La Autoridad Portuaria de Castellón y el Ayuntamiento de Oropesa del Mar han acordado, con fecha 13 de enero de 2026 y previa tramitación del oportuno procedimiento, según lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la suscripción de la adenda de prórroga del Convenio relativo al uso ciudadano de determinados espacios portuarios, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la citada Ley 40/2015, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Castellón, 13 de enero de 2026.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Castellón, Rubén Ibáñez Bordonau.
13 de enero de 2026.
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Albert Roca, en calidad de Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Oropesa del Mar, proclamado como tal en la sesión del Pleno del Ayuntamiento, celebrada el día 21 de junio de 2025, según lo dispuesto en el artículo 21.1 b) de la Ley de Bases del Régimen Local, actuando en nombre y representación de la entidad citada, con oficinas en calle Laura de Cervellón, número 5, de la localidad de Oropesa del Mar (Castellón).
De otra parte, don Rubén Ibáñez Bordonau, en calidad de Presidente de la Autoridad Portuaria de Castellón, cargo para el que fue designado por Acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana de 10 de agosto de 2023, y publicado el nombramiento en el BOE número 203, de 25 de agosto de 2023, según lo establecido en el texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, que actúa en nombre y representación de la citada entidad, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 31.2 a) del mencionado Real Decreto.
Las partes intervinientes afirman y se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente y vigencia de sus respectivas facultades para celebrar la presente adenda de prórroga, y a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el día 18 de enero de 2022 fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación el Convenio entre la Autoridad Portuaria de Castellón y el Ayuntamiento de Oropesa del Mar sobre uso ciudadano de determinados espacios portuarios.
2. Que, según la cláusula séptima del convenio el plazo de vigencia del mismo será de cuatro años, sin perjuicio de la posibilidad de prorrogarse por un periodo adicional de cuatro años de conformidad con lo establecido por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
3. Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto para la vigencia del convenio, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o bien su extinción.
Considerando que es de interés para ambas partes continuar con la colaboración iniciada con base en el convenio mencionado, estiman que la renovación es necesaria y, acuerdan:
1. La prórroga del citado convenio por un período de cuatro años.
2. Que de acuerdo con el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda de prórroga tendrá efectos a partir de su inscripción en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Así mismo se publicará en el BOE.
3. En todo lo demás, el convenio suscrito entre las partes mantiene su vigencia.
Y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente documento, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ayuntamiento de Oropesa del Mar, Rafael Albert Roca.–Por la Autoridad Portuaria de Castellón, Rubén Ibáñez Bordonau.
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