Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones sito en Alcobendas
(Madrid), calle San Rafael, número 2, del Polígono
Industrial de Alcobendas, por devolución como "se
marchó" en esa dirección, según comunica el
Servicio de Correos, por el presente se notifica a
"Comercial Rubio, Sociedad Anónima", que por el
Tribunal Económico-Administrativo Central, y en el
expediente R.G. 7747/95, seguido a su instancia
por el Impuesto de Sociedades, se ha dictado
resolución en sesión del día 9 de septiembre de 1999,
cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada interpuesto por
la entidad ``Comercial Rubio, Sociedad Anónima"'',
contra la Resolución del Tribunal
Económicoministrativo Regional de Madrid, de fecha 27 de
julio de 1995, recaída en el expediente de
reclamación número 6202/90, relativo al Impuesto sobre
Sociedades, ejercicio 1 de febrero de 1985 a 31
de enero de 1986, por importe de 18.667.125
pesetas, acuerda:
1.o Desestimar el recurso interpuesto por la
entidad interesada.
2.o Confirmar la resolución recurrida."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá la interesada interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 21 de octubre de 1999.-El Vocal Jefe
de la Sección, Francisco Eiroa Villarnovo.-&1.119.
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