Pale Directorship SL solicitó, con fecha 13 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica «FV Cerro Gordo 2» de 32,67 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, consistente en líneas subterráneas a 30 kV hasta la subestación «SE6-GR Cerro Gordo» 30/132 kV, en el término municipal de Almansa, provincia de Albacete.
Mediante Resolución de 10 de febrero de 2023 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Pale Directorship SL autorización administrativa previa la instalación fotovoltaica «FV Cerro Gordo 2», de 32,67 MW, de potencia instalada, y las líneas subterráneas a 30 kV, en el término municipal de Almansa, provincia de Albacete (en adelante, resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 45, de 22 de febrero de 2023.
Pale Directorship, SL solicitó, con fecha 9 de mayo de 2023, autorización administrativa de construcción, para la instalación fotovoltaica «Cerro Gordo 2», de 36,75 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Almansa, en la provincia de Albacete.
Mediante Resolución de 24 de junio de 2024 de la Dirección General de Política Energética y Minas, se otorgó a Pale Directorship, SL autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica «FV Cerro Gordo 2», de 36,75 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Almansa, en la provincia de Albacete (en adelante, resolución de autorización administrativa de construcción).
Pale Directorship, SL (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 18 de marzo de 2024, declaración, en concreto, de utilidad pública para la red eléctrica de evacuación de 30 kV de la instalación fotovoltaica «FV Cerro Gordo 2», en el término municipal de Almansa, en la provincia de Albacete.
El expediente ha sido incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Albacete y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.; del Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas de la Dirección General del Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; del Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Albacete de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y del Ayuntamiento de Almansa. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad.
Se ha recibido contestación de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., en la que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad.
Preguntados la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Dirección General de Carreteras y la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Servicio de Carreteras de la Diputación de Albacete, Red Eléctrica de España, SAU, e i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, SAU; no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 29 de abril de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete», el 18 de abril de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado», el 20 de abril de 2024 en el diario «La Tribuna de Albacete» y con la exposición al público en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Almansa. Se recibieron alegaciones, que fueron contestadas por el promotor.
La Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Albacete ha emitido informe en fecha 23 de agosto de 2024.
El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.
En virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la transformación de energía eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, que ha respondido al mismo manifestando su conformidad.
Con posterioridad al otorgamiento del trámite de audiencia, fue requerido al promotor la identificación de aquellas parcelas respecto de las cuales se ha alcanzado acuerdo con los titulares de los bienes y derechos afectados. El promotor dio contestación identificando, en la relación de bienes y derechos afectados publicada en los boletines oficiales correspondientes a este procedimiento, aquellas parcelas que carecen de título jurídico válido y aquellas parcelas respecto de las cuales dispone de título jurídico válido, quedando, estas últimas, fuera de la presente resolución. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la red eléctrica de 30 kV para la evacuación de la instalación fotovoltaica FV Cerro Gordo 2, en el término municipal de Almansa, en la provincia de Albacete, con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados presentados por el promotor, incluidos en el anexo II de la presente resolución, a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Dicha relación incluida en el anexo II actualiza la relación publicada el 29 de abril de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Albacete» y en el «Boletín Oficial del Estado», el 20 de abril de 2024 en el diario «La Tribuna de Albacete» y con la exposición al público en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Almansa, al haber acreditado el promotor el acuerdo para la ocupación de determinadas parcelas que quedan exentas de la presente resolución.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 5 de noviembre de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.
| Polígono | Parcela | Referencia catastral | Municipio |
|---|---|---|---|
| 515 | 349 | 02009A51500349 | Almansa. |
| 515 | 9005 | 02009A51509005 | Almansa. |
| 515 | 9007 | 02009A51509007 | Almansa. |
| 516 | 9008 | 02009A51609008 | Almansa. |
| 516 | 9009 | 02009A51609009 | Almansa. |
| 516 | 9012 | 02009A51609012 | Almansa. |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid