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Documento BOE-A-2026-10869

Orden CLT/490/2026, de 8 de mayo, por la que se otorga la garantía del Estado a 12 obras para su exhibición en la exposición temporal «Tiempos de paz y diplomacia. Diego y Constanza, condes de Gondomar», en el Museo Nacional de Escultura.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 20 de mayo de 2026, páginas 69009 a 69012 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2026-10869

TEXTO ORIGINAL

A petición de la Subdirección General de Museos Estatales.

De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural.

Vistos el acuerdo favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del 14 de abril de 2026, y los informes favorables de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura emitido con fecha del 29 de abril de 2026, y de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria con fecha del 5 de mayo de 2026, y una vez fiscalizado de conformidad por la Intervención Delegada en el Departamento.

De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes formulada el 6 de mayo de 2026, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:

Primero. Otorgamiento de la garantía del Estado.

Otorgar la garantía del Estado a las 12 obras que figuran en la solicitud de la institución y se describen en el anexo de esta orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.

Segundo. Objeto.

1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras que figuran en el anexo de esta orden, de acuerdo con el valor y las condiciones expresadas en la solicitud de la institución.

2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura por la institución solicitante, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado.

Tercero. Cobertura de la garantía del Estado.

1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a las 12 obras que figuran en la solicitud de la institución y se describen en el anexo de esta orden, a los efectos de su exhibición en la exposición temporal «Tiempos de paz y diplomacia. Diego y Constanza, condes de Gondomar», que se celebrará en el Museo Nacional de Escultura, con sede en la calle Cadenas de San Gregorio, s/n, CP 47011 de Valladolid, desde el 15 de octubre de 2026 al 14 de febrero de 2027.

2. El valor económico total de las obras cubiertas por la garantía del Estado asciende a un millón cincuenta y nueve mil euros (1.059.000,00 €). A los efectos de esta orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la solicitud de garantía del Estado.

3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, deberán ser aseguradas por la institución solicitante de la garantía o los cedentes de las obras.

Cuarto. Periodo de cobertura y efectos.

1. El periodo máximo de cobertura de la garantía del Estado se iniciará el 15 de septiembre de 2026, y surtirá efectos desde el momento de la recogida de las obras en su lugar de origen, hasta la devolución de las mismas en su lugar de origen o en otro designado por el cedente, con fecha límite del 14 de marzo de 2027.

2. En caso de ampliación de la exposición, la garantía del Estado podrá prorrogarse, a petición de la institución solicitante, previa conformidad del Ministerio de Cultura, a través de la correspondiente orden.

Quinto. Entrega y devolución de las obras.

1. Previamente al inicio de la garantía del Estado, personal técnico cualificado elaborará un informe exhaustivo sobre el estado de conservación. Obtenida la conformidad escrita del cedente y cesionario sobre dicho informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta correspondiente.

2. El acta de devolución se firmará en el momento de entrega de la obra al cedente en su lugar de origen o en el lugar por él designado. En el acta de devolución deberá constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que se encuentra la misma.

Sexto. Obligaciones de la institución solicitante.

Sin perjuicio de las restantes obligaciones que figuran en esta orden, la institución solicitante de la garantía deberá:

a) Enviar a la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura un certificado extendido por su Director/a acreditando la finalización de la garantía otorgada, y cualquier circunstancia que afecte a la misma, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la devolución de las obras.

b) Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y conservación de las obras así como el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta orden.

Séptimo. Incorporación del anexo.

Se incorpora a esta orden, formando parte de la misma y de la solicitud de la garantía del Estado, el anexo que se cita en el apartado primero.

Octavo. Remisión electrónica de la garantía del Estado.

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura dará inmediata cuenta, por vía electrónica, del otorgamiento del compromiso del Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Hacienda.

Madrid, 8 de mayo de 2026.–El Ministro de Cultura, P. D. (CLT/1527/2025, de 23 de diciembre), el Secretario de Estado de Cultura, Jordi Martí Grau.

ANEXO
N.º Prestador Descripción del bien
1

Museo de Arte Sacro, parroquia de San Miguel de Ampudia.

Diócesis de Palencia.

Palencia, España.

Platería.

Esteban Pedrera (¿).

Fuente con escudo del Duque de Lerma, ca. 1620.

Plata sobredorada.

Medidas: 2 x 30,2 cm., 1,18 kg.

N.º Inv.: IIC-4-010-002-0022.

2

Real Colegio de Ingleses, Seminario de San Albano.

Valladolid, España.

Pintura.

Diego Díez de Ferreras.

Llegada de la flota inglesa a Cádiz (Asedio de Cádiz), ca. 1679.

Óleo sobre lienzo.

Medidas: 500 x 200 cm.

N.º Inv.: 0006-1.

3

Real Colegio de Ingleses, Seminario de San Albano.

Valladolid, España.

Escultura.

Natalia Martínez de Pisón.

Copia de Ntra. Sra. Vulnerata, 2018.

Madera policromada.

Medidas: 105 x 43 x 42 cm.

N.º Inv.: 0100.

4

Real Colegio de Ingleses, Seminario de San Albano.

Valladolid, España.

Pintura.

Anónimo.

Retrato de Joan Dormer, Duquesa de Feria, S. XVII.

Óleo sobre lienzo.

Medidas: 158 x 131 cm.

N.º Inv.: 0054.

5

Real Colegio de Ingleses, Seminario de San Albano.

Valladolid, España.

Pintura.

Anónimo.

Retrato de Henry Walpole, S. XVII.

Óleo sobre lienzo.

Medidas: 138,5 x 117 cm.

N.º Inv.: 0019.

6

Convento de la Purísima Concepción de Monforte de Lemos.

Monforte de Lemos (Lugo), España.

Artes decorativas.

Desconocido (escuela italiana).

Relicario de Santa Ana, primer cuarto del S. XVII.

Metal.

Medidas: 61 x 44 x 6 cm.

N.º Inv.: 93/CLM0002.

7

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, SA.

Madrid, España.

Pintura.

Juan Pantoja de la Cruz.

Felipe III, 1605.

Óleo sobre lienzo.

Medidas: 204,8 x 101,5 cm.

N.º Inv.: 417.

8

Colección particular.

Madrid, España.

Pintura.

Felipe Gil de Mena.

Procesión de la Vera Cruz en la calle de la Platería, 1656.

Óleo sobre lienzo.

Medidas: 102 x 144,5 cm.

9

Museo de Navarra.

Pamplona, España.

Platería.

Desconocido.

Cáliz de Sandoval y Rojas, 1623-1625.

Plata sobredorada.

Medidas: 23,4 x 14,9 cm., 688 gr.

N.º Inv.: CE000127.

10

Museo de Navarra.

Pamplona, España.

Platería.

Desconocido.

Cofrecillo, S. XVII.

Plata.

Medidas: 25 x 37 x 20 cm.

N.º Inv.: CE000204.

11

Museo de Navarra.

Pamplona, España.

Armadura.

Desconocido.

Armadura del Palacio de Muruzábal, S. XVI.

Fundido.

Medidas: 73 x 50 x 35 cm.

N.º Inv.: CE003126.

12

Ayuntamiento de Madrid.

Madrid, España.

Libros.

Don Rodrigo de Herrera.

Comedia famosa. La fe no ha menester armas, y venida del inglés a Cádiz, 1762.

1 volumen impreso.

Medidas: 38 x 22 cm.

N.º Inv.: C 18858(28).

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