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Documento BOE-A-2024-19978

Resolución de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Grupo Español de la Comisión Trilateral.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 3 de octubre de 2024, páginas 121455 a 121456 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-19978

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por las entidades mercantiles Holding Gonvarri, SRL y BCN 2001, SL, Sociedad Unipersonal y por don Pablo Isla Álvarez de Tejera, doña Cristina Garmendia Mendizábal, don Ignacio Garralda Ruiz de Velasco, don Marc Puig Guasch, doña Christian Gut Revoredo, don Manuel Falcó Girod, doña María Pilar López Álvarez, don Jacobo Roa Vicens, don Jaime Castellanos Borrego y don Luis de Carlos Bertrán según resulta de la escritura otorgada ante la notaria de Madrid doña Ana López-Monís Gallego, el 23 de abril de 2024, con el número 1.959 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido la calle Nanclares de Oca 1, B de Madrid (28022) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Cuarenta mil ochocientos euros (40.800 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La Fundación tiene como fin general el progreso de las sociedades democráticas desde un punto de vista social y económico.

Los fines específicos de la Fundación son:

a) Fomentar las relaciones de cooperación, paz y prosperidad económica entre países.

b) Comprometerse y reforzar los valores compartidos de democracia, estado de derecho, economías y sociedades abiertas.

Quinto. Patronos.

Don Luis de Carlos Bertrán, doña María Pilar López Álvarez y don Javier Faus Santasusana.

Cargos:

Presidente: Don Luis de Carlos Bertrán.

Secretario no patrono: Doña María Icíar Areilza Carvajal.

Vocales: Doña María Pilar López Álvarez y don Javier Faus Santasusana.

Directivos:

Director: Don Jacobo Roa Vicens.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 10 de julio de 2024.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Grupo Español de la Comisión Trilateral Patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 19 de julio de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.

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