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Documento BOE-A-2025-26797

Resolución de 15 de diciembre de 2025, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 27 de diciembre de 2025, páginas 176760 a 176761 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2025-26797

TEXTO ORIGINAL

El objeto de esta adenda es prorrogar el convenio referenciado en el que se establecen las condiciones en las que estudiantes de la universidad realizarán un programa de prácticas externas de enseñanzas oficiales impartidas por la universidad, según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo por el plazo de cuatro años adicionales, contados a partir del 8 de enero de 2026.

En cumplimiento de lo dispuesto en al apartado 8, del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 15 de diciembre de 2025.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, Enrique Maurer Somolinos.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre la Universidad Autónoma de Madrid y la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, para el desarrollo de programas de cooperación educativa

Madrid, 11 de diciembre de 2025.

REUNIDOS

De una parte, don Luis José Unceta Gómez, en calidad de Vicerrector de Formación Permanente y Empleabilidad de la Universidad Autónoma de Madrid, con NIF Q2818013A y domicilio social en Madrid, calle Einstein, 3, 28049 Madrid, en nombre y representación de la misma, por delegación de doña Amaya Mendikoetxea Pelayo, Rectora Magnífica de la Universidad Autónoma de Madrid, de conformidad con la Resolución de 2 de julio de 2025 (publicada en el BOCM núm. 163, de 10 de julio de 2025).

De otra parte, don Enrique Maurer Somolinos, en calidad de Director General de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE (en adelante «ENAIRE»), por acuerdo del Consejo Rector de 7 de junio de 2023, según resulta de Resolución de 8 de junio de 2023 de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 140, de 13 de junio de 2023, con CIF Q2822001J y domicilio a estos efectos en Madrid, avenida de Aragón 330 (CP 28022), actuando en nombre y representación de la misma en virtud de lo previsto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica para suscribir la presente adenda de convenio, y a tal efecto

EXPONEN

I. Que en virtud de Resolución de 14 de diciembre de 2021 de la Dirección General de la Entidad Pública ENAIRE (REOICO de 14 de diciembre de 2021 y BOE núm. 7, de 8 de enero de 2022), fue publicado el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.

II. Que el objeto del mismo es establecer las condiciones en las que estudiantes de la Universidad realizarán un programa de prácticas externas de enseñanzas oficiales impartidas por la Universidad, según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo.

III. Que, de acuerdo con lo establecido en la cláusula octava del convenio, su duración es de cuatro años pudiendo prorrogarse por acuerdo unánime de las partes, formalizada por escrito con anterioridad a la finalización de su vigencia, por un periodo máximo de cuatro años adicionales.

IV. Que, manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción y considerando necesario dar continuidad a las actividades contempladas en el convenio, ambas partes manifiestan su voluntad de mantener la cooperación establecida y acuerdan formalizar la adenda de prórroga del convenio, por lo que, en su virtud,

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el convenio de referencia por el plazo de cuatro años adicionales, contados a partir del 8 de enero de 2026.

Segundo.

La adenda resultará eficaz desde su inscripción en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de la publicación facultativa a que se refiere el apartado 8 del artículo 48 de la LRJSP.

Tercero.

Mantener inalteradas las cláusulas del convenio que se prorroga.

Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman electrónicamente la presente prórroga, en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha indicados al principio.–Por la Universidad Autónoma de Madrid, el Vicerrector de Formación Permanente y Empleabilidad, Luis José Unceta Gómez.–Por ENAIRE, el Director General, Enrique Maurer Somolinos.

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