres en el marco de los Cursos Internacionales de Verano/Otoño que la Universidad organiza y gestiona. Las fechas concretas del curso serán acordadas por las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento.

Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y recursos en una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que ambas partes tienen encomendado, acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

La Universidad de Extremadura organizará, contando con la colaboración de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, el curso «Coeducación y masculinidad (es) igualitarias: enfoques y retos para construir igualdad», aportando para ello todos los medios materiales y personales necesarios para su realización, en el marco de la programación académica de los Cursos Internacionales de Verano/Otoño de la Universidad.

La descripción y objetivos del curso se recogen en el anexo I.

Segunda. Actuaciones de cada una de las partes.

I. Corresponde a las autoridades académicas de la Universidad de Extremadura, en colaboración con la Dirección del curso, el diseño de los programas y de las normas para su desarrollo. El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes. Las variaciones que posteriormente sea imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias por causa de imprevistos o por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas partes, no pudiendo nunca afectar a la descripción y objetivos del curso acordados según anexo I.

II. La Universidad de Extremadura avalará académicamente este curso emitiendo los correspondientes diplomas a las personas participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin, la Universidad de Extremadura se responsabilizará del control de asistencia del alumnado, así como de toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.

III. Para la ejecución de este convenio, las partes firmantes asumen los siguientes compromisos de gestión:

a) La Universidad de Extremadura, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, siempre dentro de lo que establezca su normativa sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público, se encargará de:

Aprobar el programa y las normas para su desarrollo, así como adoptar cualquier clase de medida que resulte necesaria para su correcta realización.

Aportar todos los medios materiales y personales necesarios para su realización, que incluye:

– Honorarios.

– Alojamiento y manutención.

– Gastos de viaje y desplazamientos.

Publicidad de la celebración del curso dentro del plan general de publicidad de la Universidad de Extremadura.

Servicio de Secretaría de alumnado.

Información y matriculación del alumnado.

Expedición de diplomas y certificaciones.

Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos protocolarios.

Servicio de gabinete de prensa.

Durante la celebración del curso, alguna conferencia podrá ser grabada para ser difundida a través de las plataformas informáticas de la Universidad de Extremadura y/o en un canal de YouTube, quedando así reflejado en el Programa del Curso, el cual quedará adjunto a este convenio como parte integrante del mismo.

Grabación del curso en su totalidad con medios técnicos propios de la Universidad y su entrega a la Secretaría de Estado, la cual podrá utilizarlos para su edición, difusión, transcripción y publicación en formato papel o a través de sus redes sociales o página web del Ministerio de Igualdad, siempre que se mencione expresamente su origen. Las intervenciones originales y el material puesto a disposición de los alumnos no podrán ser usados con fines comerciales.

Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y realización del curso (locales, megafonía, equipos audiovisuales y otros, servicios de limpieza, mantenimiento).

Otros servicios: gestión administrativa, servicios y actividades culturales complementarias.

Participar en la reunión de la comisión de seguimiento de cierre tras el curso.

Remitir a la Secretaría de Estado, en un plazo máximo de diez días hábiles desde la finalización del mismo los siguientes documentos: informe de ejecución cuantitativo y cualitativo del curso; cuestionarios de evaluación cumplimentado por los/las participantes; documentación de liquidación de gasto para la realización del pago por parte de la Secretaría de Estado y certificado acreditativo de aportación.

Se reservarán un máximo de 55 plazas becadas, con derecho a diploma, para alumnado que inscriba el Ministerio de Igualdad en régimen de matrícula y manutención.

Tercera. Colaboración en la financiación. Compromisos económicos de las partes.

I. La Secretaría de Estado se compromete a participar en la financiación del curso indicado, de acuerdo a lo establecido en el punto Primero, con una ayuda económica de un máximo de 19.023,80 € (diecinueve mil veintitrés euros con ochenta céntimos) para la financiación de las partidas reflejadas en el anexo II con cargo a la aplicación presupuestaria 30.02.232B.226.06, a la finalización del curso y previa justificación de las prestaciones previstas en este convenio, de conformidad con el artículo 21 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, lo que supone la entrega de un informe detallado de seguimiento de las acciones realizadas y la conformidad de las mismas por parte de la Comisión de Seguimiento del convenio, mediante ingreso a la Universidad de Extremadura en la cuenta corriente número ES67 0049 6147 60 2510012507 del Banco de Santander.

En caso de que la ejecución presupuestaria sea inferior en algún concepto a la especificada en el anexo II, la cuantía de la financiación comprometida por la Secretaría de Estado se reducirá en ese concepto hasta la cuantía efectivamente destinada al mismo, no siendo posible la compensación entre conceptos.

La Universidad de Extremadura emitirá para la parte colaboradora certificado acreditativo de la aportación señalada en el párrafo anterior, en un plazo no superior a 30 días hábiles desde la recepción de la ayuda económica.

La Secretaría de Estado se compromete a financiar un máximo de 55 becas para personal de la AGE, CC. AA. y entidades locales y del tercer sector, que incluye matrícula y manutención para la asistencia al curso, así como a dar difusión de las mismas por canales internos, por un coste máximo de 6.050 euros, tal y como se recoge en el presupuesto en el anexo II de este convenio.

La Secretaría de Estado se compromete a financiar el alojamiento de los/las ponentes durante los días de impartición del curso.

II. La Universidad de Extremadura se compromete a participar en la financiación del curso indicado, de acuerdo a lo establecido en el punto Primero, con una contribución económica de 2.794,80 € (dos mil setecientos noventa y cuatro euros con ochenta céntimos) para la financiación de las partidas reflejadas en el anexo II del presente convenio.

III. La Universidad de Extremadura se reserva el derecho a la cancelación del curso en caso de no llegar a un mínimo de 10 inscripciones, comprometiéndose la Secretaría de Estado a sufragar los gastos que dicha Universidad, con ocasión de la preparación del curso haya tenido que soportar hasta ese momento, de acuerdo con lo establecido en la cláusula tercera.

Cuarta. Publicidad y difusión.

I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del curso se destacará la colaboración de la Secretaría de Estado con la Universidad de Extremadura, respetando en todo caso las directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.

II. En el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del curso deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).

Quinta. Modificación y vigencia.

I. La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las personas firmantes y se recogerá expresamente mediante la firma de la correspondiente adenda que será tramitada conforme al artículo 48 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

II. El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

III. El presente convenio finalizará una vez hayan terminado las actividades previstas en el mismo y se hayan cumplido todas las obligaciones previstas en su clausulado y, en todo caso, el 31 de diciembre de 2024.

Sexta. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.

Para velar por la adecuada ejecución de las cláusulas recogidas en el presente convenio, se constituye una Comisión de seguimiento que estará compuesta por las siguientes personas:

En representación de la Universidad de Extremadura, la persona titular de la Dirección de los Cursos de Verano, así como la persona coordinadora del presente curso.

En representación de la Secretaría de Estado, dos personas funcionarias de su Gabinete.

La Comisión de seguimiento, que será el órgano responsable del control y seguimiento del convenio, adoptará sus acuerdos por unanimidad de las personas que lo componen, y tendrá las siguientes funciones:

Proponer actuaciones concretas de seguimiento, vigilancia y control en ejecución de lo dispuesto en el presente convenio.

Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del presente convenio y proponer mejoras del mismo, que deberán ser acordadas por las dos partes que lo suscriben, mediante adenda modificativa al convenio.

La presidencia de la comisión corresponderá a la persona titular de la Dirección de los Cursos de Verano de la Universidad de Extremadura. La secretaría de la Comisión, con voz y voto, será la persona coordinadora del curso del Gabinete de la Secretaría de Estado.

La comisión se reunirá al menos una vez durante la vigencia del convenio, así como cuando lo solicite cualquiera de las partes firmantes con una antelación mínima de siete días hábiles.

El funcionamiento de la comisión de seguimiento se regirá por la regulación de los órganos colegiados contenida en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. La Comisión podrá establecer o completar su propio régimen jurídico de funcionamiento interno.

Séptima. Protección de datos personales.

I. Que ambas partes, respecto a la citada colaboración, cumplirán en todo momento lo dispuesto en materia de protección de datos personales por el Reglamento europeo (EU) 2016/679 de protección de datos personales, así como por la normativa nacional vigente, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en cuanto a la recogida y tratamiento de los datos personales relacionados con el presente convenio.

Ambas partes se informan de que los datos personales contenidos en el presente convenio serán tratados en base al interés legítimo, con la finalidad de llevar a cabo la gestión del convenio.

Los datos serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades derivadas del tratamiento. Posteriormente, la conservación o, en su caso, la supresión se realiza conforme a la normativa vigente.

II. En el supuesto de que la Secretaría de Estado, respecto de la citada colaboración, tuviera que tener acceso a los datos de carácter personal registrados en el fichero de tratamiento denominado «Plataforma de eventos» titularidad de la Universidad de Extremadura, responsable en último término, se firmará el correspondiente anexo mediante adenda. Dicho encargo se llevará a cabo únicamente para el desarrollo de las funciones legítimas de las partes, pudiendo utilizar los datos la Secretaría de Estado cuando esta actúe en su nombre y como subencargada del tratamiento por cuenta de aquella, exclusivamente para los fines descritos en el presente convenio.

III. El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y decisiones individuales automatizadas, portabilidad y limitación del tratamiento de los datos personales podrá realizarse vía correo electrónico al email de la parte Patrocinadora (dpd@igualdad.gob.es), de la Patrocinada (dpd@unex.es) o bien mediante escrito dirigido a la Universidad de Extremadura a Oficina de Igualdad. Edificio Antiguo Comedor s/n. Campus Badajoz.

Las Partes tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), si se consideran infringidos estos derechos.

Delegado de Protección de Datos (DPO) de la parte Patrocinadora: dpd@igualdad.gob.es.

Datos del Delegado de Protección de Datos (DPO) de la parte Patrocinada: dpd@unex.es.

Octava. Extinción y causas de resolución.

I. El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en las siguientes causas de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de las personas firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las partes firmantes.

d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.

e) Por la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del mismo por la extinción de la personalidad jurídica de alguna de las partes o por disposiciones del Gobierno o de las Comunidades/Ciudades Autónomas de restricción de la movilidad, o de cualquier otro tipo, derivadas de la gestión de situaciones de pandemia o emergencia sanitaria.

f) Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente.

Las partes vendrán obligadas a comunicarse por escrito la acreditación de la concurrencia de la causa invocada.

II. En el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por alguna de las partes, la parte que detectara dicho incumplimiento podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que en el plazo de quince días naturales cumpla con las obligaciones o compromisos incumplidos. Si transcurrido dicho plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, con eficacia desde la comunicación de dicha resolución al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Las partes, en el seno de la Comisión de Seguimiento, podrán fijar la cuantía de la indemnización por los perjuicios causados.

III. En caso de extinción del convenio, tanto por cumplimiento como por resolución, se procederá a la liquidación de los compromisos financieros de conformidad con lo recogido en el presente convenio y lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Novena. Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del presente convenio a través de la comisión de seguimiento del convenio. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con la Ley de 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, en dos ejemplares, en Madrid, a fecha de última firma.–Por la Universidad de Extremadura, Pedro M.ª Fernández Salguero.–Por la Secretaria de Estado de Igualdad y para la erradicación de la violencia contra las mujeres, el Ministerio de Igualdad, Ana María Calvo Sastre. Nombrada por RD 76/2024 de 16 de enero.

ANEXO I
Descripción, objetivos y programa del curso

Denominación: «Coeducación y Masculinidad (ES) Igualitarias: Enfoques y Retos».

Fecha de celebración: las fechas concretas del curso serán acordadas por las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento.

Dirección del curso: Dra. doña María Ángeles Serrano Alfonso/Dra. doña Beatriz Muñoz González.

Justificación de la propuesta

La presente propuesta responde a los siguientes ODS: ODS 5-Igualdad de género y ODS 4-Educación de calidad. A continuación, se contextualiza y justifica la idoneidad de este curso de verano en relación con esta temática escogida.

ODS 5. Igualdad de género:

Como se explica en la descripción del ODS 5, la violencia y la explotación sexuales, el reparto desigual del trabajo doméstico y de cuidados no remunerado y la discriminación en los cargos públicos siguen suponiendo enormes obstáculos para alcanzar la igualdad de género (ONU, 2015).

Asimismo, una de las líneas de actuación sugeridas por el mismo organismo es la promoción de una educación que aborde esta cuestión. La organización y realización de este curso de verano permite contribuir a seguir trabajando en esta línea y bajo esa premisa educativa. En particular, y entre las diferentes metas incluidas bajo el objetivo 5, se atiende a las siguientes:

5.2 Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación.

5.4 Reconocer y valorar los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados mediante servicios públicos, infraestructuras y políticas de protección social, y promoviendo la responsabilidad compartida en el hogar y la familia, según proceda en cada país.

5.c Aprobar y fortalecer políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas a todos los niveles.

ODS 4. Educación de calidad:

Por otro lado, la educación es considerada un instrumento clave para alcanzar muchos otros objetivos de desarrollo sostenible, por ejemplo, ayuda a reducir las desigualdades y a alcanzar la igualdad de género (ONU, 2015).

Impulsar iniciativas educativas como la del curso de verano propuesto permite afrontar claramente este principio. En concreto, esta propuesta incide especialmente en la siguiente meta de este ODS:

4.7 De aquí a 2030, asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la educación para el desarrollo sostenible y los estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y la contribución de la cultura al desarrollo sostenible.

Objetivos del curso

– Analizar y profundizar en el conocimiento de las masculinidades como línea para trabajar por una educación en igualdad de género efectiva.

– Establecer un foro del conocimiento en el que la participación, el debate y la reflexión conjunta del público interesado (alumnado, profesorado, profesionales, ciudadanía) posibiliten el intercambio de ideas en aras a la transformación social a través de la coeducación y las nuevas masculinidades.

Programa provisional

Primer día:

9.15h -10 h Recepción/Acreditaciones.

10-11 h Conferencia inaugural.

Posmachismo y Neomachismo. Claves para enfrentarse a los modelos patriarcales actuales. Dr. Miguel Lorente (Universidad de Granada).

11-11:30 h Inauguración autoridades.

11.30-12 h Pausa-café.

12 h-14 h Proyección de documentales y posterior coloquio con Mabel Lozano:

«Biografía del cadáver de una mujer»

«AVA»

«PornoXplotacion"

Coincidiendo con el Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas, creamos este espacio de aprendizaje y debate para profundizar en el conocimiento y abordaje del tema del curso.

14 h-16 h Tiempo para comer.

Bloque I: Educación

16 h -17 h Conferencia XXX.

Dra. Francesca Salvà (Universitat de les Illes Balears).

17 h-18.30 h Mesa redonda: Experiencias en la promoción de las masculinidades igualitarias desde la educación.

Modera: Dr. Juan García García (Universidad de Extremadura)

Participan:

Sra. Valentina Longo (CEPAIM-Proyecto KINDER).

Sr. Jesús Moreno Pizarro (FIS).

Sr. Marcos Castro (Profesor de Educación Secundaria).

Segundo día:

Bloque II: Violencia de género

10-11 h Conferencia "Cuando la violencia es menor de edad".

Dra. Carmen Ruiz- Repullo (Universidad de Granada).

11 h-11.30 h Pausa-café

11.30-12.30h Conferencia: "Tus hijos ven porno y lo sabes".

Sr. José Luis García, Psicólogo clínico y sexólogo (Gobierno de Navarra).

12.30-14.00h Mesa redonda "Experiencias en la prevención de la violencia de género. Un enfoque educativo".

Modera: Dra. Teresa Alzás García (Universidad de Extremadura)

Participan:

Miguel Ángel Arconada (experto en coeducación).

José Francisco Gras Muñoz (Grupo RED).

Sr. Marcos Castro (Profesor de Educación Secundaria).

María José Pulido Pérez (Maestra, pedagoga, Exdirectora General del Instituto de la Mujer de Extremadura).

Ricardo Higuera (Men talk).

14 h-16 h Tiempo para comer.

16 h -17 h Conferencia Redes sociales, manosfera y activismo online.

Sr. Lionel Delgado.

17 h-18 h Conferencia Masculinidades igualitarias: enfoques y retos para una igualdad de género.

Dra. Bakea Alonso (CEPAIM).

18 h-18.30 h Diálogos preguntas y debates con las personas ponentes.

Modera. Dra. María Ángeles Serrano (Universidad de Extremadura).

Tercer día:

Bloque III: Cuidados

10-11 h Conferencia Cambio social y marcadores de masculinidades.

Dra. Beatriz Muñoz González.

11 h-11.30 h Pausa-café.

11.30-12.30 h Conferencia Soledad y cuidados. Masculinidad y género en el espacio rural.

Dr. Boja Rivero (Universidad de Extremadura).

12.30-13.30 h Conferencia "Masculinidad y paternidad".

Sr. Ritxar Bacete.

13.30 h-14 h Diálogos: Preguntas y debates con las personas ponentes.

Modera. Dra. María Ángeles Serrano (Universidad de Extremadura)

14 h-16 h Tiempo para comer

16 h -17 h Conferencia El papel de las Universidades en la promoción de masculinidades igualitarias.

Dra. Belén Suárez Lantarón. Directora de la Oficina para la Igualdad de la Universidad de Extremadura.

17 h-18 h Clausura del curso por las autoridades.

ANEXO II
Presupuesto

Curso: Coeducación y masculinidad (es) igualitarias: enfoques y retos para construir igualdad

Presupuesto de gastos

Concepto

Coste

Euros

Coste asumido por Ministerio Coste asumido por UEX
Dirección (máximo 700 Є persona).      
  2 codirecciones (1). 1.400 1.000 400
Retribución profesorado.      
  11 ponencias x 300 Є (1). 3.300 3.000 300
  12 personas mesas redondas x 120 Є (1). 1.440 1.200 240
  Desplazamientos (0,22 Є/km). 3.014,88 3.014,88  
  Alojamiento (máximo 64,69 Є/noche). 1.811,32 1.811,32  
  Manutención (39,7 Є/día × 10 personas × 3 días). 1.189,80 1.189,80  
Otros.       
  Proyección documentales (2). 900 900  
  Alquiler espacio (349 Є/día = 1.047 Є) (3). 1.047   1.047
  Material fungible (4). 330   330
  Publicidad (4). 100   100
Gastos de gestión administrativa.      
  Gastos de gestión y administración (10 % del presupuesto) (5). 1.235,60 857,80 377,80
Subtotal. 15.768,60 12.973,80 2.794,80
Becas Ministerio.       
  Matricula: (50 Є × 55 persona). 2.750,00    
  Manutención (comida): (20 Є/persona y día × 3 días) × 55 personas. 3.300,00    
Subtotal. 6.050,00 6.050,00 0,00
Total. 21.818,60 19.023,80 2.794,80

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