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Documento BOE-A-2024-27550

Resolución de 26 de diciembre de 2024, del Consorcio de la Zona Especial Canaria, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por promoción interna, de plazas de Auxiliar Administrativo, nivel 2.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 31 de diciembre de 2024, páginas 187387 a 187396 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2024-27550

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria, en virtud de delegación del Consejo Rector, adoptada mediante Acuerdo de 17 de febrero de 2011 (BOC núm. 52, de 11 de marzo), para la aprobación de cualquier acto necesario hasta la cobertura definitiva de las plazas vacantes, y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, convoca procesos selectivos, por el procedimiento de promoción interna y por el sistema de concurso-oposición, para el acceso a una plaza de Auxiliar Administrativo de nivel 2 con destino en la oficina de Santa Cruz de Tenerife, cuya previa convocatoria mediante resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 19 de enero de 2024 y ampliada por resolución posterior publicada en fecha 18 de octubre de 2024, queda vacante por falta de presentación de aspirantes, y una plaza de Auxiliar Administrativo de nivel 2 con destino en la oficina de Las Palmas de Gran Canaria.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases.

El desarrollo del proceso selectivo derivado de la presente convocatoria cumplirá con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como con el resto de principios establecidos en el artículo 55 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Bases

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema de promoción interna, de dos plazas de personal laboral, correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2023, de las siguientes categorías profesionales a las que se refiere el artículo 5 del Convenio colectivo para el personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria (BOC núm. 249, de 27 de diciembre de 2006):

Grupo Categoría Nivel Plazas Destino
4 Auxiliar Administrativo. 2 1 Santa Cruz de Tenerife.
4 Auxiliar Administrativo. 2 1 Las Palmas de Gran Canaria.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición en el que se garantizarán los principios de libre concurrencia, publicidad, mérito y capacidad, con las valoraciones y puntuaciones descritas en el anexo I de la presente convocatoria.

1.3 La presentación de solicitudes supone la plena aceptación de las bases por parte de las personas aspirantes, así como la declaración responsable de que todos los datos consignados son ciertos y comprobables a requerimiento del Consorcio de la Zona Especial Canaria.

1.4 Las bases de estos procesos y cualesquiera otros actos relacionados con los mismos se encontrarán publicados, además de en el tablón de anuncios de las oficinas del Consorcio de la Zona Especial Canaria en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es, en el Portal Funciona (https://sede.funciona.gob.es/public/servicios) y en la página web del Consorcio, www.canariaszec.gob.es.

1.5 Concluidos los procesos selectivos, las personas aspirantes que los hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos y poseer los méritos alegados, suscribirán contratos laborales indefinidos para la adquisición de los niveles para cuyo acceso hubieran presentado su solicitud.

1.6 El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a lo establecido en el Convenio colectivo para el personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria (BOC núm. 249, de 27 de diciembre de 2006); en el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en lo que resulte aplicable al personal laboral; en el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y demás disposiciones de derecho laboral que resulten de aplicación.

2. Requisitos de las personas aspirantes

Para la admisión en los procesos selectivos las personas aspirantes deberán tener la condición de personal laboral fijo, dentro de la categoría profesional inferior a la que corresponden las plazas que se convocan y haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos en dicho nivel y categoría.

Conforme a lo establecido en el artículo 56.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), las personas aspirantes deberán tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa, poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y estar en posesión de la titulación exigida para el puesto de trabajo al que se aspira conforme a lo establecido en el artículo 5 del convenio colectivo aplicable.

Asimismo, los aspirantes no pueden haber sido separados mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en estos procesos selectivos deberán cumplimentar y presentar el modelo de solicitud de admisión incluido en el anexo IV a esta convocatoria.

3.2 De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos, la presentación de las solicitudes de admisión se realizará electrónicamente a través del Registro Electrónico del Consorcio de la Zona Especial Canaria (https://canariaszec.sede.gob.es) o en los lugares a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.3 Las solicitudes tendrán que ser presentadas en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.3 La falta de presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

3.4 A la solicitud se acompañará un curriculum vitae, en formato Europass, conteniendo los méritos que las personas aspirantes deseen que se les valoren en la fase de concurso, de acuerdo con lo recogido en el anexo I de esta convocatoria.

3.5 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), así como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Los datos personales recogidos en las solicitudes de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.

4. Admisión de las personas aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante adoptará resolución declarando aprobada la lista de admitido/as y excluido/as, con indicación de las causas de exclusión. Dicha resolución se publicará en los tablones de anuncios del Consorcio de la Zona Especial Canaria, en la sección Empleo público de su página web www.canariaszec.gob.es y en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en el portal Funciona (https://sede.funciona.gob.es/public/servicios).

4.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la fecha de la resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.

4.3 Transcurrido dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, la lista definitiva se publicará, con carácter definitivo, en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales. En caso de que no se produzcan alegaciones, la lista provisional se elevará a definitiva.

5. Tribunal de selección

5.1 El Tribunal estará compuesto por tres miembros titulares y tres suplentes, designados conforme a lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio colectivo para el personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria, y se someterá a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y demás disposiciones vigentes. En todo caso, la composición del Tribunal garantizará la presencia equilibrada de mujeres y hombres.

Los miembros del Tribunal serán los identificados en el anexo III de la presente convocatoria, y podrán ser recusados por las personas aspirantes cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En todo caso, la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El Consorcio publicará en su página web un breve curriculum vitae de los miembros del Tribunal.

5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos y hará efectivo lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, para la adaptación de tiempos adicionales para el acceso de personas con discapacidad.

5.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. En particular, corresponde al Tribunal decidir la realización de las pruebas en dos islas diferentes cuando opten a las plazas personas candidatas de distintas islas, como la adopción de otras medidas de descentralización de la realización de las pruebas.

5.4 El Tribunal, si así lo considerase, podrá incorporar asesores.

5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la oficina de Santa Cruz de Tenerife del Consorcio de la Zona Especial Canaria y en la dirección de correo electrónico convocatorias@canariaszec.gob.es, debiéndose indicar en las comunicaciones dirigidas al mismo la referencia ZECAdmN2-23/LP y ZECAdmN2-23/SC.

6. Desarrollo de los procesos selectivos

6.1 Toda la información que afecte a la presente convocatoria y al desarrollo de los procesos selectivos se publicará en los tablones de anuncios de las oficinas del Consorcio en Santa Cruz de Tenerife y en Las Palmas de Gran Canaria y, asimismo, estará disponible en la sección Empleo público de la página web https://canariaszec.gob.es, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en el Portal Funciona, https://sede.funciona.gob.es/public/servicios.

En los mismos puntos se publicará un cronograma orientativo del proceso selectivo, que en virtud de lo establecido en el artículo 108 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, garantizará que la presente convocatoria se ejecute en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y la fase de oposición en un año.

6.2 El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero cuyo apellido comience por la letra «V» de conformidad con lo previsto en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo al que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado.

6.3 Las personas aspirantes serán convocados/as al ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.4 Concluida la prueba de oposición, el Tribunal hará pública en la forma descrita en la base 1.4 anterior, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarla, con indicación de la puntuación obtenida.

6.5 Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio de este, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los y las aspirantes a una resolución de procesos ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal. En todo caso, la realización de las pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

7. Proceso selectivo

7.1 Fase de oposición. Está formada por una única prueba tipo test, en el que las respuestas erróneas no restarán, con la que se evaluará el conocimiento que tengan las personas aspirantes sobre las materias del programa recogido en el anexo II de estas bases. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de una hora.

La puntuación máxima de esta prueba, que tendrá carácter eliminatorio, será de 150 puntos, debiendo obtenerse para superarla un mínimo de 75 puntos. Las plantillas correctoras de la prueba tipo test se harán públicas en el plazo máximo de dos días hábiles desde la finalización de la prueba.

La lista de candidatos y candidatas que superen esta fase se publicará en el plazo máximo de diez días.

7.2 Fase de concurso. El Tribunal elaborará la relación nominal de aspirantes que hayan superado la fase anterior, sumando a las calificaciones obtenidas en esta los puntos correspondientes a los méritos baremables hasta la fecha de publicación de la convocatoria, con un máximo de 100 puntos de acuerdo con lo establecido en el anexo I de estas bases.

8. Superación del proceso selectivo

8.1 Concluidos los procesos selectivos, la persona que ostente la Presidencia del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido la calificación mínima exigida para superar el proceso por orden de puntuación.

En dicha relación se distinguirá la persona que haya obtenido la primera posición, con quien se suscribirá el correspondiente contrato laboral indefinido.

8.2 En caso de empate, tendrá prioridad quien hubiere tenido una puntuación más alta en la valoración de los méritos profesionales.

8.3 Las relaciones de aprobados se publicarán en los medios citados en la base 6. En ellas se concederá a las personas seleccionadas un plazo de siete días hábiles para la presentación en copia auténtica de la documentación acreditativa de los méritos incluidos en su curriculum vitae y de los requisitos exigidos en la convocatoria.

8.4 No podrán acceder a los niveles objeto de esta convocatoria un número de personas mayor que el de plazas convocadas.

8.5 Las personas seleccionadas no tendrán que superar un período de prueba.

9. Normativa aplicable y régimen de impugnación

9.1 Al presente proceso selectivo le será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el artículo 12 y concordantes del Convenio colectivo del personal laboral del Consorcio de la Zona Especial Canaria, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

9.2 Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de potestativo de reposición ante el Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o bien demanda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social. Ha de tenerse en cuenta que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer demanda hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, el Consorcio de la Zona Especial Canaria podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Canarias, 26 de diciembre de 2024.–El Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria, Pablo Andrés Hernández González-Barreda.

ANEXO I
Descripción de los procesos selectivos y valoraciones

I. Proceso selectivo

El proceso selectivo constarán de una fase de oposición y otra de concurso.

Fase de oposición. La fase de oposición consistirá en la superación de una prueba tipo test en la que se valorarán conocimientos y competencias ajustadas a las funciones propias del puesto de trabajo al que se accede. Las plantillas correctoras de la prueba tipo test se harán públicas en el plazo máximo de dos días hábiles desde su finalización.

Se evaluará el conocimiento de los candidatos de las materias del programa recogido en el anexo II, mediante una prueba consistente en 50 preguntas, que podrán incluir supuestos prácticos, todas ellas con respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta y sin que las erróneas o no contestadas resten puntuación.

Fase de concurso. La fase de concurso consistirá en la valoración de los siguientes méritos: Méritos profesionales y méritos académicos adicionales a los exigidos como requisitos de participación en el presente proceso.

Con independencia del momento de su expedición, la certificación de los méritos estará referida a la fecha de publicación de la presente convocatoria en la página web del Consorcio de la Zona Especial Canaria.

Los certificados sobre méritos profesionales serán expedidos por los órganos competentes en materia de personal donde los servicios se presten o, en su caso, se hayan prestado, y en los que consten los méritos a valorar en la fase de concurso, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria en la página web del Consorcio de la Zona Especial Canaria.

En la certificación de los méritos relativos a la experiencia profesional en el Consorcio de la Zona Especial Canaria se indicarán los periodos de tiempo de prestación de servicios.

Los méritos profesionales en el resto del sector público se acreditarán mediante certificado de servicios expedido por el órgano competente en materia de personal, indicando el periodo de prestación.

Los méritos profesionales en el sector privado se acreditarán mediante informe de vida laboral y contrato de trabajo en el que figuren las funciones realizadas. En caso de que no consten de forma detallada las funciones en el contrato deberá aportarse certificación.

Los méritos académicos se acreditarán documentalmente mediante la presentación de copia auténtica de los correspondientes títulos, diplomas o certificados.

En los tablones de anuncios de las oficinas del Consorcio en Santa Cruz de Tenerife y en Las Palmas de Gran Canaria, así como en la sección Empleo Público de la página web https://canariaszec.gob.es, en la página www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona (https://sede.funciona.gob.es/public/servicios), se publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos, disponiendo las personas aspirantes de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha relación en la página web del Consorcio, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva del concurso-oposición.

II. Valoración de méritos

La puntuación máxima del concurso será de 100 puntos, debiendo obtenerse, al menos, para superar el proceso la puntuación de 50 puntos.

1. Méritos profesionales. La valoración máxima de méritos profesionales, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, será de 50 puntos y se desglosará de la siguiente forma:

1.1 Valoración por mes completo de servicios prestados en la categoría profesional de Auxiliar de Apoyo o superior en el Consorcio de la Zona Especial Canaria, a razón de 0,50 puntos hasta un máximo de ocho años y cuatro meses.

1.2 Valoración por mes completo de servicios prestados en categorías equivalentes a la de Auxiliar de Apoyo, equivalente o superior en cualquier Administración pública u órganos constitucionales u órganos equivalentes de las comunidades autónomas o en el resto de los organismos y entes del sector público, a razón de 0,20 puntos hasta un máximo de diez años.

1.3 Valoración por mes completo de servicios prestados en el sector privado en categorías profesionales con funciones subalternas (empleado subalterno, ujier, conserje/a, portero/a, etc.) a razón de 0,10 puntos hasta un máximo de diez años.

2. Méritos académicos. La valoración máxima de méritos académicos, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, será de 50 puntos y se desglosará de la siguiente forma:

2.1 Titulación oficial de formación profesional en ramas administrativas o informáticas, 10 puntos por cada una.

2.2 Idioma y cursos de formación y perfeccionamiento:

– Por el conocimiento de la lengua inglesa, a razón de 10 puntos si se posee certificado que acredite la competencia lingüística de nivel C1 o C2, de 8 puntos si se posee certificado que acredite la competencia lingüística de nivel B1 o B2 y 6 puntos si se posee certificado que acredite la competencia lingüística de nivel A2, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. En caso de poseer varios certificados de los diferentes niveles acreditativos de la competencia lingüística, se valorará solamente el de nivel superior.

– Por la realización de cursos de formación y de perfeccionamiento sobre materias relacionadas con materia administrativa y/o informática propia de las plazas que se convocan, a razón de 2 puntos por cada curso recibido de una duración igual o superior a cinco horas.

– Por la realización de cursos de formación y de perfeccionamiento sobre materias relacionadas con materia administrativa y/o informática propia de las plazas que se convocan, a razón de 1 puntos por cada curso recibido de una duración inferior a cinco horas.

Se valorarán únicamente aquellos cursos de formación y perfeccionamiento debidamente acreditados.

No serán objeto de valoración las titulaciones correspondientes a los niveles 2, 3 y 4 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) o titulaciones equivalentes.

Tampoco serán objeto de valoración aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración y fecha de realización.

En ambos procesos, los casos de empate se resolverán atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación en méritos profesionales.

2. Mayor puntuación en méritos académicos.

3. Mayor número de días de desempeño de servicios en el Consorcio de la Zona Especial Canaria.

ANEXO II
Programas de la fase de oposición

Programa acceso a Auxiliar Administrativo nivel 2

1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales.

2. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión, anulación y revocación. Los recursos administrativos.

3. El procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. El procedimiento administrativo. Iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo común. La Administración electrónica: Características y conceptos generales.

4. El Estatuto de Autonomía de Canarias: estructura, contenido y naturaleza jurídica. Disposiciones generales (título Preliminar) y principios rectores de los poderes públicos canarios (artículo 37).

5. El Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Principios básicos.

6. La Zona Especial Canaria. Régimen fiscal especial de la Zona Especial de la Zona Especial Canaria. Funciones y organización del Consorcio de la Zona Especial Canaria. Requisitos exigidos a las entidades para su autorización e inscripción (artículo 31 Ley 19/1994, de 6 de julio).

7. Las formas jurídicas de las empresas como sociedades mercantiles. Constitución y registro.

8. El sistema de información contable de las sociedades: elementos básicos de las cuentas anuales.

9. El impuesto sobre sociedades: concepto y características.

10. Las herramientas ofimáticas y colaborativas Office 365. Manejo básico de Word, Excel, PowerPoint. Configuración básica de Teams, OneDrive y SharePoint.

11. Los aplicativos de procedimiento de la administración general del Estado: Acceda, Notifica y Portafirmas.

ANEXO III
Tribunal de selección

Presidencia titular: Doña Isabel Castro Hernández, Técnica Superior Nivel 1 CZEC.

Presidencia suplente: Doña Carmen Reguero, Técnica, Técnica Superior Nivel 1 CZEC.

Vocalía titular: Don Salvador del Barrio Cano, Auxiliar Administrativo Nivel 1 CZEC.

Vocalía suplente: Doña Ana María Pérez Martín, Secretaria de dirección CZEC.

Secretaría titular: Doña Iraya Moreno Peña, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

Secretaría suplente: Doña Lorena Álvarez González. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

ANEXO IV
Modelo de solicitud

Solicitud de participación en el proceso selectivo para la provisión de un puesto de trabajo en el Consorcio de la Zona Especial Canaria.

Ref:

☐ Auxiliar Administrativo (SC de Tenerife) ZECAadmN2-23/SC.

☐ Auxiliar Administrativo (Las Palmas) ZECAadmN2-23/LP.

Datos personales:

Nombre: .......................... Apellidos: .............................................................................

....................... NIF/NIE: .................... Sexo: ...... Fecha de nacimiento: .......................

Dirección: .................................................................. Núm.: ....... Esc.: ........ Pta.: .......

Código Postal: ............ Localidad: ................................ Provincia: ................................

Teléfono: ............................. e-mail: ...................................................

Nacionalidad: ..................................

Solicitud de adaptación (para las personas con discapacidad): SI ☐ NO ☐

Documentos que se adjuntan:

☐ Curriculum vitae Europass.

☐ Dictamen técnico facultativo (discapacidad).

☐ Acreditación de méritos:

– ..............................................................................................................................

– ..............................................................................................................................

SOLICITO ser admitido/a a las pruebas selectivas a que se refiere esta solicitud, y DECLARO que son ciertos los datos que constan y que reúno las condiciones exigidas en esta convocatoria. Así mismo, me comprometo a probar documentalmente todos los datos de la solicitud.

Firma

En cumplimiento de la vigente normativa protectora de datos personales, y atendiendo de forma particular a lo dispuesto en los artículos 12 a 14 del RGPD, se le informa de que el responsable del tratamiento es el Consorcio de la Zona Especial Canaria (en adelante, «La ZEC»), sito en Calle León y Castillo n.º 431, planta 4.ª, Las Palmas de Gran Canaria y en la calle Villalba Hervás, 4, 38002 Santa Cruz de Tenerife CIF S-3526012-D.

Sus datos personales serán tratados por la ZEC en el marco y con la finalidad de tramitar los correspondientes procesos de selección de personal a los que usted se ha presentado de forma voluntaria y libre, incluyendo la realización de cualquier tipo de prueba y/o entrevista dispuesta a tales fines. Se le comunica que sus datos personales podrán ser conservados durante los plazos definidos en la normativa aplicable y atendiendo de forma específica al tipo de tratamiento que sobre los mismos se realice.

La base legítima del tratamiento es, con carácter principal, su consentimiento y, en su caso, la ejecución de posibles medidas precontractuales en el ámbito laboral por parte de la ZEC. En todo caso, la falta de aportación de los datos personales requeridos podrá dar lugar a la imposibilidad de tramitar su solicitud o petición específica de participación y/o concurrencia en tales procesos selectivos y, por ende, la posibilidad de desechar y/o excluir por la ZEC su petición o solicitud de participación en los mismos.

En atención a los fines descritos, sus datos personales podrán ser comunicados a las autoridades competentes en cada caso, incluyendo las de tipo laboral o judicial, en función de la normativa aplicable, según los casos. Fuera de estos supuestos, sus datos personales no serán cedidos a ningún otro tercero, salvo obligación legal existente a estos efectos. Asimismo, no están previstas transferencias internacionales de sus datos personales, adoptándose las medidas necesarias en este ámbito.

Por último, se pone en su conocimiento que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y oposición, dirigiendo una comunicación por escrito a través del correo electrónico dpd@canariaszec.com, con la Ref. «Ejercicio Derechos» acompañando a su solicitud copia de su documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente (pasaporte, NIE…). En caso de no considerar atendidos de forma debida sus derechos personales, podrá presentar una reclamación ante la autoridad de control competente que, en este caso, es la Agencia Española de Protección de Datos.

Al Sr. Presidente del Consorcio de la Zona Especial Canaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/12/2024
  • Fecha de publicación: 31/12/2024
  • Convocatoria. Promoción interna: Auxiliar administrativo 2 plazas.

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