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Documento BOE-B-1999-277118

Resolución de la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Cataluña sobre edicto de subasta.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 1999, páginas 15463 a 15463 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-1999-277118

TEXTO

El Jefe de la Dependencia Regional de

Recaudación de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria de Barcelona, don Francisco Javier Caicedo

Fernández-Vega,

Hace saber: Que en los expedientes

administrativos de apremio que se instruyen en esta

Dependencia de Recaudación por débitos a la Hacienda

Pública contra los deudores relacionados a

continuación, con esta fecha ha sido dictada la siguiente

Providencia.-"Acordada la enajenación mediante

subasta de los bienes integrados en el expediente

RI-28-99, en ejecución de hipoteca constituida a

favor del Estado (teniendo en cuenta lo prevenido

en el artículo 111 del Reglamento General de

Recaudación y el artículo 131 de la Ley General

Tributaria), así como de los bienes embargados en

procedimiento administrativo de apremio integrados en

el expediente RM-30-99, procédase a la celebración

de la misma el día 14 de diciembre de 1999, a

las nueve treinta horas, en la Delegación de la

A.E.A.T. (paseo Josep Carner, 33), y obsérvense

en su trámite y realización las prescripciones de

los artículos 147 y ss del Reglamento General de

Recaudación.

Notifíquese esta providencia al deudor y demás

personas interesadas, con expresión de la causa del

vencimiento de la hipoteca, en su caso, y anúnciese

al público por los medios previstos

reglamentariamente".

En cumplimiento de dicha providencia, se publica

el presente anuncio advirtiendo a las personas que

deseen participar en la subasta lo siguiente:

Primero.-En su caso, se considera vencida la

hipoteca por el incumplimiento de los pagos

garantizados por la misma.

Segundo.-Los bienes a subastar, con su

valoración, cargas y gravámenes, se detallarán al final.

Tercero.-La subasta se suspenderá antes de la

adjudicación, si se hace pago de los descubiertos

por principal, recargos y costas del procedimiento.

Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de subasta depósito de, al menos, el 20

por 100 del tipo establecido, que se ingresará en

firme en el Tesoro si los adjudicatarios no hacen

efectivo el precio del remate, sin perjuicio de la

responsabilidad en que incurrirán por los mayores

perjuicios que sobre el importe del depósito origine

la inefectividad de la adjudicación.

Quinto.-Se admitirán ofertas (que tendrán

carácter de máximas) en sobre cerrado dirigido al

Presidente de la Mesa de subastas, con expresión de

la fecha de su celebración, desde el anuncio de

esta subasta hasta una hora antes de su comienzo.

Estas ofertas se presentarán en el Registro General

de esta Delegación y deberán ir acompañadas de

cheque conformado extendido a favor del Tesoro

Público por el importe del depósito. En ningún caso

se aceptará el importe del depósito en metálico.

Si hubiere más de una oferta, podrá comenzar la

admisión de posturas a partir de la segunda más

alta. Estos licitadores, en sobre cerrado, podrán

participar personalmente en la licitación con posturas

superiores a la del sobre.

Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto,

o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de la

adjudicación. Todas aquellas personas que liciten por

cuenta de terceros deberán acreditar la

representación en el plazo del remate. En caso de

insuficiencia o falta de la misma, se entenderá que la

oferta se realiza en nombre propio.

Séptimo.-En caso de no ser enajenados la

totalidad o parte de los mencionados bienes en primera

licitación, la Mesa anunciará la iniciación del trámite

de adjudicación directa que se llevará a cabo de

acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General

de Recaudación. Para ello, se admitirán ofertas por

un importe igual o superior al tipo de subasta en

primera licitación.

Octavo.-Sin embargo, y en el mismo acto de la

primera licitación, la Mesa podrá optar por celebrar

una segunda licitación cuando así lo haya acordado,

previa deliberación sobre la conveniencia de la

misma cuyo tipo será el 75 por 100 del tipo de subasta

en primera licitación. Los bienes no adjudicados

pasarán al trámite de adjudicación directa regulado

en el artículo 150 del Reglamento General de

Recaudación. Su precio será sin sujeción a tipo.

Noveno.-En la situación de adjudicación directa,

la Mesa de la subasta realizará las gestiones

adecuadas en el plazo máximo de seis meses en orden

a decidir la oportunidad en cuantía y tiempo de

la adjudicación, realizando cuantas notificaciones

considere necesarias en el tablón de anuncios de

la Dependencia de Recaudación y con una

periodicidad mensual, contada de fecha a fecha a partir

de la subasta.

Décimo.-La Agencia Tributaria se reserva el

derecho a pedir la adjudicación para el Estado del bien

que no hubiese sido objeto de remate, conforme

lo establecido en el artículo 158 del Reglamento

General de Recaudación.

Undécimo.-Cuando se trate de bienes inscribibles

en Registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros, y, en caso

de no estar inscritos los bienes en el Registro, la

escritura de adjudicación es título mediante el cual

puede efectuarse la inmatriculación en los términos

prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley

Hipotecaria y, en los demás casos, se atendrán a lo

dispuesto en el título VI de dicha Ley.

Duodécimo.-En todo lo no previsto en este

artículo, se estará a lo preceptuado en las disposiciones

legales que regulen el acto.

Decimotercero.-Las cargas y situación jurídica

de los bienes que se anuncian son las que constan

en el expediente.

Decimocuarto.-Las cantidades que se pretendan

depositar deben ajustarse únicamente a la presente

subasta.

Relación de deudores

Subasta: RM-30-99. Expediente: "Comercial Mónix,

Sociedad Anónima". NIF: A43104553. Fecha de

la diligencia de embargo: 21 de enero de 1998

Bienes a subastar:

Lote único. Compuesto por las siguientes marcas

comerciales:

Expediente M 0796081 (6). Tipo denominativa

clase 21. Denominación: "Monix".

Expediente M 1953323 (3). Tipo mixta clase 21.

Denominación: "Monix".

Expediente M 1953324 (1). Tipo mixta clase 14.

Denominación: "Monix".

Expediente M 1953325 (X). Tipo mixta clase 11.

Denominación: "Monix".

Expediente M 1953327 (6). Tipo mixta clase 08.

Denominación: "Monix".

Expediente M 1953328 (4). Tipo mixta clase 07.

Denominación: "Monix".

Expediente M 1953329 (2). Tipo mixta clase 06.

Denominación: "Monix".

Valoración y tipo de subasta en primera licitación:

200.000.000 de pesetas.

Tipo de subasta en segunda licitación:

150.000.000 de pesetas.

Depósito (20 por 100 de la primera licitación):

40.000.000 de pesetas.

Tramos: 1.000.000 de pesetas.

Subasta: RI-28-99. Expediente: "Agemac

Tecnoseveco, Sociedad Anónima". NIF: A08216475.

Fechas de la diligencia de embargo: 7 y 21 de

noviembre de 1997

Bienes inmuebles a subastar:

Lote único. Conjunto de las tres siguientes fincas:

Urbana. Terreno o solar para edificar situado en

término de Vilanova del Camí, partida "Pla del

Cireret", de figura irregular, y de superficie aproximada

de 1.450 metros 63 decímetros cuadrados, linda:

Al norte y este, con resto de la finca; al sur, con

calle San Luis, y al oeste, con calle Barcelona. Finca

número 6.587, inscrita en el Registro de la

Propiedad de Igualada número 1, Ayuntamiento de

Vilanova del Camí, al folio 82, tomo 1.747, libro 110.

Urbana. Terreno o solar para edificar situado en

término de Vilanova del Camí, partida "Pla del

Cireret", de forma irregular, y de superficie aproximada

de 380 metros cuadrados. Linda: Por todos sus

vientos, con finca matriz. Es parte y se segrega de la

finca 715, al folio 35 del libro 23 de Vilanova del

Camí, tomo 744, inscripción octava. Finca

número 6.588, inscrita en el Registro de la Propiedad

de Igualada número 1, Ayuntamiento de Vilanova

del Camí, al folio 86, tomo 1.747, libro 110.

Urbana. Pieza de tierra campo, de extensión,

según el Registro, 54 áreas 85 centiáreas 63

decímetros 50 centímetros cuadrados, quedando una

superficie real actual, según el título presentado,

5.302 metros 3 decímetros cuadrados, situada en

el término de Vilanova del Camí y partida "Pla

del Cireret"; siendo sus lindes actuales: Al norte,

calle Santa Teresa; sur, finca segregada o registral

6.587; este, con finca carretera C-244, y oeste, calle

Barcelona. Es el resto a que ha quedado reducida

esta finca después de practicadas las segregaciones

que resultan de nota al margen de su inscripción

octava. Finca número 715-N, inscrita en el Registro

de la Propiedad de Igualada número 1,

Ayuntamiento de Vilanova del Camí, al folio 90, tomo 1.747,

libro 110.

Valoración y tipo de subasta en primera licitación:

199.260.000 pesetas.

Tipo de subasta en segunda licitación:

149.445.000 pesetas.

Depósito (20 por 100 de la primera licitación):

39.852.000 pesetas.

Tramos: 1.000.000 de pesetas.

El adjudicatario queda obligado a justificar el pago

o la exención, en su caso, de los tributos que gravan

la transmisión de los bienes.

Barcelona, 4 de noviembre de 1999.-El Jefe de

la Dependencia Regional de Recaudación, Francisco

Javier Caicedo Fernández-Vega.-2.619.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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