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Documento BOE-A-2024-9686

Resolución de 26 de abril de 2024, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la contratación precomercial de servicios de I+D.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 2024, páginas 55018 a 55019 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-A-2024-9686

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 23 de abril de 2024, se ha suscrito la Adenda de prórroga del Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, para la realización de una actuación conjunta en innovación mediante la contratación precomercial de servicios de I+D.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 26 de abril de 2024.–El Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., José Moisés Martín Carretero.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D

REUNIDOS

De una parte, don José Moisés Martín Carretero, en su calidad de Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (en adelante CDTI), entidad de derecho público, creada por RDL 8/1983, de 30 de noviembre, actuando en nombre y representación de esta entidad, a tenor de los poderes que le han sido otorgados en la reunión del Consejo de Administración del CDTI, celebrada el 2 de febrero de 2024, y protocolizados ante el Notario de Madrid, don Alfredo Barrau Moreno, con fecha 5 de febrero de 2024, número 147 de su orden de protocolo.

De otra parte, don Juan María Vázquez Rojas, en su calidad de Consejero de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en virtud de su nombramiento mediante Decreto del Presidente n.º 37/2023, de 14 de septiembre (BORM n.º 213 de 14 de septiembre de 2023), y actuando en representación de la misma para la firma del presente convenio, en virtud del artículo 16.2.a) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, cuya celebración fue autorizada por acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 18 de marzo de 2020.

EXPONEN

I. Que, con fecha 3 de abril de 2020, el CDTI y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades, suscribieron, al amparo de lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, un convenio relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D (BOE número 118, Sección III, de fecha 28 de abril de 2020).

II. Que el referido convenio se deriva de la iniciativa aprobada por el Consejo de Administración de CDTI con fecha 25 de abril de 2019, para fomentar el proceso de compra pública precomercial con el objeto de resolver necesidades públicas susceptibles de ser satisfechas mediante la contratación de servicios de I+D. Dicha iniciativa sería cofinanciada a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

III. Que el ámbito de actuación seleccionado fue la búsqueda de soluciones innovadoras para el desarrollo de soluciones que, más allá del estado del arte en los proyectos de Smart Campus o de Smart Cities, logren que las infraestructuras de las mismas puedan dotarse de una inteligencia colectiva que les permita proporcionar soluciones y plantear nuevas opciones para la mejora en su gestión.

IV. Que, para dar cumplimiento a las actuaciones y compromisos asumidos, las partes están de acuerdo en prorrogar por un periodo de cuatro años más la vigencia del convenio, posibilidad recogida en la cláusula duodécima del mismo

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente Adenda de prórroga del convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Duración del convenio.

Para dar cumplimiento al conjunto de actuaciones recogidas en el convenio, las partes acuerdan, en virtud de lo dispuesto en la cláusula décimo segunda del mismo, prorrogar su vigencia por un periodo de cuatro años adicionales, por tanto, hasta el 28 de abril de 2028.

Segunda. Eficacia de la Adenda.

La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.

Tercera. Mantenimiento del resto del clausulado del convenio de 3 de abril de 2020.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente Adenda, seguirá en vigor y será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 3 de abril de 2020.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento en la fecha indicada en la última firma realizada.–Por la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, el Consejero de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, Juan María Vázquez Rojas.–Por el CDTI, E.P.E., el Director General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., José Moisés Martín Carretero.

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