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El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Universidad de Huelva han suscrito, con fecha 4 de septiembre de 2026, la adenda de modificación del convenio de referencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 9 de septiembre de 2026.–La Directora General de Políticas contra la Despoblación, Ana de los Ángeles Marín Andreu.
En Madrid y Huelva a la fecha de la firma electrónica.
REUNIDOS
De una parte, la Sra. doña Ana de los Ángeles Marín Andreu, Directora General de Políticas contra la Despoblación, en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 70/2024, de 16 de enero, que actúa en nombre y representación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en virtud de lo establecido en la Orden TED/544/2026, de 28 de mayo, de delegación de competencias.
De otra parte, don José Rodríguez Quintero, Rector de la Universidad de Huelva, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 119/2025, de 18 de junio, de la Consejería de Universidades, Investigación e Innovación, publicado en BOJA número 118, de 23 de junio de 2025, y actuando en función de las competencias que tiene asignada de acuerdo con el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (BOE número 70, de 23 de marzo de 2023). Y el artículo 31.n) de los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobado por Decreto 232/2011, de 12 de julio (BOJA número 147, de 28 de julio de 2011), modificados por Decreto 35/2018, de 6 de febrero (BOJA número 30, de 12 de febrero de 2018), previa autorización para la suscripción del presente convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de julio de 2025 (BOUH 104/2025).
Las partes, en el concepto en que intervienen, aseguran la vigencia de las representaciones con las que actúan y se reconocen recíprocamente la capacidad legal suficiente y necesaria para suscribir la presente adenda de modificación y a tal efecto
EXPONEN
Que, el 3 de marzo de 2026, ambas partes suscribieron un convenio para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
Que la Universidad de Huelva, habiendo adjudicado ya los 45 meses suscritos inicialmente, ha identificado la oportunidad de ampliar el número de meses de prácticas del Programa Campus Rural.
Que existe crédito suficiente disponible en la aplicación presupuestaria 23.14.456E.451.02 para cubrir la ampliación del número de meses de prácticas contemplada en esta adenda.
Que ambas partes, de mutuo acuerdo y conforme a lo establecido en la cláusula decimoséptima del convenio suscrito y en la legislación vigente, desean modificar la cláusula novena del citado convenio para incrementar los meses totales de prácticas.
Por todo ello, teniendo en cuenta todo cuanto antecede, las partes firmantes suscriben la presente adenda de modificación, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
La presente adenda de modificación tiene por finalidad modificar los compromisos financieros máximos establecidos en la cláusula novena del convenio, como consecuencia de la solicitud presentada por la Universidad para ampliar el periodo de prácticas inicialmente previsto en el convenio, incrementando su duración de 45 a 65 meses.
Las partes acuerdan modificar el convenio suscrito el 3 de marzo de 2026 entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Universidad de Huelva para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural, de modo que la cláusula novena quede redactada en los siguientes términos:
«Novena. Financiación.
El Ministerio y la Universidad acuerdan la financiación, con cargo al programa Campus Rural, de un máximo de 65 meses de prácticas.
El coste total de las actuaciones financiadas se desglosa en la siguiente tabla, siempre sujeto a la disponibilidad presupuestaria vigente:
Cálculo del coste máximo del programa
Concepto Cuantía
–
Euros/mes
Meses Coste total
–
Euros
Bolsa de ayudas al alumnado. 1.000,00 65 65.000,00 Coste máximo de seguridad Social. 82,15 65 5.339,75 Costes de gestión. 250,00 65 16.250,00 Total anualidad 2026. 86.589,75 El Ministerio se compromete a aportar un 90 % del presupuesto total indicado en la tabla anterior. La Universidad se compromete a aportar el 10 % restante del presupuesto total del programa. Los costes máximos totales, por tanto, son los que se recogen en la siguiente tabla:
Euros Coste máximo a financiar por el Ministerio. 77.930,78 Coste máximo a financiar por la Universidad. 8.658,97 Total. 86.589,75 El coste total de las actuaciones incluye:
a) Bolsa de ayuda al estudiante. En concepto del pago a percibir por cada estudiante y mes o fracción realizada de prácticas.
b) Cotización a la Seguridad Social. Sin exceder el importe máximo indicado en la tabla anterior, el importe a financiar será el que formalice efectivamente la Universidad ante la Seguridad Social, el cual será presentado ante la Comisión de Seguimiento de acuerdo con la cláusula decimoquinta.
c) Costes de gestión del programa. Coste asociado a la dedicación por parte de la Universidad para gestionar este programa, cuya cuantía se ha indicado teniendo en cuenta la experiencia previa.
El Ministerio se compromete a financiar el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente convenio mediante una aportación máxima de 77.930,78 euros, siempre sujeto a la disponibilidad presupuestaria vigente, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.14.456E.451.02. La financiación de este convenio no proviene de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ni de otros programas de financiación europeos.
La universidad asume un gasto para el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente convenio por un importe máximo de 8.658,97 euros durante la anualidad 2026, para el que dispone de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 80075417–321S–481.99.
Las aportaciones del Ministerio se ingresarán en la cuenta corriente que la Universidad ha indicado, con la siguiente numeración: ES 88 2085 0168 5403 0005 1102».
La presente adenda de modificación surtirá efectos tras su suscripción e inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio. Adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de su conformidad con cuanto antecede, las partes firman la presente adenda en las fechas que se indican, tomándose como fecha de perfeccionamiento de la adenda de modificación la del último firmante.–La Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, P. D. (Orden TED/544/2026, de 28 de mayo), la Directora General de Políticas contra la Despoblación, Ana de los Ángeles Marín Andreu.–El Rector de la Universidad de Huelva, José Rodríguez Quintero.
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