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Documento BOE-A-2024-9685

Resolución de 6 de mayo de 2024, de la Dirección General de Agenda 2030, por la que se publica el Convenio con Red Española para el Desarrollo Sostenible, para el desarrollo de actividades de transversalización de la cultura en la Agenda 2030.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 14 de mayo de 2024, páginas 55008 a 55017 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2024-9685

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 6 de mayo de 2024 se ha suscrito el convenio entre la Dirección General de Agenda 2030 y la Red Española para el Desarrollo Sostenible.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 6 de mayo de 2024.–La Directora General de Agenda 2030, Paula Fernández-Wulff Barreiro.

ANEXO
Convenio entre la Dirección General de Agenda 2030 y la Red Española para el Desarrollo Sostenible para el desarrollo de actividades de Transversalización de la Cultura en la Agenda 2030

En Madrid, a 6 de mayo de 2024.

REUNIDOS

De una parte, doña Paula Fernández-Wulff Barreiro, Directora General de Agenda 2030, nombrada mediante Real Decreto 1162/2023, de 19 de diciembre, publicado en el BOE núm. 303, de 20 de diciembre de 2023, actuando en virtud de las competencias enunciadas en el artículo 11 del Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, y en el ejercicio de la competencia delegada establecida en el apartado séptimo.1, letra d) de la Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias.

De otra parte, doña Candela de la Sota Sánchez, Directora de la Red Española para el Desarrollo Sostenible (en adelante REDS-SDSN Spain) y facultada para este acto mediante escritura notarial de representación de la Presidenta de la Asociación con número doscientos nueve, de fecha 10 de febrero de 2022, ante la notaría de Madrid, doña María del Rosario Algora Wesolowski. La asociación REDS-SDSN Spain se encuentra inscrita oficialmente en el Registro Nacional de Asociaciones con fecha 5 de octubre de 2015 y número de registro 608479, con domicilio social en la Universidad Autónoma de Madrid, Campus de Cantoblanco, Oficina Ecocampus, calle Einstein, 7, Madrid y con NIF G-87281309.

EXPONEN

Primero.

Que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, suscrita por los Jefes de Estado y de Gobierno de 193 países en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas en Nueva York, por Resolución A/RES/70/1, «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible», de 25 de septiembre de 2015, aprobó un conjunto de 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al cambio climático. Los mismos constituyen una oportunidad única para sentar las bases de una transformación global que conduzca hacia modelos de desarrollo incluyentes y sostenibles, a nivel nacional e internacional. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) son un conjunto de 17 objetivos y 169 metas destinadas a resolver los problemas sociales, económicos y ambientales que aquejan al mundo, cubriendo el periodo 2015-2030. Por primera vez una estrategia de estas dimensiones se asume desde una perspectiva holística: social, cultural, económica y medio ambiental.

Segundo.

Que según lo dispuesto por el artículo 11 del Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la Dirección General de Agenda 2030 es responsable de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de impulso, seguimiento y cooperación para la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. En concreto, la suscripción del presente convenio se ajusta a la competencia recogida en el artículo 11.1 k «Promover la implementación de la Agenda 2030 en España a través del impulso a la actividad y contribución de la sociedad civil organizada, el sector privado y otros actores comprometidos con ella».

Tercero.

En 2015 nace la Red Española para el Desarrollo Sostenible (REDS-SDSN Spain), capítulo nacional de SDSN (Sustanaible Development Solutions Network) en España, constituyéndose como asociación sin ánimo de lucro y con sede en la Universidad Autónoma de Madrid. Su misión es movilizar y sensibilizar a la sociedad española, a las instituciones públicas y al mundo empresarial para que conozcan de manera más rigurosa y comprometida los ODS, así como favorecer su incorporación a futuras políticas, al ámbito corporativo y en el comportamiento de la sociedad en general.

Cuarto.

Que el 27 de enero de 2021 la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y REDS-SDSN Spain han firmado un Convenio Marco, publicado en el BOE de 26 de febrero de 2021 mediante Resolución de 19 de febrero de 2021, al objeto de proporcionar un marco de cooperación para sensibilizar y concienciar a la sociedad española sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), cuyos ejes de trabajo se encuentran recogidos específicamente en su Cláusula Segunda, lo que se concreta en iniciativas relacionadas con la difusión, información y conocimiento de la Agenda 2030, y en particular, con el impulso a la implementación de los ODS en España, a nivel local, autonómico y estatal. Asimismo, el acuerdo desea promover la participación de los sectores académico y cultural en la implementación de la Agenda 2030, e incorporar los aportes de la cultura a la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030.

Quinto.

Que el 10 de septiembre de 2021 y, posteriormente, el 13 de junio de 2022 y el 28 de marzo de 2023, la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y REDS-SDSN Spain suscribieron sendos convenios específicos, al amparo del citado Convenio Marco, para el desarrollo de actividades de impulso a la dimensión cultural de la Agenda 2030. La vigencia del último de ellos concluyó el 31 de diciembre de 2023, de forma que el presente convenio se encuadra en la lógica de la profundización y continuación de las actuaciones desarrolladas en su marco.

Sexto.

Que, en el marco de implementación de la Estrategia de Desarrollo Sostenible, la actual Dirección General de Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, como órgano directivo encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de impulso, seguimiento y cooperación para la implementación de la Agenda 2030, tiene como objetivo incorporar los aportes de la cultura a la Agenda 2030.

Séptimo.

Que REDS-SDSN Spain es la entidad pionera y referente en España en el ámbito de la cultura sostenible, y desde 2017 cuenta con una línea de trabajo estratégica que tiene como objetivo movilizar, sensibilizar y formar a los agentes del sector cultural y creativo en España para que conozcan la Agenda 2030 y contribuyan al logro de los ODS, promoviendo la dimensión cultural de la Agenda 2030 y la adopción del enfoque ODS en el sector cultural y creativo español.

Entre otras iniciativas, ha organizado y desarrollado las siguientes actividades: las jornadas anuales «Sostenibilidad e instituciones culturales» (ediciones 2017, 2018, 2019); la web culturasostenible.org; la coordinación de un grupo de trabajo sobre Cultura y desarrollo sostenible y la publicación «Hacia una cultura sostenible. Guía práctica para integrar la Agenda 2030 en el sector cultural». Por otra parte, y de entre las actividades desarrolladas mediante el convenio específico suscrito con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 en 2021, destacan la celebración de la cuarta edición de la Jornada pública sobre Cultura y Desarrollo Sostenible que incluyó la presentación de la publicación «Guía para empezar con los ODS en la cultura», un programa de Formación a los actores de la cultura sobre la Agenda 2030 y la publicación «Objetivos de desarrollo sostenible y sus metas desde la perspectiva cultural».

Además, cabe resaltar, entre las actuaciones desarrolladas mediante el convenio específico suscrito con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 en 2022 la presentación en diferentes foros y a distintos actores de la publicación «Objetivos de Desarrollo Sostenible y sus metas desde la perspectiva cultural. Una lectura transversal, elaborada en el marco del convenio de 2021 y la elaboración de la guía metodológica «La presencia de la cultura en los informes de progreso sobre el cumplimiento de los ODS».

Por último, destacan, de entre las actuaciones realizadas mediante el convenio específico suscrito con la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 en 2023, la celebración de cinco encuentros en diferentes Comunidades Autónomas dirigidos a representantes de administraciones públicas locales y regionales involucradas y relacionadas con la compilación de la información de los impactos de la cultura en el desarrollo sostenible, así como con la elaboración de los reportes sobre la implementación de la Agenda 2030, la comunidad universitaria y el sector cultural público y privado.

Por todo ello, ambas partes consideran de mutuo interés el desarrollo de las diversas actividades a las que se hace referencia, por lo que acuerdan suscribir el presente convenio específico que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El objeto de este convenio específico es instrumentar la colaboración entre la Dirección General de Agenda 2030 y la Red Española para el Desarrollo Sostenible (REDS-SDSN Spain) para el desarrollo de actividades de transversalización de la cultura en la Agenda 2030, con la finalidad de alcanzar las transformaciones ambientales, económicas, sociales y digitales que promueve la Agenda 2030, y de esta forma fortalecer la contribución de la cultura en la territorialización de la Agenda 2030, poniendo el foco en actores e iniciativas de las ciudades y zonas rurales que estén trabajando en la implementación y localización de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Para alcanzar dicha transversalización, se aprovechará el potencial que las estrategias y soluciones basadas en la cultura ofrecen para impulsar la territorialización de la Agenda 2030, involucrar a la sociedad civil y abordar una transición justa y equitativa de los territorios. Lo anterior al amparo del Convenio Marco suscrito con fecha de 27 de enero de 2021 entre la Secretaría de Estado para la Agenda 2030 y REDS-SDSN Spain, que recoge entre sus finalidades promover una mayor sensibilización y concienciación de la sociedad española sobre los ODS, que se concrete en iniciativas relacionadas con la difusión, información y conocimiento de la Agenda 2030, y en particular, para impulsar la implementación de los ODS en España, a nivel local, autonómico y estatal.

Segunda. Compromisos de las partes.

1. La Dirección General de Agenda 2030 se compromete a:

Colaborar con REDS-SDSN Spain en la realización de las actividades objeto de este convenio, por ser su ejecución de interés común para ambas partes, mediante la aportación de recursos económicos para la financiación de sus actividades conforme a lo previsto en la cláusula octava del presente convenio.

Además, participará junto con REDS-SDSN Spain, en el diseño y organización de las actividades, así como en las acciones necesarias para la difusión y promoción de las actividades programadas y colaborará en los actos que se realicen como consecuencia de las actividades mencionadas, que incluirá la participación presencial y/o virtual de representantes de la Dirección General de Agenda 2030, la colaboración en el diseño y coorganización de la actividad y la difusión en los canales de la Dirección General de Agenda 2030.

2. REDS-SDSN Spain se compromete a:

Colaborar con la Dirección General de Agenda 2030 en la organización y desarrollo de las actividades objeto de este convenio, mediante la aportación de recursos económicos con cargo a sus propios presupuestos.

Conjuntamente con la Dirección General de Agenda 2030, a asumir la preparación y coordinación de las siguientes actividades, agrupadas en cinco líneas de acción, que forman parte del presente convenio, con el objetivo de sensibilizar, informar y promover el trabajo en alianza en relación a las oportunidades que ofrece la cultura para las acciones de localización de la Agenda 2030:

– Línea de acción 1: Mapeo de actores y casos inspiradores sobre iniciativas de localización de la Agenda 2030, que integren el enfoque cultural.

Se identificarán y situarán actores, iniciativas y entidades enfocadas en el desarrollo sostenible y la territorialización de la Agenda 2030 que pertenezcan o no al sector cultural, pero incorporen la dimensión cultural en sus acciones, o se hayan propuesto tenerla en cuenta.

Actividades:

● A.1.1 Mapeo, revisión documental y sistematización de la información para identificar actores, casos inspiradores sobre iniciativas de localización de la Agenda 2030, que integren el enfoque cultural. Fecha prevista de realización: durante los tres primeros meses de vigencia del convenio.

● A.1.2 Llamada abierta a organizaciones y actores de todos los sectores, para que compartan un resumen e información de casos inspiradores que den cuenta de buenas prácticas e iniciativas orientadas al desarrollo sostenible, que incluyan un enfoque cultural. Fecha prevista de realización: durante los dos primeros meses de vigencia del convenio.

● A.1.3 Entrevistas bilaterales con agentes clave vinculados a las iniciativas que se consideren de mayor relevancia, en el desarrollo del mapeo y la llamada abierta a casos inspiradores. Fecha prevista de realización: durante el segundo y tercer mes de vigencia del convenio.

– Línea de acción 2: Diálogos y espacios de encuentro multiactor para promover la transversalización del enfoque cultural en proyectos de localización de la Agenda 2030 en ciudades y territorios rurales.

Se realizarán cuatro talleres multiactor que, basados en una metodología participativa, permitan entablar un diálogo cercano entre diversos sectores relacionados con iniciativas para la localización de la Agenda 2030, incluyendo también a actores del sector cultural con quienes haya existido un trabajo previo en cuanto al binomio cultura y desarrollo sostenible. Este diálogo girará en torno a cómo incorporar la cultura en los procesos de territorialización de la Agenda 2030, a fin de obtener conclusiones y recomendaciones prácticas, compartir proyectos e ideas, fomentar acciones coordinadas y generar redes de colaboración. Dos de estos talleres estarán orientados a la incorporación de la cultura en la acción local urbana, mientras que los dos restantes se orientarán en torno a la cultura y la Agenda 2030 en los territorios rurales.

Actividades:

● A.2.1 Selección de participantes de cuatro talleres multiactor entre actores y personas expertas en cultura, desarrollo sostenible y mundo rural, además de los resultados del mapeo realizado previamente en las actividades de la línea de acción 1. Fecha prevista de realización: durante los meses 3.º, 4.º y 5.º de vigencia del convenio.

● A.2.2 Diseño, organización y realización de cuatro talleres multiactor. Su desarrollo requiere de tareas de conformación de grupos de trabajo, coordinación y facilitación de los debates, elaboración de relatorías que reflejen conclusiones y propuestas, su difusión online y edición de los resultados. Fecha prevista de realización: durante los meses 3.º, 4.º, 5.º, 6.º y 7.º de vigencia del convenio.

– Línea de acción 3: Apoyo a la implementación del «Semillero Cultural para el Valle de Onsella»: iniciativa en un territorio rural que, poniendo la cultura de base, promueve la involucración de la comunidad en la lucha contra la despoblación, la transformación sostenible y la innovación social.

Esta línea de trabajo está alineada con las políticas públicas y estrategias municipales contra la despoblación, la transformación sostenible y la innovación social del territorio. La iniciativa promueve, a través de un modelo de trabajo colaborativo entre la universidad y el territorio, encontrar soluciones transformadoras a los retos locales en torno a la sostenibilidad. En concreto, la propuesta busca crear un espacio de colaboración y promoción cultural que congregue a agentes culturales, proyectos en marcha y propuestas inéditas, fomentando la innovación y el pensamiento creativo, actuando como catalizador para el desarrollo sostenible del Valle de Onsella.

Actividades:

● A.3.1 Diseño y preparación de la convocatoria del programa de prácticas rurales de transferencia de conocimientos e innovación social 2024 para la iniciativa en mención. Junto con la Universidad de Zaragoza y la/las entidades locales que acogen las prácticas, definir y adecuar los detalles de la convocatoria en torno a la iniciativa «Semillero cultural del Valle de Onsella». Fecha prevista de realización: durante los dos primeros meses de vigencia del convenio.

● A.3.2 Publicación de la convocatoria en la página web de la Universidad de Zaragoza, selección del estudiante, de acuerdo con las bases de la convocatoria definidas, desarrollo de las prácticas y cierre y evaluación final de avance de la iniciativa. Fecha prevista de realización: durante los seis últimos meses de vigencia del convenio.

– Línea de acción 4: Comunicación y difusión de las actividades, resultados y las lecciones aprendidas de todas las líneas desarrolladas.

Se comunicarán y difundirán los resultados y acciones implementadas de todas las líneas de trabajo, de manera transversal a todo el proyecto.

● Realización de actuaciones para la difusión de las actividades objeto de este convenio, que incluye la preparación de herramientas de difusión de las actividades desarrolladas: publicaciones en las redes sociales de REDS-SDSN Spain, posts en la página web de REDS-SDSN Spain y de culturasostenible.org, presencia en los boletines mensuales de REDS-SDSN Spain y de SDSN. Fecha prevista de realización: durante toda la duración del convenio.

● Organización de un evento final de presentación de resultados en el que se abordarán todas las acciones realizadas en el marco del presente convenio. La organización de este encuentro requiere del desarrollo de tareas de identificación de asistentes, preparación de contenidos, coordinación de aspectos logísticos y seguimiento de resultados. Fecha prevista de realización: último trimestre de vigencia del convenio.

– Línea de acción 5: Apoyo en la dinamización de consultas a los diferentes actores involucrados en relación al proceso de Evaluación de la Estrategia de Desarrollo Sostenible en 2024 y elaboración de documentos de síntesis como resultado de dicha revisión.

● Realización de una «Jornada participativa sobre la evaluación de la Estrategia de Desarrollo Sostenible», que contará con actores del sector público, privado, universidades y sociedad civil con el fin de generar un espacio de diálogo para la reflexión, el debate y recoger aportaciones para enriquecer dicha evaluación. Fecha prevista de realización: último trimestre de vigencia del convenio.

● Elaboración de un documento de sistematización de las conclusiones y aportaciones obtenidas tras la celebración de la jornada. Fecha prevista de realización: último trimestre de vigencia del convenio.

Tercera. Difusión de la colaboración.

La Dirección General para la Agenda 2030 y REDS-SDSN Spain se comprometen a dar máxima publicidad de este convenio.

Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en las citadas actividades, al mismo nivel de créditos y representación.

De este modo, las partes:

– Se comprometen a incluir y difundir la presente colaboración en todo el material divulgativo y publicitario que edite, en cualquier soporte, con motivo de la colaboración prevista en la cláusula primera del presente convenio.

– Se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad propias y a difundir por su cuenta, y a través de los medios que tengan por conveniente, su aportación a la colaboración.

A efectos de lo previsto en la presente cláusula, las partes se proporcionarán mutuamente los modelos de marcas o logotipos que deban ser difundidos, y se ajustarán en todo caso, cualquiera que sea el material en el que se inserten, a los diseños facilitados que no podrán modificar ni alterar de ninguna manera sin el consentimiento previo de la otra parte.

La utilización de materiales gráficos o de imagen vinculados a la colaboración se limita exclusivamente a los fines de la presente colaboración sin que ello suponga la concesión a favor ni de la Dirección General de Agenda 2030, ni de REDS-SDSN Spain, de ningún derecho, independientemente de su naturaleza, sobre el logotipo ni sobre la marca de la contraparte y se realizará de acuerdo con las correspondientes normas gráficas de cada una de las partes.

En tal caso deberán comunicar y proporcionar a la otra parte la denominación e imagen de la entidad colaboradora e indicar, en su caso, los soportes y material de divulgación en los que se incluirá dicha imagen.

En todos los materiales que produzcan las partes deberá incluirse la siguiente línea de créditos y representación: «Organizan: Dirección General de Agenda 2030 del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y REDS-SDSN Spain, Red Española para el Desarrollo Sostenible».

Las partes incluirán en sus respectivas páginas web un enlace a la página de la otra parte durante la vigencia del presente convenio.

Cuarta. Seguimiento y control.

Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo establecido en el presente convenio se crea una Comisión de seguimiento paritaria, integrada por cuatro miembros, dos representantes designados por la Dirección General de Agenda 2030 y dos designados por REDS-SDSN Spain. La Comisión de seguimiento estará presidida por un representante de la Dirección General de Agenda 2030.

La Comisión se reunirá cuantas veces considere necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del convenio y tendrá las siguientes funciones:

a) La supervisión y control de la ejecución de las actividades contempladas en el presente convenio.

b) Acordar, de manera detallada, los términos para la ejecución de las actividades de colaboración en materia de actividades concretas, manteniendo el contenido mínimo y esencial del convenio.

c) Resolver de mutuo acuerdo las dudas y controversias que pudieran surgir con motivo del desarrollo del presente convenio.

El régimen de funcionamiento y toma de acuerdos de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo establecido en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinta. Eficacia y vigencia del convenio.

Conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio entrará en vigor tras su inscripción, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Tras su inscripción en el citado Registro, se publicará en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado» y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 con la entrega del balance final de las actividades objeto de colaboración, lo cual tiene cabida dentro de los márgenes establecidos en el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma.

Sexta. Modificaciones del convenio.

En aplicación del artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la modificación del presente convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes, en cualquier momento previo a que finalice el plazo de vigencia del convenio, siempre y cuando no altere el objeto del presente convenio, debiendo seguirse los mismos trámites que para su inscripción.

Séptima. Extinción del convenio y consecuencias en caso de incumplimiento.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causa de resolución:

– El transcurso del plazo de vigencia del convenio.

– El común acuerdo entre las dos partes.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión de seguimiento y control de la ejecución del convenio.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la legislación vigente.

Octava. Financiación.

La aplicación y ejecución de este convenio, incluyéndose al efecto todos los actos jurídicos que pudieran dictarse en su ejecución y desarrollo, supone un desembolso por parte de la Dirección General de Agenda 2030 de 68.495,13 euros (sesenta y ocho mil cuatrocientos noventa y cinco con trece céntimos de euros), impuestos incluidos, con cargo a la aplicación presupuestaria 29.07.921Y.226.10. La aportación estará dirigida a la financiación de las actuaciones desglosadas en el anexo I.

Por su parte, la entidad REDS se compromete a aportar, con cargo a su propio presupuesto, la cantidad de 29.355,06 euros (veintinueve mil trescientos cincuenta y cinco con seis céntimos de euros), impuestos incluidos, en concepto de recursos humanos, infraestructura, difusión y comunicación. La aportación estará dirigida a la financiación de las actuaciones desglosadas en el anexo I.

La aportación de la financiación comprometida por la Dirección General de Agenda 2030 se hará efectiva a la finalización de cada una de las actividades programadas conjuntamente, tras la justificación de su efectivo cumplimiento, por parte de REDS-SDSN Spain, a través de la presentación de una memoria técnica y económica, y previa certificación de la Comisión de Seguimiento del convenio que acredite su realización.

Novena. Propiedad intelectual y derechos de imagen.

Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente convenio, REDS-SDSN Spain se responsabilizará de gestionar todos los derechos de explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de cualquier otro tipo necesarios para la celebración de estas actividades y para la difusión de las mismas y se compromete, asimismo, a eximir de responsabilidad a la Dirección General de la Agenda 2030 de cualquier reclamación que recibiera de terceros al respecto de la legitimidad de la titularidad de los derechos referidos anteriormente.

Para la realización de los compromisos asumidos en la cláusula segunda REDS-SDSN Spain habrá gestionado y pagado a su cargo, en su caso, la cesión por parte de sus titulares de los derechos de propiedad intelectual necesarios para realizar el objeto del presente convenio durante el año 2024.

En el caso de que cualquiera de las partes realice grabaciones y ediciones de vídeos, fotos o cualquier otro material audiovisual de las actividades objeto del presente convenio, su titularidad corresponderá a la parte que lo realice, comprometiéndose dicha parte a ceder a la otra una copia del mismo. Esta cesión comportará la autorización a la otra parte para la reproducción, transformación, distribución, comunicación pública, incluida la puesta a disposición del público a través de Internet, del material audiovisual realizado en virtud del presente convenio, en todos los países y durante el tiempo más amplio permitido por la legislación vigente. Todo ello sin perjuicio de los derechos de cualquier tipo que terceras personas ostenten sobre estos materiales.

Los derechos de explotación y difusión sobre los resultados obtenidos de las actividades objeto de este convenio, en el caso de que los hubiere, serán de titularidad de las dos partes firmantes.

Décima. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos. El régimen de protección será el previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD), y también lo será el previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en lo que no se oponga a las normas antes citadas.

En cada caso concreto en el que sea necesario un tratamiento de datos personales como realización de vídeos, toma de fotografías, organización de eventos, etc., se determinará por escrito qué parte actuará como «responsable el tratamiento de datos» y qué parte actuará como «encargado del tratamiento», desarrollándose, en su caso, lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679.

Undécima. Transparencia.

El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Duodécima. Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Por tanto, las dudas o lagunas que puedan suscitarse en la interpretación y aplicación de este convenio se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha ley.

Las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse entre las partes serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha señalados al principio.–Por la Dirección General de Agenda 2030, la Directora General, Paula Fernández-Wulff Barreiro (P.D. apartado séptimo.1, d) de la Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo.).–Por la Red Española para el Desarrollo Sostenible, la Directora, Candela de la Sota Sández.

ANEXO I
Actuaciones

Aportación de la Dirección General de Agenda 2030

Euros

Aportación de REDS

Euros

Total

Euros

MAPEO DE ACTORES Y CASOS INSPIRADORES.

Dirección, coordinación, diseño y elaboración de repositorio on-line.

Diseño y maquetación documento casos inspiradores.

14.358,11 7.231,96 21.590,07

DIÁLOGOS Y ENCUENTROS MULTIACTOR.

Dirección, coordinación, facilitación, relatoría, alojamiento, dietas y traslados de los encuentros.

Diseño y maquetación documento sistematización conclusiones.

20.671,26 10.314,90 30.986,16

APOYO EN LA IMPLEMENTACIÓN DE INICIATIVA CONCRETA, EN TERRITORIO RURAL.

Dirección y coordinación de trabajos, tutorías académicas, beca estudiante (4 meses).

11.256,56 2.675,00 13.931,56

COMUNICACIÓN- DIFUSIÓN.

Herramientas de difusión y actividades de comunicación, Producción evento final de presentación de resultados; alojamiento, dietas y traslados.

7.551,20 2.851,20 10.402,40

APOYO EN LA DINAMIZACIÓN DE CONSULTAS EN RELACIÓN AL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LA EDS EN 2024.

Dirección, coordinación, facilitación y logística de la jornada.

Diseño y maquetación documento de síntesis.

14.658,00 6.282,00 20.940,00
  Total. 68.495,13 29.355,06 97.850,19

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