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Documento BOE-B-1999-4481

Anuncios particulares

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 1999, páginas 3569 a 3572 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-1999-4481

TEXTO

ARCALIA INVERSIONES

Sociedad Gestora de Instituciones

de Inversión Colectiva

En cumplimiento de la normativa vigente, se

comunica a los partícipes los fondos de inversión

gestionados por "Arcalia Inversiones, SGIIC,

Sociedad Anónima", que las Juntas generales de

accionistas de "Banco Santander, Sociedad Anónima"

(en adelante, BS), y de "Banco Central

Hispanoamericano, Sociedad Anónima" (en adelante, BCH),

en sus reuniones celebradas el pasado día 6 de marzo

de 1999, acordaron la fusión entre iguales de ambas

entidades, mediante la absorción de BCH por BS,

lo cual dará lugar, tras la fusión, a "Banco Santander

Central Hispano, Sociedad Anónima" (en adelante,

BSCH). La previsión inicial es que el calendario

de fusión se complete a mediados del próximo

mes de abril, mediante la inscripción de la

correspondiente escritura en el Registro Mercantil.

Una vez la fusión de los dos Bancos alcance

plenos efectos jurídicos y como consecuencia del

procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,

se producirá técnicamente un cambio de entidad

depositaria de los fondos gestionados por esta

sociedad gestora, pasando de BCH a BSCH.

Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de

Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,

una vez sean técnicamente efectivos, generarán en

favor de los partícipes de los fondos de inversión

gestionados por "Arcalia Inversiones, SGIIC,

Sociedad Anónima", que opten por ello, un derecho de

separación con reembolso total de sus

participaciones, que podrán ejercer mediante comunicación

escrita e irrevocable dirigida en tal sentido a esta

sociedad gestora en el plazo de un mes, a contar

desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial

del Estado" del presente anuncio, y sin que a tales

reembolsos se apliquen comisiones ni descuentos,

ni ningún otro gasto, pero sin evitar por ello el

coste y las repercusiones fiscales que resulten en

cada caso. Para aquellos partícipes que opten por

ejercitar este derecho, dirigiendo la oportuna

comunicación escrita a la sociedad gestora, el reembolso

total de sus participaciones se realizará al valor

liquidativo que alcancen las participaciones el día en

que se inscriba en los Registros de la Comisión

Nacional del Mercado de Valores la actualización

de los folletos informativos y la modificación de

los Reglamentos de Gestión de los Fondos a que

dará lugar al citado cambio, lo cual tendrá lugar,

en todo caso, una vez la fusión de los Bancos quede

inscrita en el Registro Mercantil.

En consonancia con lo anterior, se ha solicitado

la preceptiva autorización administrativa previa para

proceder a modificar el artículo correspondiente de

los Reglamentos de Gestión de los Fondos que a

continuación se relacionan, a fin de recoger el

cambio de entidad depositaria. Los fondos de inversión

cuyo Reglamento de Gestión se modificará en el

sentido apuntado y a cuyos partícipes afectará el

citado derecho de separación son los siguientes:

Arcalia Ahorro, FIM; Arcalia Bolsa, FIM; Arcalia

Interés, FIM; Arcalia Coyuntura, FIM; Arcalia

Global, FIM, y Fonvalcem, FIM.

Madrid, 8 de marzo de 1999.-El Secretario del

Consejo de Administración.-11.653.

BANCO CENTRAL

HISPANOAMERICANO, S. A.

Sustitución de entidad depositaria

De conformidad con lo dispuesto en los

artículos 35.2 y 57.6 del Real Decreto 1393/1990, de

2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento

de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora

de las Instituciones de Inversión Colectiva, se hace

público, a los efectos legales oportunos, la

sustitución de "Banco Central Hispano Americano,

Sociedad Anónima", por el "Banco Santander

Central Hispano, Sociedad Anónima", como entidad

depositaria del fondo de inversión Renta 4 Acciones

Mixto FIM gestionado por "Renta 4 Gestora,

S.G.I.I.C., Sociedad Anónima".

La modificación es consecuencia de la fusión

entre las entidades "Banco Santander, Sociedad

Anónima", y "Banco Central Hispanoamericano,

Sociedad Anónima", acordada en las Juntas

generales de accionistas de ambas entidades, celebradas

el día 6 de marzo de 1999, fusión que se completará

a mediados del mes de abril y que dará lugar a

una nueva entidad denominada "Banco Santander

Central Hispano, Sociedad Anónima".

De acuerdo con el citado precepto 35.2 del Real

Decreto 1393/1990, los partícipes podrán optar, en

el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" o de la fecha

de remisión de las comunicaciones de la sociedad

gestora a los partícipes si ésta fuera posterior, por

el reembolso de sus participaciones, sin reducción

de comisión de reembolso ni gasto alguno por el

valor liquidativo que corresponda a la fecha de la

inscripción de la correspondiente modificación en

los Registros de la Comisión Nacional del Mercado

de Valores, lo cual tendrá lugar, en todo caso, una

vez inscrita la fusión de las entidades citadas en

el Registro Mercantil.

Al objeto de recoger dicha sustitución, serán

modificados los Reglamentos de gestión del citado

fondo, con la preceptiva autorización administrativa,

en su caso.

Madrid, 11 de marzo de 1999.-11.657.

BCH GESTIÓN, S. A.

Sociedad Gestora de Instituciones

de Inversión Colectiva

En cumplimiento de la normativa vigente, se

comunica a los partícipes de los Fondos de Inversión

gestionados por "BCH Gestión, Sociedad Anónima"

(SGIIC), que las Juntas generales de accionistas

de "Banco Santander, Sociedad Anónima" (en

adelante, BS) y de "Banco Central Hispanoamericano,

Sociedad Anónima" (en adelante, BCH), en sus

reuniones celebradas el pasado 6 de marzo, acordaron

la fusión entre iguales de ambas entidades, mediante

la absorción de BCH por BS, lo cual dará lugar,

tras la fusión, a "Banco Santander Central Hispano,

Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH). La

previsión inicial es que el calendario de fusión se

complete a mediados del próximo mes de abril, mediante

la inscripción de la correspondiente escritura pública

en el Registro Mercantil.

Una vez la fusión de los dos Bancos alcance

plenos efectos jurídicos y como consecuencia del

procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,

se producirá técnicamente un cambio de control

en el capital social de esta Sociedad Gestora, que

pasará a estar ejercido por BSCH, con una

participación, directa e indirecta, del 100 por 100 del

mismo. Por la misma razón, tras la fusión efectiva

de ambas entidades, se producirá técnicamente un

cambio de entidad depositaria de los fondos

gestionados por esta sociedad gestora, pasando de BCH

a BSCH.

Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de

Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,

una vez sean técnicamente efectivos, generarán a

favor de los partícipes de los fondos de inversión

gestionados por "BCH Gestión, Sociedad Anónima"

(SGIIC), que opten por ello, un derecho de

separación con reembolso total de sus participaciones,

que podrán ejercer mediante comunicación escrita

e irrevocable dirigida en tal sentido a esta sociedad

gestora en el plazo de un mes, a contar desde la

fecha de publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" del presente anuncio, y sin que a tales

reembolsos se apliquen comisiones ni descuentos ni

ningún otro gasto, pero sin evitar por ello el coste

y las repercusiones fiscales que resulten en cada

caso. Para aquellos partícipes que opten por ejercitar

este derecho, dirigiendo la oportuna comunicación

escrita a la sociedad gestora, el reembolso total de

sus participaciones se realizará al valor liquidativo

que alcancen las participaciones el día en que se

inscriba en los Registros de la Comisión Nacional

del Mercado de Valores la actualización de los

folletos Informativos y la modificación de los

Reglamentos de Gestión de los Fondos a que darán lugar

los dos citados cambios, lo cual tendrá lugar, en

todo caso, una vez la fusión de los Bancos quede

inscrita en el Registro Mercantil.

En consonancia con lo anterior, se ha obtenido

la preceptiva autorización administrativa de la

Comisión Nacional del Mercado de Valores para la citada

sustitución de entidad depositaria y la consiguiente

modificación del artículo correspondiente de los

Reglamentos de Gestión de los Fondos que a

continuación se relacionan, a fin de recoger el cambio

de entidad depositaria. Los fondos de inversión cuyo

Reglamento de Gestión se modificará en el sentido

apuntado, y a cuyos partícipes afectará el citado

derecho de separación, son los siguientes: BCH

Euro, FIM; BCH Fondimo 3, FIAMM; Hispamer

Dinero 1, FIAMM; BCH Bonos Fondtesoro, FIM;

BCH Bonos Fondvalencia, FIM; BCH Dólar, FIM;

Hispamer Renta 1, FIM; Iber Fondo 2000, FIM;

BCH Sayplus, FIM; Iber Fondo 2020 Internacional,

FIM; BCH 2004, FIM; BCH 3, FIM; BCH 5, FIM;

BCH Rentas 1, FIM; BCH Rentas 1 A, FIM; BCH

Rentas 1 B, FIM; BCH Rentas 1 C, FIM; BCH

Rentas 1 D, FIM; BCH Rentas 1 E, FIM; BCH

Rentas 1 F, FIM; BCH Rentas 1 G, FIM; BCH

Rentas 1 H, FIM; BCH Rentas 1 K, FIM; BCH

Rentas 1 M, FIM; BCH Rentas 1 N, FIM; BCH

Rentas 3, FIM; BCH Rentas 3 A, FIM; BCH Rentas

4, FIM; BCH Rentas 4 A, FIM; BCH Rentas 5,

FIM; BCH Rentas 5 A, FIM; BCH Rentas 5 B,

FIM; Hispamer Mixto Renta Fija, FIM; Foncondor

Acciones, FIM; Jorge Juan 28, FIM; Fondaneto,

FIM; BCH Internacional Mixto Acciones, FIM;

BCH Europa, FIM; BCH Ibex 35 A, FIM; BCH

Ibex 35 B, FIM; BCH Ibex 35 C, FIM; BCH 1998,

FIM; BCH 1999, FIM; BCH 1999 A, FIM; BCH

1999 B, FIM; BCH 2000, FIM; BCH 2000 A, FIM;

BCH 2000 B, FIM; BCH 2002 A, FIM; BCH 2002

B, FIM; Foncenhis, FIM; Foncondor Tesorería,

FIM; BCH Acciones 2, FIM; BCH 2004 A, FIM;

BCH Rentas 4 B, FIM; BCH Rentas 4 C, FIM;

BCH Rentas 5 C, FIM; BCH Rentas 5 D, FIM;

BCH Rentas 5 E, FIM; BCH Rentas 5 F, FIM;

BCH Rentas 5 G, FIM; BCH Acciones Europeas,

FIM; BCH Renta Fija 1, FIM; BCH Mixto Euskadi,

FIM; BCH Mixto Renta Variable, FIM; BCH Mixto

Acciones, FIM; BCH Dólar Mixto Acciones, FIM;

BCH Internacional Acciones, FIM; BCH

Internacional Renta Fija, FIM; BCH Renta Fija 2, FIM;

BCH Mixto Renta Fija, FIM; BCH Internacional

Mixto Renta Fija, FIM; BCH 2002, FIM; BCH

Fondimo 2, FIM; Fondomix Dos, FIM; BCH

Monetario Fondtesoro, FIAMM; Fondunacsa, FIM; BCH

USA Blue Chips, FIM; BCH Mixto Acciones 2,

FIM; Foncondor Renta Fija, FIM; BCH Rentas 5

K, FIM; BCH Solidaridad, FIM; BCH Renta Fija

3, FIM; BCH Fondimo 1, FIM; BCH Acciones,

FIM; BCH 2002 C, FIM; BCH Rentas 4 D, FIM;

BCH Interés Diario, FIM; Leaseten III, FIM;

Hispamer Mixto Renta Variable, FIM; BCH

Emergentes Tesorería, FIM; BCH Global Multifondos, FIM;

BCH Mixto Iberoamérica, FIM; BCH Salud, FIM;

BCH Internet, FIM; BCH 2002 D, FIM; BCH

Rentas 4 E, FIM; BCH Rentas 5 H, FIM; BCH Europa

2, FIM; BCH Bolsa Garantizado, FIM; BCH Bolsa

Garantizado 2, FIM; BCH Bolsa Garantizado 3,

FIM; BCH Cliquet Garantizado, FIM; BCH

Eurotop 100, FIM; BCH Japón Garantizado, FIM; BCH

España Garantizado, FIM; BCH Euroíndice

Garantizado, FIM.

Madrid, 12 de marzo de 1999.-11.579-*.

GESTEBA

Sociedad Gestora de Instituciones

de Inversión Colectiva, Sociedad Anónima

Beta Euro Marx

En cumplimiento de la normativa vigente, se

comunica a los partícipes del fondo de inversión

"Beta Euro Mars, F.I.M.", que las Juntas generales

de "Banco Santander, Sociedad Anónima" (en

adelante, BS) y de "Banco Central Hispanoamericano,

Sociedad Anónima" (en adelante, BCH), en sus

reuniones celebradas el pasado 6 de marzo, acordaron

la fusión entre iguales de ambas entidades, mediante

la absorción de BCH por BS, lo cual dará lugar

tras la fusión a "Banco Santander Central Hispano,

Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH). La

previsión inicial es que el calendario de fusión se

complete a mediados del próximo mes de abril, mediante

la inscripción de la correspondiente escritura pública

en el Registro Mercantil.

Asimismo se comunica a los partícipes que, a

raíz de este proceso de fusión y a fin de agilizar

los trámites administrativos correspondientes,

ambas entidades depositarias y "Gesbeta, S.G.I.I.C.,

Sociedad Anónima" han acordado la sustitución

voluntaria de BCH por BS entidad depositaria del

fondo de inversión mobiliaria de referencia. Dicha

sustitución supone la modificación del artículo 5

del Reglamento de Gestión del fondo para que figure

en el mismo los datos de la nueva entidad depositaria

BS. Posteriormente, y una vez que la Comisión

Nacional del Mercado de Valores tenga

conocimiento de que la fusión entre BCH y BS y que el cambio

de denominación de esta última entidad a BSCH

ha alcanzado plenos efectos jurídicos, se producirá

técnicamente la inscripción del correspondiente

cambio en el citado artículo 5 del Reglamento de

Gestión del fondo con motivo del citado cambio

de denominación.

Conforme a los artículos 35.2 y 57.4 del

Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva, las

citadas sustitución de entidad depositaria y

modificación del Reglamento correspondiente generan

a favor de los partícipes del fondo de inversión

mobiliaria Beta Euro Mars, F.I.M. que opten por

ello, un derecho de separación con reembolso total

de sus participaciones. Los partícipes del fondo

podrán ejercer dicho derecho mediante

comunicación escrita e irrevocable dirigida en tal sentido a

esta sociedad gestora en el plazo de un mes, a contar

desde la última fecha de entre la de publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" y las de publicación

en dos periódicos de difusión nacional del presente

anuncio y la fecha de remisión a los partícipes de

la oportuna comunicación. A tales reembolsos no

se aplicarán comisiones ni descuentos ni ningún

otro gasto. Sin embargo, los partícipes no podrán

evitar por ello el coste y las repercusiones fiscales

que resulten en cada caso. El reembolso de las

participaciones se realizará al valor liquidativo que

alcancen las mismas el día en que se inscriba en

los Registros de la Comisión Nacional del Mercado

de Valores la actualización del folleto informativo

del fondo y la modificación de su Reglamento de

Gestión derivadas de la sustitución de entidad

depositaria.

En consonancia con lo anterior, se ha obtenido

la preceptiva autorización administrativa previa de

la Comisión Nacional del Mercado de Valores para

la sustitución de la entidad depositaria y para la

modificación del artículo 5 del Reglamento de

Gestión del fondo.

Madrid, 11 de marzo de 1999.-La sociedad

gestora.-11.573-*.

GESCAFIX, S. A.

Sociedad gestora de instituciones

de inversión colectiva

En cumplimiento de la normativa vigente, se

comunica a los partícipes de Foncafix, FIM,

gestionado por "Gescafix, Sociedad Anónima",

sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva,

que las Juntas generales de accionistas de "Banco

Santander, Sociedad Anónima" (en adelante, BS),

y de "Banco Central Hispanoamericano, Sociedad

Anónima" (en adelante, BCH), en sus reuniones

celebradas el pasado día 6 de marzo, acordaron

la fusión entre iguales de ambas entidades, mediante

la absorción de BCH por BS, lo cual dará lugar,

tras la fusión, a "Banco Santander Central Hispano,

Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH). La

previsión inicial es que el calendario de fusión se

complete a mediados del próximo mes de abril, mediante

la inscripción de la correspondiente escritura en

el Registro Mercantil.

Una vez la fusión de los dos Bancos alcance

plenos efectos jurídicos y, como consecuencia del

procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,

se producirá técnicamente un cambio de entidad

depositaria del fondo gestionado por esta sociedad

gestora, pasando de BCH a BSCH.

Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de

Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,

una vez sean técnicamente efectivos, generarán a

favor de los partícipes de Foncafix, FIM, gestionado

por "Gescafix, Sociedad Anónima", sociedad gestora

de instituciones de inversión colectiva, que opten

por ello, un derecho de separación con reembolso

total de sus participaciones, que podrán ejercer

mediante comunicación escrita e irrevocable dirigida

en tal sentido a esta sociedad gestora en el plazo

de un mes, a contar desde la fecha de publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" del presente

anuncio, y sin que a tales reembolsos se apliquen

comisiones ni descuentos ni ningún otro gasto, pero sin

evitar por ello el coste y las repercusiones fiscales

que resulten en cada caso. Para aquellos partícipes

que opten por ejercitar este derecho, dirigiendo la

oportuna comunicación escrita a la sociedad gestora,

el reembolso total de sus participaciones se realizará

al valor liquidativo que alcancen las participaciones

el día en que se inscriba en los Registros de la

Comisión Nacional del Mercado de Valores la

actualización del folleto informativo y la modificación

del Reglamento de Gestión del Fondo a que dará

lugar al citado cambio, lo cual tendrá lugar, en todo

caso, una vez la fusión de los Bancos quede inscrita

en el Registro Mercantil.

En consonancia con lo anterior, se ha solicitado

la preceptiva autorización administrativa previa para

proceder a modificar el artículo correspondiente del

Reglamento de Gestión de Foncafix, FIM, a fin

de recoger el cambio de entidad depositaria.

Madrid, 8 de marzo de 1999.-11.652.

GESTIFONDO, S. A.

Sociedad Gestora de Instituciones

de Inversión Colectiva

En cumplimiento de la normativa vigente, se

comunica a los partícipes de los fondos de inversión

gestionados por "Gestifondo, Sociedad Anónima",

sociedad gestora de instituciones de inversión

colectiva, que las Juntas generales de accionistas de

"Banco Santander, Sociedad Anónima" (en adelante, BS)

y de "Banco Central Hispanoamericano, Sociedad

Anónima" (en adelante, BCH), en sus reuniones

celebradas el pasado día 6 de marzo, acordaron

la fusión entre iguales de ambas entidades, mediante

la absorción de BCH por BS, lo cual dará lugar,

tras la fusión, a "Banco Santander Central Hispano,

Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH). La

previsión inicial es que el calendario de fusión se

complete a mediados del próximo mes de abril, mediante

la inscripción de la correspondiente escritura en

el Registro Mercantil.

Una vez la fusión de los dos Bancos alcance

plenos efectos jurídicos y, como consecuencia del

procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,

se producirá técnicamente un cambio de entidad

depositaria de los fondos gestionados por esta

sociedad gestora, pasando de BCH a BSCH.

Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de

Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,

una vez sean técnicamente efectivos, generarán a

favor de los partícipes de los fondos de inversión

gestionados por "Gestifondo, Sociedad Anónima",

sociedad gestora de instituciones de inversión

colectiva, que opten por ello, un derecho de separación

con reembolso total de sus participaciones, que

podrán ejercer mediante comunicación escrita e

irrevocable dirigida en tal sentido a esta sociedad gestora

en el plazo de un mes, a contar desde la fecha

de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

del presente anuncio, y sin que a tales reembolsos

se apliquen comisiones ni descuentos ni ningún otro

gasto, pero sin evitar por ello el coste y las

repercusiones fiscales que resulten en cada caso. Para

aquellos partícipes que opten por ejercitar este

derecho, dirigiendo la oportuna comunicación escrita

a la sociedad gestora, el reembolso total de sus

participaciones se realizará al valor liquidativo que

alcancen las participaciones el día en que se inscriba

en los Registros de la Comisión Nacional del

Mercado de Valores la actualización de los folletos

informativos y la modificación de los Reglamentos de

Gestión de los Fondos a que dará lugar al citado

cambio, lo cual tendrá lugar, en todo caso, una

vez la fusión de los Bancos quede inscrita en el

Registro Mercantil.

En consonancia con lo anterior, se ha solicitado

la preceptiva autorización administrativa previa para

proceder a modificar el artículo correspondiente de

los Reglamentos de Gestión de los Fondos que a

continuación se relacionan, a fin de recoger el

cambio de entidad depositaria. Los fondos de inversión

cuyo Reglamento de Gestión se modificará en el

sentido apuntado y a cuyos partícipes afectará el

citado derecho de separación son los siguientes:

Bolsindex, FIM; Fomodi, FIM, y Gestifondo

Acciones, FIM.

Madrid, 8 de marzo de 1999.-11.649.

GIIC FINECO,SGIIC,

SOCIEDAD ANÓNIMA

Sociedad unipersonal

En cumplimiento de la normativa vigente, se

comunica a los partícipes de los Fondos de Inversión

gestionados por "GIIC Fineco, S.G.I.I.C., Sociedad

Anónima", cuyo depositario es "Banco Central

Hispanoamericano, Sociedad Anónima", que las Juntas

generales de accionistas de "Banco Santander,

Sociedad Anónima" (en adelante BS) y de "Banco Central

Hispanoamericano, Sociedad Anónima" (en

adelante BCH), en sus reuniones celebradas el pasado

6 de marzo, acordaron la fusión entre iguales de

ambas entidades, mediante la absorción de BCH

por BS, lo cual dará lugar, tras la fusión a "Banco

Santander Central Hispano, Sociedad Anónima" (en

adelante BSCH). La previsión inicial es que el

calendario de fusión se complete a mediados del próximo

mes de abril, mediante la inscripción de la

correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.

Una vez la fusión de los dos bancos alcance

plenos efectos jurídicos y como consecuencia del

procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo, se

producirá técnicamente un cambio de entidad

depositaria de los fondos gestionados por "GIIC Fineco,

S.G.I.I.C., Sociedad Anónima", cuyo depositario es

BCH, pasando de BCH a BSCH.

Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de

Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,

una vez sean técnicamente efectivos, generarán a

favor de los partícipes de los citados Fondos de

Inversión gestionados por "GIIC Fineco, S.G.I.I.C.,

Sociedad Anónima", cuyo depositario es el BCH,

que opten por ello, un derecho de separación con

reembolso total de sus participaciones, que podrán

ejercer mediante comunicación escrita e irrevocable

dirigida en tal sentido a esta sociedad gestora en

el plazo de un mes, a contar desde la fecha de

publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del

presente anuncio, y sin que a tales reembolsos se

apliquen comisiones ni descuentos ni ningún otro

gasto, pero sin evitar por ello el coste y las

repercusiones fiscales que resulten en cada caso. Para

aquellos partícipes que opten por ejercitar este

derecho, dirigiendo la oportuna comunicación escrita

a la sociedad gestora, el reembolso total de sus

participaciones se realizará al valor liquidativo que

alcancen las participaciones el día en que se inscriba

en los Registros de la Comisión Nacional del

Mercado de Valores la actualización de los folletos

informativos y la modificación de los Reglamentos de

Gestión de los Fondos a que darán lugar los citados

cambios, lo cual tendrá lugar, en todo caso, una

vez la fusión de los bancos quede inscrita en el

Registro Mercantil.

En consonancia con lo anterior, se ha solicitado

la preceptiva autorización administrativa previa para

poder modificar el artículo correspondiente de los

Reglamentos de Gestión de los Fondos que a

continuación se relaciona, a fin de recoger el cambio

de entidad depositaria. Los fondos de inversión cuyo

Reglamento de Gestión se modificará en el sentido

apuntado, y a cuyos partícipes afectará el citado

derecho de separación, son los siguientes: Fon

Fineco 2001 Garantizado FIM y Fon Fineco Optimum

Garantizado FIM.

Bilbao, 9 de marzo de 1999.-El

Secretario.-11.556.

INVERSAFEI, SOCIEDAD ANÓNIMA

Sociedad Gestora de Instituciones de

Inversión Colectiva

En cumplimiento de la normativa vigente, se

comunica a los partícipes de los Fondos de Inversión

Safei Global Renta FIM, "Safei Global Patrimonio,

FIM", Safei Global Inversión, FIM y Safei Fomento

Euro, FIM, gestionados por "Inversafei, Sociedad

Anónima, S.G.I.I.C.", que las Junta generales de

accionistas de "Banco Santander, Sociedad

Anónima" (en adelante BS) y de "Banco Central

Hispanoamericano, Sociedad Anónima" (en adelante

BCH), en sus reuniones celebradas el pasado 6 de

marzo, acordaron la fusión entre iguales de ambas

entidades, mediante la absorción de BCH por BS,

lo cual dará lugar tras la fusión a "Banco Santander

Central Hispano, Sociedad Anónima" (en adelante

BSCH). La previsión inicial es que el calendario

de fusión se complete a mediados del próximo mes

de abril, mediante la inscripción de la

correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.

Una vez la fusión de los dos bancos alcance

plenos efectos jurídicos y como consecuencia del

procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo, se

producirá técnicamente un cambio de entidad

depositaria de los fondos antes citados pasando de BCH

a BSCH.

Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de

Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,

una vez sean técnicamente efectivos, generarán a

favor de los partícipes de los citados Fondos de

Inversión que opten por ello, un derecho de

separación con reembolso total de sus participaciones,

que podrán ejercer mediante comunicación escrita

e irrevocable dirigida en tal sentido a esta sociedad

gestora en el plazo de un mes, a contar desde la

fecha de publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" del presente anuncio, y sin que a tales

reembolsos se apliquen comisiones ni descuentos ni

ningún otro gasto, pero sin evitar por ello el coste

y las repercusiones fiscales que resulten en cada

caso. Para aquellos partícipes que opten por ejercitar

este derecho, dirigiendo la oportuna comunicación

escrita a la sociedad gestora, el reembolso total de

sus participaciones se realizará al valor liquidativo

que alcancen las participaciones el día en que se

inscriba en los Registros de la Comisión Nacional

del Mercado de Valores la actualización de los

folletos informativos y la modificación de los

Reglamentos de Gestión de los Fondos a que dará lugar

el citado cambio, lo cual tendrá lugar, en todo caso,

una vez la fusión de los bancos quede inscrita en

el Registro Mercantil.

En consonancia con lo anterior, se ha obtenido

la preceptiva autorización administrativa previa de

la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para

la sustitución de la entidad depositaria y consiguiente

modificación del artículo correspondiente de los

Reglamentos de Gestión de los Fondos "Safei

Global Renta FIM", "Safei Global Patrimonio, FIM",

"Safei Global Inversión, FIM" y "Safei Fomento

Euro, FIM", a fin de recoger el cambio de entidad

depositaria.

Madrid, 10 de marzo de 1999.-La sociedad

gestora.-11.565.

MUTUACTIVOS, S. A.,SGIIC

En cumplimiento de la normativa vigente, se

comunica a los partícipes del Fondo Mutuafondo

FIM, gestionado por "Mutuactivos, Sociedad

Anónima, S.G.I.I.C.", que las Junta generales de

accionistas de "Banco Santander, Sociedad Anónima"

(en adelante BS) y de "Banco Central

Hispanoamericano, Sociedad Anónima" (en adelante BCH),

en sus reuniones celebradas el pasado 6 de marzo,

acordaron la fusión entre iguales de ambas

entidades, mediante la absorción de BCH por BS, lo

cual dará lugar tras la fusión a "Banco Santander

Central Hispano, Sociedad Anónima" (en adelante

BSCH). La previsión inicial es que el calendario

de fusión se complete a mediados del próximo mes

de abril, mediante la inscripción de la

correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.

Una vez la fusión de los dos bancos alcance

plenos efectos jurídicos y como consecuencia del

procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo, se

producirá técnicamente un cambio de entidad

depositaria del fondo gestionado por esta sociedad

gestora, pasando de BCH a BSCH.

Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de

Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,

una vez sean técnicamente efectivos, generarán a

favor de los partícipes de Mutuafondo FIM, que

opten por ello, un derecho de separación con

reembolso total de sus participaciones, que podrán ejercer

mediante comunicación escrita e irrevocable dirigida

en tal sentido a esta sociedad gestora en el plazo

de un mes, a contar desde la fecha de publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente

comunicación, y sin que a tales reembolsos se

apliquen comisiones ni descuentos ni ningún otro gasto,

pero sin evitar por ello el coste y las repercusiones

fiscales que resulten en cada caso.

Para aquellos partícipes que opten por ejercitar

este derecho, dirigiendo la oportuna comunicación

escrita a la sociedad gestora, el reembolso total de

sus participaciones se realizará al valor liquidativo

que alcancen las participaciones el día en que se

inscriba en los Registros de la Comisión Nacional

del Mercado de Valores la actualización del folleto

informativo y la modificación del Reglamento de

Gestión de los Fondos a que darán lugar los citados

cambios, lo cual tendrá lugar, en todo caso, una

vez la fusión de los bancos quede inscrita en el

Registro Mercantil.

En consonancia con lo anterior, se ha solicitado

la preceptiva autorización administrativa previa para

proceder a modificar el artículo correspondiente del

Reglamento de Gestión de Mutuafondo FIM, a fin

de recoger el cambio de la entidad depositaria.

Madrid, 12 de marzo de 1999.-11.559.

RENTA 4 GESTORA SGIIC, S. A.,

Sociedad Gestora de Renta 4 Bolsaplus

FIM, Renta 4 Fonmixto FIM Y Renta

4 Ciclos FIM

"Renta 4 Gestora SGIIC, Sociedad Anónima",

informa de los cambios de denominación efectuados

en los siguientes Fondos: Ejecutivos Plus FIM,

Fondejecutivos FIM y Ejecutivos 200 FIM, que pasan

a denominarse, respectivamente, Renta 4 Bolsaplus

FIM, "Renta 4 Fonmixto FIM" y

Renta 4 Ciclos FIM. El citado cambio ha sido calificado

por la Dirección General del Tesoro y Política

Financiera como "modificación de escasa

relevancia", por lo que, según la legislación vigente, no

darán lugar al derecho de reembolso en los términos

previstos en el artículo 35.2 del Real

Decreto 1393/1990, de 26 de diciembre, por el que se

aprueba el Reglamento de Ley 46/1984, de 26 de

diciembre, reguladora de las Instituciones de

Inversión Colectiva.

Madrid, 12 de marzo de 1999.-El Consejo de

Administración.-11.647.

SHERPA GESTIÓN, S. A.

Sociedad Gestora de Instituciones

de Inversión Colectiva

En cumplimiento de la normativa vigente, se

comunica a los partícipes de los fondos de inversión

gestionados por "Sherpa Gestión, Sociedad

Anónima", sociedad gestora de instituciones de inversión

colectiva, que las Juntas generales de accionistas

de "Banco Santander, Sociedad Anónima" (en

adelante, BS) y de "Banco Central Hispanoamericano,

Sociedad Anónima" (en adelante, BCH), en sus

reuniones celebradas el pasado día 6 de marzo,

acordaron la fusión entre iguales de ambas entidades,

mediante la absorción de BCH por BS, lo cual dará

lugar, tras la fusión, a "Banco Santander Central

Hispano, Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH).

La previsión inicial es que el calendario de fusión

se complete a mediados del próximo mes de abril,

mediante la inscripción de la correspondiente

escritura pública en el Registro Mercantil.

Una vez la fusión de los dos Bancos alcance

plenos efectos jurídicos y, como consecuencia del

procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,

se producirá técnicamente un cambio de entidad

depositaria de los fondos gestionados por esta

sociedad gestora, pasando de BCH a BSCH.

Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de

Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,

una vez sean técnicamente efectivos, generarán, a

favor de los partícipes de los fondos de inversión

gestionados por "Sherpa Gestión, Sociedad

Anónima", sociedad gestora de instituciones de inversión

colectiva, que opten por ello, un derecho de

separación con reembolso total de sus participaciones,

que podrán ejercer mediante comunicación escrita

e irrevocable dirigida en tal sentido a esta sociedad

gestora en el plazo de un mes, a contar desde la

fecha de publicación en el "Boletín Oficial del

Estado" del presente anuncio, y sin que a tales

reembolsos se apliquen comisiones ni descuentos ni

ningún otro gasto, pero sin evitar por ello el coste

y las repercusiones fiscales que resulten en cada

caso. Para aquellos partícipes que opten por ejercitar

este derecho, dirigiendo la oportuna comunicación

escrita a la sociedad gestora, el reembolso total de

sus participaciones se realizará al valor liquidativo

que alcancen las participaciones el día en que se

inscriba en los Registros de la Comisión Nacional

del Mercado de Valores la actualización de los

folletos informativos y la modificación de los

Reglamentos de Gestión de los Fondos a que darán lugar

los dos citados cambios, lo cual tendrá lugar, en

todo caso, una vez la fusión de los Bancos quede

inscrita en el Registro Mercantil.

En consonancia con lo anterior, se ha obtenido

la preceptiva autorización administrativa previa de

la Comisión Nacional del Mercado de Valores para

la sustitución de la entidad depositaria y consiguiente

modificación de los Reglamentos de Gestión. Los

fondos de inversión cuyo Reglamento de Gestión

se modificará en el sentido apuntado y a cuyos

partícipes afectará el citado derecho de separación

son los siguientes: Sherpa Renta Mixta, FIM, Sherpa

Bolsa, FIM, y Fondpueyo, FIM.

Madrid, 11 de marzo de 1999.-El Presidente

de Consejo.-11.614.

SOGEVAL, S. A., S. G. I. I. C.

Se comunica a los señores partícipes que se va

a proceder a modificar los Reglamentos de Gestión

de los siguientes fondos: Eurovalor-1, FIM,

Eurovalor-2, FIM, Eurovalor-4, FIM, Eurovalor-5, FIM,

Eurovalor-Divisa FIM, Eurovalor-Inter-Renta, FIM,

Eurovalor-Euro, FIM, Eurovalor-Interbolsa, FIM,

Eurovalor-Mix 50-50, FIM y Eurovalor-3, FIAMM,

como consecuencia del cambio de sus

denominaciones, que pasarán a ser: Eurovalor Mixto-70, FIM,

Eurovalor Renta Fija, FIM, Eurovalor Bolsa, FIM,

Eurovalor Renta Fija Corto, FIM, Eurovalor Renta

Fija Internacional, FIM, Eurovalor Mixto-30, FIM,

Eurovalor Bolsa Europea, FIM, Eurovalor Bolsa

Internacional, FIM, Eurovalor Mixto-50, FIM y

Eurovalor Dinero, FIAMM, respectivamente.

La Dirección General del Tesoro y Política

Financiera, en consulta previa al efecto, ha considerado

de escasa relevancia esta modificación, según

Resolución de 5 de marzo de 1999, no hallándose en

los supuestos previstos en el artículo 35.2 del

Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva ni

en el artículo 281 del Reglamento del Registro

Mercantil. Tal cambio se comunicará a los partícipes

a través del próximo informe trimestral.

Madrid, 10 de marzo de 1999.-La sociedad

gestora.-11.660.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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