ARCALIA INVERSIONES
Sociedad Gestora de Instituciones
de Inversión Colectiva
En cumplimiento de la normativa vigente, se
comunica a los partícipes los fondos de inversión
gestionados por "Arcalia Inversiones, SGIIC,
Sociedad Anónima", que las Juntas generales de
accionistas de "Banco Santander, Sociedad Anónima"
(en adelante, BS), y de "Banco Central
Hispanoamericano, Sociedad Anónima" (en adelante, BCH),
en sus reuniones celebradas el pasado día 6 de marzo
de 1999, acordaron la fusión entre iguales de ambas
entidades, mediante la absorción de BCH por BS,
lo cual dará lugar, tras la fusión, a "Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima" (en adelante,
BSCH). La previsión inicial es que el calendario
de fusión se complete a mediados del próximo
mes de abril, mediante la inscripción de la
correspondiente escritura en el Registro Mercantil.
Una vez la fusión de los dos Bancos alcance
plenos efectos jurídicos y como consecuencia del
procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,
se producirá técnicamente un cambio de entidad
depositaria de los fondos gestionados por esta
sociedad gestora, pasando de BCH a BSCH.
Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de
Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,
una vez sean técnicamente efectivos, generarán en
favor de los partícipes de los fondos de inversión
gestionados por "Arcalia Inversiones, SGIIC,
Sociedad Anónima", que opten por ello, un derecho de
separación con reembolso total de sus
participaciones, que podrán ejercer mediante comunicación
escrita e irrevocable dirigida en tal sentido a esta
sociedad gestora en el plazo de un mes, a contar
desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial
del Estado" del presente anuncio, y sin que a tales
reembolsos se apliquen comisiones ni descuentos,
ni ningún otro gasto, pero sin evitar por ello el
coste y las repercusiones fiscales que resulten en
cada caso. Para aquellos partícipes que opten por
ejercitar este derecho, dirigiendo la oportuna
comunicación escrita a la sociedad gestora, el reembolso
total de sus participaciones se realizará al valor
liquidativo que alcancen las participaciones el día en
que se inscriba en los Registros de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores la actualización
de los folletos informativos y la modificación de
los Reglamentos de Gestión de los Fondos a que
dará lugar al citado cambio, lo cual tendrá lugar,
en todo caso, una vez la fusión de los Bancos quede
inscrita en el Registro Mercantil.
En consonancia con lo anterior, se ha solicitado
la preceptiva autorización administrativa previa para
proceder a modificar el artículo correspondiente de
los Reglamentos de Gestión de los Fondos que a
continuación se relacionan, a fin de recoger el
cambio de entidad depositaria. Los fondos de inversión
cuyo Reglamento de Gestión se modificará en el
sentido apuntado y a cuyos partícipes afectará el
citado derecho de separación son los siguientes:
Arcalia Ahorro, FIM; Arcalia Bolsa, FIM; Arcalia
Interés, FIM; Arcalia Coyuntura, FIM; Arcalia
Global, FIM, y Fonvalcem, FIM.
Madrid, 8 de marzo de 1999.-El Secretario del
Consejo de Administración.-11.653.
BANCO CENTRAL
HISPANOAMERICANO, S. A.
Sustitución de entidad depositaria
De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 35.2 y 57.6 del Real Decreto 1393/1990, de
2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora
de las Instituciones de Inversión Colectiva, se hace
público, a los efectos legales oportunos, la
sustitución de "Banco Central Hispano Americano,
Sociedad Anónima", por el "Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima", como entidad
depositaria del fondo de inversión Renta 4 Acciones
Mixto FIM gestionado por "Renta 4 Gestora,
S.G.I.I.C., Sociedad Anónima".
La modificación es consecuencia de la fusión
entre las entidades "Banco Santander, Sociedad
Anónima", y "Banco Central Hispanoamericano,
Sociedad Anónima", acordada en las Juntas
generales de accionistas de ambas entidades, celebradas
el día 6 de marzo de 1999, fusión que se completará
a mediados del mes de abril y que dará lugar a
una nueva entidad denominada "Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima".
De acuerdo con el citado precepto 35.2 del Real
Decreto 1393/1990, los partícipes podrán optar, en
el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" o de la fecha
de remisión de las comunicaciones de la sociedad
gestora a los partícipes si ésta fuera posterior, por
el reembolso de sus participaciones, sin reducción
de comisión de reembolso ni gasto alguno por el
valor liquidativo que corresponda a la fecha de la
inscripción de la correspondiente modificación en
los Registros de la Comisión Nacional del Mercado
de Valores, lo cual tendrá lugar, en todo caso, una
vez inscrita la fusión de las entidades citadas en
el Registro Mercantil.
Al objeto de recoger dicha sustitución, serán
modificados los Reglamentos de gestión del citado
fondo, con la preceptiva autorización administrativa,
en su caso.
Madrid, 11 de marzo de 1999.-11.657.
BCH GESTIÓN, S. A.
Sociedad Gestora de Instituciones
de Inversión Colectiva
En cumplimiento de la normativa vigente, se
comunica a los partícipes de los Fondos de Inversión
gestionados por "BCH Gestión, Sociedad Anónima"
(SGIIC), que las Juntas generales de accionistas
de "Banco Santander, Sociedad Anónima" (en
adelante, BS) y de "Banco Central Hispanoamericano,
Sociedad Anónima" (en adelante, BCH), en sus
reuniones celebradas el pasado 6 de marzo, acordaron
la fusión entre iguales de ambas entidades, mediante
la absorción de BCH por BS, lo cual dará lugar,
tras la fusión, a "Banco Santander Central Hispano,
Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH). La
previsión inicial es que el calendario de fusión se
complete a mediados del próximo mes de abril, mediante
la inscripción de la correspondiente escritura pública
en el Registro Mercantil.
Una vez la fusión de los dos Bancos alcance
plenos efectos jurídicos y como consecuencia del
procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,
se producirá técnicamente un cambio de control
en el capital social de esta Sociedad Gestora, que
pasará a estar ejercido por BSCH, con una
participación, directa e indirecta, del 100 por 100 del
mismo. Por la misma razón, tras la fusión efectiva
de ambas entidades, se producirá técnicamente un
cambio de entidad depositaria de los fondos
gestionados por esta sociedad gestora, pasando de BCH
a BSCH.
Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de
Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,
una vez sean técnicamente efectivos, generarán a
favor de los partícipes de los fondos de inversión
gestionados por "BCH Gestión, Sociedad Anónima"
(SGIIC), que opten por ello, un derecho de
separación con reembolso total de sus participaciones,
que podrán ejercer mediante comunicación escrita
e irrevocable dirigida en tal sentido a esta sociedad
gestora en el plazo de un mes, a contar desde la
fecha de publicación en el "Boletín Oficial del
Estado" del presente anuncio, y sin que a tales
reembolsos se apliquen comisiones ni descuentos ni
ningún otro gasto, pero sin evitar por ello el coste
y las repercusiones fiscales que resulten en cada
caso. Para aquellos partícipes que opten por ejercitar
este derecho, dirigiendo la oportuna comunicación
escrita a la sociedad gestora, el reembolso total de
sus participaciones se realizará al valor liquidativo
que alcancen las participaciones el día en que se
inscriba en los Registros de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores la actualización de los
folletos Informativos y la modificación de los
Reglamentos de Gestión de los Fondos a que darán lugar
los dos citados cambios, lo cual tendrá lugar, en
todo caso, una vez la fusión de los Bancos quede
inscrita en el Registro Mercantil.
En consonancia con lo anterior, se ha obtenido
la preceptiva autorización administrativa de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores para la citada
sustitución de entidad depositaria y la consiguiente
modificación del artículo correspondiente de los
Reglamentos de Gestión de los Fondos que a
continuación se relacionan, a fin de recoger el cambio
de entidad depositaria. Los fondos de inversión cuyo
Reglamento de Gestión se modificará en el sentido
apuntado, y a cuyos partícipes afectará el citado
derecho de separación, son los siguientes: BCH
Euro, FIM; BCH Fondimo 3, FIAMM; Hispamer
Dinero 1, FIAMM; BCH Bonos Fondtesoro, FIM;
BCH Bonos Fondvalencia, FIM; BCH Dólar, FIM;
Hispamer Renta 1, FIM; Iber Fondo 2000, FIM;
BCH Sayplus, FIM; Iber Fondo 2020 Internacional,
FIM; BCH 2004, FIM; BCH 3, FIM; BCH 5, FIM;
BCH Rentas 1, FIM; BCH Rentas 1 A, FIM; BCH
Rentas 1 B, FIM; BCH Rentas 1 C, FIM; BCH
Rentas 1 D, FIM; BCH Rentas 1 E, FIM; BCH
Rentas 1 F, FIM; BCH Rentas 1 G, FIM; BCH
Rentas 1 H, FIM; BCH Rentas 1 K, FIM; BCH
Rentas 1 M, FIM; BCH Rentas 1 N, FIM; BCH
Rentas 3, FIM; BCH Rentas 3 A, FIM; BCH Rentas
4, FIM; BCH Rentas 4 A, FIM; BCH Rentas 5,
FIM; BCH Rentas 5 A, FIM; BCH Rentas 5 B,
FIM; Hispamer Mixto Renta Fija, FIM; Foncondor
Acciones, FIM; Jorge Juan 28, FIM; Fondaneto,
FIM; BCH Internacional Mixto Acciones, FIM;
BCH Europa, FIM; BCH Ibex 35 A, FIM; BCH
Ibex 35 B, FIM; BCH Ibex 35 C, FIM; BCH 1998,
FIM; BCH 1999, FIM; BCH 1999 A, FIM; BCH
1999 B, FIM; BCH 2000, FIM; BCH 2000 A, FIM;
BCH 2000 B, FIM; BCH 2002 A, FIM; BCH 2002
B, FIM; Foncenhis, FIM; Foncondor Tesorería,
FIM; BCH Acciones 2, FIM; BCH 2004 A, FIM;
BCH Rentas 4 B, FIM; BCH Rentas 4 C, FIM;
BCH Rentas 5 C, FIM; BCH Rentas 5 D, FIM;
BCH Rentas 5 E, FIM; BCH Rentas 5 F, FIM;
BCH Rentas 5 G, FIM; BCH Acciones Europeas,
FIM; BCH Renta Fija 1, FIM; BCH Mixto Euskadi,
FIM; BCH Mixto Renta Variable, FIM; BCH Mixto
Acciones, FIM; BCH Dólar Mixto Acciones, FIM;
BCH Internacional Acciones, FIM; BCH
Internacional Renta Fija, FIM; BCH Renta Fija 2, FIM;
BCH Mixto Renta Fija, FIM; BCH Internacional
Mixto Renta Fija, FIM; BCH 2002, FIM; BCH
Fondimo 2, FIM; Fondomix Dos, FIM; BCH
Monetario Fondtesoro, FIAMM; Fondunacsa, FIM; BCH
USA Blue Chips, FIM; BCH Mixto Acciones 2,
FIM; Foncondor Renta Fija, FIM; BCH Rentas 5
K, FIM; BCH Solidaridad, FIM; BCH Renta Fija
3, FIM; BCH Fondimo 1, FIM; BCH Acciones,
FIM; BCH 2002 C, FIM; BCH Rentas 4 D, FIM;
BCH Interés Diario, FIM; Leaseten III, FIM;
Hispamer Mixto Renta Variable, FIM; BCH
Emergentes Tesorería, FIM; BCH Global Multifondos, FIM;
BCH Mixto Iberoamérica, FIM; BCH Salud, FIM;
BCH Internet, FIM; BCH 2002 D, FIM; BCH
Rentas 4 E, FIM; BCH Rentas 5 H, FIM; BCH Europa
2, FIM; BCH Bolsa Garantizado, FIM; BCH Bolsa
Garantizado 2, FIM; BCH Bolsa Garantizado 3,
FIM; BCH Cliquet Garantizado, FIM; BCH
Eurotop 100, FIM; BCH Japón Garantizado, FIM; BCH
España Garantizado, FIM; BCH Euroíndice
Garantizado, FIM.
Madrid, 12 de marzo de 1999.-11.579-*.
GESTEBA
Sociedad Gestora de Instituciones
de Inversión Colectiva, Sociedad Anónima
Beta Euro Marx
En cumplimiento de la normativa vigente, se
comunica a los partícipes del fondo de inversión
"Beta Euro Mars, F.I.M.", que las Juntas generales
de "Banco Santander, Sociedad Anónima" (en
adelante, BS) y de "Banco Central Hispanoamericano,
Sociedad Anónima" (en adelante, BCH), en sus
reuniones celebradas el pasado 6 de marzo, acordaron
la fusión entre iguales de ambas entidades, mediante
la absorción de BCH por BS, lo cual dará lugar
tras la fusión a "Banco Santander Central Hispano,
Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH). La
previsión inicial es que el calendario de fusión se
complete a mediados del próximo mes de abril, mediante
la inscripción de la correspondiente escritura pública
en el Registro Mercantil.
Asimismo se comunica a los partícipes que, a
raíz de este proceso de fusión y a fin de agilizar
los trámites administrativos correspondientes,
ambas entidades depositarias y "Gesbeta, S.G.I.I.C.,
Sociedad Anónima" han acordado la sustitución
voluntaria de BCH por BS entidad depositaria del
fondo de inversión mobiliaria de referencia. Dicha
sustitución supone la modificación del artículo 5
del Reglamento de Gestión del fondo para que figure
en el mismo los datos de la nueva entidad depositaria
BS. Posteriormente, y una vez que la Comisión
Nacional del Mercado de Valores tenga
conocimiento de que la fusión entre BCH y BS y que el cambio
de denominación de esta última entidad a BSCH
ha alcanzado plenos efectos jurídicos, se producirá
técnicamente la inscripción del correspondiente
cambio en el citado artículo 5 del Reglamento de
Gestión del fondo con motivo del citado cambio
de denominación.
Conforme a los artículos 35.2 y 57.4 del
Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva, las
citadas sustitución de entidad depositaria y
modificación del Reglamento correspondiente generan
a favor de los partícipes del fondo de inversión
mobiliaria Beta Euro Mars, F.I.M. que opten por
ello, un derecho de separación con reembolso total
de sus participaciones. Los partícipes del fondo
podrán ejercer dicho derecho mediante
comunicación escrita e irrevocable dirigida en tal sentido a
esta sociedad gestora en el plazo de un mes, a contar
desde la última fecha de entre la de publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" y las de publicación
en dos periódicos de difusión nacional del presente
anuncio y la fecha de remisión a los partícipes de
la oportuna comunicación. A tales reembolsos no
se aplicarán comisiones ni descuentos ni ningún
otro gasto. Sin embargo, los partícipes no podrán
evitar por ello el coste y las repercusiones fiscales
que resulten en cada caso. El reembolso de las
participaciones se realizará al valor liquidativo que
alcancen las mismas el día en que se inscriba en
los Registros de la Comisión Nacional del Mercado
de Valores la actualización del folleto informativo
del fondo y la modificación de su Reglamento de
Gestión derivadas de la sustitución de entidad
depositaria.
En consonancia con lo anterior, se ha obtenido
la preceptiva autorización administrativa previa de
la Comisión Nacional del Mercado de Valores para
la sustitución de la entidad depositaria y para la
modificación del artículo 5 del Reglamento de
Gestión del fondo.
Madrid, 11 de marzo de 1999.-La sociedad
gestora.-11.573-*.
GESCAFIX, S. A.
Sociedad gestora de instituciones
de inversión colectiva
En cumplimiento de la normativa vigente, se
comunica a los partícipes de Foncafix, FIM,
gestionado por "Gescafix, Sociedad Anónima",
sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva,
que las Juntas generales de accionistas de "Banco
Santander, Sociedad Anónima" (en adelante, BS),
y de "Banco Central Hispanoamericano, Sociedad
Anónima" (en adelante, BCH), en sus reuniones
celebradas el pasado día 6 de marzo, acordaron
la fusión entre iguales de ambas entidades, mediante
la absorción de BCH por BS, lo cual dará lugar,
tras la fusión, a "Banco Santander Central Hispano,
Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH). La
previsión inicial es que el calendario de fusión se
complete a mediados del próximo mes de abril, mediante
la inscripción de la correspondiente escritura en
el Registro Mercantil.
Una vez la fusión de los dos Bancos alcance
plenos efectos jurídicos y, como consecuencia del
procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,
se producirá técnicamente un cambio de entidad
depositaria del fondo gestionado por esta sociedad
gestora, pasando de BCH a BSCH.
Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de
Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,
una vez sean técnicamente efectivos, generarán a
favor de los partícipes de Foncafix, FIM, gestionado
por "Gescafix, Sociedad Anónima", sociedad gestora
de instituciones de inversión colectiva, que opten
por ello, un derecho de separación con reembolso
total de sus participaciones, que podrán ejercer
mediante comunicación escrita e irrevocable dirigida
en tal sentido a esta sociedad gestora en el plazo
de un mes, a contar desde la fecha de publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" del presente
anuncio, y sin que a tales reembolsos se apliquen
comisiones ni descuentos ni ningún otro gasto, pero sin
evitar por ello el coste y las repercusiones fiscales
que resulten en cada caso. Para aquellos partícipes
que opten por ejercitar este derecho, dirigiendo la
oportuna comunicación escrita a la sociedad gestora,
el reembolso total de sus participaciones se realizará
al valor liquidativo que alcancen las participaciones
el día en que se inscriba en los Registros de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores la
actualización del folleto informativo y la modificación
del Reglamento de Gestión del Fondo a que dará
lugar al citado cambio, lo cual tendrá lugar, en todo
caso, una vez la fusión de los Bancos quede inscrita
en el Registro Mercantil.
En consonancia con lo anterior, se ha solicitado
la preceptiva autorización administrativa previa para
proceder a modificar el artículo correspondiente del
Reglamento de Gestión de Foncafix, FIM, a fin
de recoger el cambio de entidad depositaria.
Madrid, 8 de marzo de 1999.-11.652.
GESTIFONDO, S. A.
Sociedad Gestora de Instituciones
de Inversión Colectiva
En cumplimiento de la normativa vigente, se
comunica a los partícipes de los fondos de inversión
gestionados por "Gestifondo, Sociedad Anónima",
sociedad gestora de instituciones de inversión
colectiva, que las Juntas generales de accionistas de
"Banco Santander, Sociedad Anónima" (en adelante, BS)
y de "Banco Central Hispanoamericano, Sociedad
Anónima" (en adelante, BCH), en sus reuniones
celebradas el pasado día 6 de marzo, acordaron
la fusión entre iguales de ambas entidades, mediante
la absorción de BCH por BS, lo cual dará lugar,
tras la fusión, a "Banco Santander Central Hispano,
Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH). La
previsión inicial es que el calendario de fusión se
complete a mediados del próximo mes de abril, mediante
la inscripción de la correspondiente escritura en
el Registro Mercantil.
Una vez la fusión de los dos Bancos alcance
plenos efectos jurídicos y, como consecuencia del
procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,
se producirá técnicamente un cambio de entidad
depositaria de los fondos gestionados por esta
sociedad gestora, pasando de BCH a BSCH.
Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de
Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,
una vez sean técnicamente efectivos, generarán a
favor de los partícipes de los fondos de inversión
gestionados por "Gestifondo, Sociedad Anónima",
sociedad gestora de instituciones de inversión
colectiva, que opten por ello, un derecho de separación
con reembolso total de sus participaciones, que
podrán ejercer mediante comunicación escrita e
irrevocable dirigida en tal sentido a esta sociedad gestora
en el plazo de un mes, a contar desde la fecha
de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
del presente anuncio, y sin que a tales reembolsos
se apliquen comisiones ni descuentos ni ningún otro
gasto, pero sin evitar por ello el coste y las
repercusiones fiscales que resulten en cada caso. Para
aquellos partícipes que opten por ejercitar este
derecho, dirigiendo la oportuna comunicación escrita
a la sociedad gestora, el reembolso total de sus
participaciones se realizará al valor liquidativo que
alcancen las participaciones el día en que se inscriba
en los Registros de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores la actualización de los folletos
informativos y la modificación de los Reglamentos de
Gestión de los Fondos a que dará lugar al citado
cambio, lo cual tendrá lugar, en todo caso, una
vez la fusión de los Bancos quede inscrita en el
Registro Mercantil.
En consonancia con lo anterior, se ha solicitado
la preceptiva autorización administrativa previa para
proceder a modificar el artículo correspondiente de
los Reglamentos de Gestión de los Fondos que a
continuación se relacionan, a fin de recoger el
cambio de entidad depositaria. Los fondos de inversión
cuyo Reglamento de Gestión se modificará en el
sentido apuntado y a cuyos partícipes afectará el
citado derecho de separación son los siguientes:
Bolsindex, FIM; Fomodi, FIM, y Gestifondo
Acciones, FIM.
Madrid, 8 de marzo de 1999.-11.649.
GIIC FINECO,SGIIC,
SOCIEDAD ANÓNIMA
Sociedad unipersonal
En cumplimiento de la normativa vigente, se
comunica a los partícipes de los Fondos de Inversión
gestionados por "GIIC Fineco, S.G.I.I.C., Sociedad
Anónima", cuyo depositario es "Banco Central
Hispanoamericano, Sociedad Anónima", que las Juntas
generales de accionistas de "Banco Santander,
Sociedad Anónima" (en adelante BS) y de "Banco Central
Hispanoamericano, Sociedad Anónima" (en
adelante BCH), en sus reuniones celebradas el pasado
6 de marzo, acordaron la fusión entre iguales de
ambas entidades, mediante la absorción de BCH
por BS, lo cual dará lugar, tras la fusión a "Banco
Santander Central Hispano, Sociedad Anónima" (en
adelante BSCH). La previsión inicial es que el
calendario de fusión se complete a mediados del próximo
mes de abril, mediante la inscripción de la
correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.
Una vez la fusión de los dos bancos alcance
plenos efectos jurídicos y como consecuencia del
procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo, se
producirá técnicamente un cambio de entidad
depositaria de los fondos gestionados por "GIIC Fineco,
S.G.I.I.C., Sociedad Anónima", cuyo depositario es
BCH, pasando de BCH a BSCH.
Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de
Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,
una vez sean técnicamente efectivos, generarán a
favor de los partícipes de los citados Fondos de
Inversión gestionados por "GIIC Fineco, S.G.I.I.C.,
Sociedad Anónima", cuyo depositario es el BCH,
que opten por ello, un derecho de separación con
reembolso total de sus participaciones, que podrán
ejercer mediante comunicación escrita e irrevocable
dirigida en tal sentido a esta sociedad gestora en
el plazo de un mes, a contar desde la fecha de
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del
presente anuncio, y sin que a tales reembolsos se
apliquen comisiones ni descuentos ni ningún otro
gasto, pero sin evitar por ello el coste y las
repercusiones fiscales que resulten en cada caso. Para
aquellos partícipes que opten por ejercitar este
derecho, dirigiendo la oportuna comunicación escrita
a la sociedad gestora, el reembolso total de sus
participaciones se realizará al valor liquidativo que
alcancen las participaciones el día en que se inscriba
en los Registros de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores la actualización de los folletos
informativos y la modificación de los Reglamentos de
Gestión de los Fondos a que darán lugar los citados
cambios, lo cual tendrá lugar, en todo caso, una
vez la fusión de los bancos quede inscrita en el
Registro Mercantil.
En consonancia con lo anterior, se ha solicitado
la preceptiva autorización administrativa previa para
poder modificar el artículo correspondiente de los
Reglamentos de Gestión de los Fondos que a
continuación se relaciona, a fin de recoger el cambio
de entidad depositaria. Los fondos de inversión cuyo
Reglamento de Gestión se modificará en el sentido
apuntado, y a cuyos partícipes afectará el citado
derecho de separación, son los siguientes: Fon
Fineco 2001 Garantizado FIM y Fon Fineco Optimum
Garantizado FIM.
Bilbao, 9 de marzo de 1999.-El
Secretario.-11.556.
INVERSAFEI, SOCIEDAD ANÓNIMA
Sociedad Gestora de Instituciones de
Inversión Colectiva
En cumplimiento de la normativa vigente, se
comunica a los partícipes de los Fondos de Inversión
Safei Global Renta FIM, "Safei Global Patrimonio,
FIM", Safei Global Inversión, FIM y Safei Fomento
Euro, FIM, gestionados por "Inversafei, Sociedad
Anónima, S.G.I.I.C.", que las Junta generales de
accionistas de "Banco Santander, Sociedad
Anónima" (en adelante BS) y de "Banco Central
Hispanoamericano, Sociedad Anónima" (en adelante
BCH), en sus reuniones celebradas el pasado 6 de
marzo, acordaron la fusión entre iguales de ambas
entidades, mediante la absorción de BCH por BS,
lo cual dará lugar tras la fusión a "Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima" (en adelante
BSCH). La previsión inicial es que el calendario
de fusión se complete a mediados del próximo mes
de abril, mediante la inscripción de la
correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.
Una vez la fusión de los dos bancos alcance
plenos efectos jurídicos y como consecuencia del
procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo, se
producirá técnicamente un cambio de entidad
depositaria de los fondos antes citados pasando de BCH
a BSCH.
Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de
Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,
una vez sean técnicamente efectivos, generarán a
favor de los partícipes de los citados Fondos de
Inversión que opten por ello, un derecho de
separación con reembolso total de sus participaciones,
que podrán ejercer mediante comunicación escrita
e irrevocable dirigida en tal sentido a esta sociedad
gestora en el plazo de un mes, a contar desde la
fecha de publicación en el "Boletín Oficial del
Estado" del presente anuncio, y sin que a tales
reembolsos se apliquen comisiones ni descuentos ni
ningún otro gasto, pero sin evitar por ello el coste
y las repercusiones fiscales que resulten en cada
caso. Para aquellos partícipes que opten por ejercitar
este derecho, dirigiendo la oportuna comunicación
escrita a la sociedad gestora, el reembolso total de
sus participaciones se realizará al valor liquidativo
que alcancen las participaciones el día en que se
inscriba en los Registros de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores la actualización de los
folletos informativos y la modificación de los
Reglamentos de Gestión de los Fondos a que dará lugar
el citado cambio, lo cual tendrá lugar, en todo caso,
una vez la fusión de los bancos quede inscrita en
el Registro Mercantil.
En consonancia con lo anterior, se ha obtenido
la preceptiva autorización administrativa previa de
la Comisión Nacional del Mercado de Valores, para
la sustitución de la entidad depositaria y consiguiente
modificación del artículo correspondiente de los
Reglamentos de Gestión de los Fondos "Safei
Global Renta FIM", "Safei Global Patrimonio, FIM",
"Safei Global Inversión, FIM" y "Safei Fomento
Euro, FIM", a fin de recoger el cambio de entidad
depositaria.
Madrid, 10 de marzo de 1999.-La sociedad
gestora.-11.565.
MUTUACTIVOS, S. A.,SGIIC
En cumplimiento de la normativa vigente, se
comunica a los partícipes del Fondo Mutuafondo
FIM, gestionado por "Mutuactivos, Sociedad
Anónima, S.G.I.I.C.", que las Junta generales de
accionistas de "Banco Santander, Sociedad Anónima"
(en adelante BS) y de "Banco Central
Hispanoamericano, Sociedad Anónima" (en adelante BCH),
en sus reuniones celebradas el pasado 6 de marzo,
acordaron la fusión entre iguales de ambas
entidades, mediante la absorción de BCH por BS, lo
cual dará lugar tras la fusión a "Banco Santander
Central Hispano, Sociedad Anónima" (en adelante
BSCH). La previsión inicial es que el calendario
de fusión se complete a mediados del próximo mes
de abril, mediante la inscripción de la
correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.
Una vez la fusión de los dos bancos alcance
plenos efectos jurídicos y como consecuencia del
procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo, se
producirá técnicamente un cambio de entidad
depositaria del fondo gestionado por esta sociedad
gestora, pasando de BCH a BSCH.
Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de
Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,
una vez sean técnicamente efectivos, generarán a
favor de los partícipes de Mutuafondo FIM, que
opten por ello, un derecho de separación con
reembolso total de sus participaciones, que podrán ejercer
mediante comunicación escrita e irrevocable dirigida
en tal sentido a esta sociedad gestora en el plazo
de un mes, a contar desde la fecha de publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente
comunicación, y sin que a tales reembolsos se
apliquen comisiones ni descuentos ni ningún otro gasto,
pero sin evitar por ello el coste y las repercusiones
fiscales que resulten en cada caso.
Para aquellos partícipes que opten por ejercitar
este derecho, dirigiendo la oportuna comunicación
escrita a la sociedad gestora, el reembolso total de
sus participaciones se realizará al valor liquidativo
que alcancen las participaciones el día en que se
inscriba en los Registros de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores la actualización del folleto
informativo y la modificación del Reglamento de
Gestión de los Fondos a que darán lugar los citados
cambios, lo cual tendrá lugar, en todo caso, una
vez la fusión de los bancos quede inscrita en el
Registro Mercantil.
En consonancia con lo anterior, se ha solicitado
la preceptiva autorización administrativa previa para
proceder a modificar el artículo correspondiente del
Reglamento de Gestión de Mutuafondo FIM, a fin
de recoger el cambio de la entidad depositaria.
Madrid, 12 de marzo de 1999.-11.559.
RENTA 4 GESTORA SGIIC, S. A.,
Sociedad Gestora de Renta 4 Bolsaplus
FIM, Renta 4 Fonmixto FIM Y Renta
4 Ciclos FIM
"Renta 4 Gestora SGIIC, Sociedad Anónima",
informa de los cambios de denominación efectuados
en los siguientes Fondos: Ejecutivos Plus FIM,
Fondejecutivos FIM y Ejecutivos 200 FIM, que pasan
a denominarse, respectivamente, Renta 4 Bolsaplus
FIM, "Renta 4 Fonmixto FIM" y
Renta 4 Ciclos FIM. El citado cambio ha sido calificado
por la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera como "modificación de escasa
relevancia", por lo que, según la legislación vigente, no
darán lugar al derecho de reembolso en los términos
previstos en el artículo 35.2 del Real
Decreto 1393/1990, de 26 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Ley 46/1984, de 26 de
diciembre, reguladora de las Instituciones de
Inversión Colectiva.
Madrid, 12 de marzo de 1999.-El Consejo de
Administración.-11.647.
SHERPA GESTIÓN, S. A.
Sociedad Gestora de Instituciones
de Inversión Colectiva
En cumplimiento de la normativa vigente, se
comunica a los partícipes de los fondos de inversión
gestionados por "Sherpa Gestión, Sociedad
Anónima", sociedad gestora de instituciones de inversión
colectiva, que las Juntas generales de accionistas
de "Banco Santander, Sociedad Anónima" (en
adelante, BS) y de "Banco Central Hispanoamericano,
Sociedad Anónima" (en adelante, BCH), en sus
reuniones celebradas el pasado día 6 de marzo,
acordaron la fusión entre iguales de ambas entidades,
mediante la absorción de BCH por BS, lo cual dará
lugar, tras la fusión, a "Banco Santander Central
Hispano, Sociedad Anónima" (en adelante, BSCH).
La previsión inicial es que el calendario de fusión
se complete a mediados del próximo mes de abril,
mediante la inscripción de la correspondiente
escritura pública en el Registro Mercantil.
Una vez la fusión de los dos Bancos alcance
plenos efectos jurídicos y, como consecuencia del
procedimiento jurídico elegido para llevarla a cabo,
se producirá técnicamente un cambio de entidad
depositaria de los fondos gestionados por esta
sociedad gestora, pasando de BCH a BSCH.
Conforme al artículo 57.4 del Reglamento de
Instituciones de Inversión Colectiva, estos cambios,
una vez sean técnicamente efectivos, generarán, a
favor de los partícipes de los fondos de inversión
gestionados por "Sherpa Gestión, Sociedad
Anónima", sociedad gestora de instituciones de inversión
colectiva, que opten por ello, un derecho de
separación con reembolso total de sus participaciones,
que podrán ejercer mediante comunicación escrita
e irrevocable dirigida en tal sentido a esta sociedad
gestora en el plazo de un mes, a contar desde la
fecha de publicación en el "Boletín Oficial del
Estado" del presente anuncio, y sin que a tales
reembolsos se apliquen comisiones ni descuentos ni
ningún otro gasto, pero sin evitar por ello el coste
y las repercusiones fiscales que resulten en cada
caso. Para aquellos partícipes que opten por ejercitar
este derecho, dirigiendo la oportuna comunicación
escrita a la sociedad gestora, el reembolso total de
sus participaciones se realizará al valor liquidativo
que alcancen las participaciones el día en que se
inscriba en los Registros de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores la actualización de los
folletos informativos y la modificación de los
Reglamentos de Gestión de los Fondos a que darán lugar
los dos citados cambios, lo cual tendrá lugar, en
todo caso, una vez la fusión de los Bancos quede
inscrita en el Registro Mercantil.
En consonancia con lo anterior, se ha obtenido
la preceptiva autorización administrativa previa de
la Comisión Nacional del Mercado de Valores para
la sustitución de la entidad depositaria y consiguiente
modificación de los Reglamentos de Gestión. Los
fondos de inversión cuyo Reglamento de Gestión
se modificará en el sentido apuntado y a cuyos
partícipes afectará el citado derecho de separación
son los siguientes: Sherpa Renta Mixta, FIM, Sherpa
Bolsa, FIM, y Fondpueyo, FIM.
Madrid, 11 de marzo de 1999.-El Presidente
de Consejo.-11.614.
SOGEVAL, S. A., S. G. I. I. C.
Se comunica a los señores partícipes que se va
a proceder a modificar los Reglamentos de Gestión
de los siguientes fondos: Eurovalor-1, FIM,
Eurovalor-2, FIM, Eurovalor-4, FIM, Eurovalor-5, FIM,
Eurovalor-Divisa FIM, Eurovalor-Inter-Renta, FIM,
Eurovalor-Euro, FIM, Eurovalor-Interbolsa, FIM,
Eurovalor-Mix 50-50, FIM y Eurovalor-3, FIAMM,
como consecuencia del cambio de sus
denominaciones, que pasarán a ser: Eurovalor Mixto-70, FIM,
Eurovalor Renta Fija, FIM, Eurovalor Bolsa, FIM,
Eurovalor Renta Fija Corto, FIM, Eurovalor Renta
Fija Internacional, FIM, Eurovalor Mixto-30, FIM,
Eurovalor Bolsa Europea, FIM, Eurovalor Bolsa
Internacional, FIM, Eurovalor Mixto-50, FIM y
Eurovalor Dinero, FIAMM, respectivamente.
La Dirección General del Tesoro y Política
Financiera, en consulta previa al efecto, ha considerado
de escasa relevancia esta modificación, según
Resolución de 5 de marzo de 1999, no hallándose en
los supuestos previstos en el artículo 35.2 del
Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva ni
en el artículo 281 del Reglamento del Registro
Mercantil. Tal cambio se comunicará a los partícipes
a través del próximo informe trimestral.
Madrid, 10 de marzo de 1999.-La sociedad
gestora.-11.660.
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