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Documento BOE-B-1999-268083

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cataluña por la que se somete a información pública, por un período de treinta (30) días hábiles, el estudio informativo "Segundo cinturón de Tarragona. N-340. PK 1.163,760 al 1.172,460". Con clave: EI-4-T-07. Provincia de Tarragona.

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 9 de noviembre de 1999, páginas 14932 a 14932 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-1999-268083

TEXTO

Aprobado provisionalmente por la Dirección

General de Carreteras el 28 de septiembre de 1999,

el estudio informativo: "Segundo cinturón de

Tarragona. N-340. PK 1.163,760 al 1.172,460". Clave:

EI-4-T-07. Provincia de Tarragona, en virtud de

dicha aprobación y conformidad con lo dispuesto

en la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y, en cumplimiento de

cuanto establecen los artículos 6 y 10 de la vigente Ley

25/1988, de Carreteras, y concordantes de su

Reglamento, así como el Real Decreto 1131/1988, de

30 de septiembre, se somete a información pública,

por un período de treinta días hábiles, contados

a partir de la fecha de publicación del presente

anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", plazo

durante el cual podrá ser examinado por quienes

lo deseen, en la Demarcación de Carreteras del

Estado en Cataluña, calle de la Marquesa, número 12,

segunda planta, de Barcelona; Unidad de Carreteras

de Tarragona, plaza de los Carros, 2, y, Unidad

de Carreteras de Lleida, plaza Sant Joan, 22, en

horas de oficina, así como en la Corporación Local

afectada de Tarragona, provincia de Tarragona.

Se hace constar expresamente que las nuevas

calzadas tendrán limitación total de accesos a las

propiedades colindantes, que impone el artículo 28,

epígrafe 4, de la Ley 25/1988, de Carreteras.

Entre los documentos que se someten a examen

figura copia de la aprobación provisional ya citada,

así como del estudio informativo. Durante el

expresado plazo podrán presentarse las alegaciones y

observaciones que se consideren oportunas,

advirtiéndose que deberán versar sobre las circunstancias

que justifiquen la declaración de interés general de

la carretera y sobre la concepción global de su

trazado (artículo 10, p. 4, de la Ley de Carreteras)

y asimismo las referidas a lo previsto en el citado

Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio,

de evaluación del impacto ambiental.

Tarragona, 4 de noviembre de 1999.-El Jefe de

la Demarcación, Aureliano López Heredia.-1.782.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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