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Documento BOE-B-1999-58975

Ayuntamientos

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 26 de octubre de 1999, páginas 14314 a 14315 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-1999-58975

TEXTO

Caldes de Montbui

Edicto de subasta

El Jefe de la Unidad de Recaudación del Ayun-

tamiento de Caldes de Montbui,

Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación por débitos a la Hacienda Municipal, contra el deudor don Francesc Pola Farràs, con documento nacional de identidad número 38.916.993G, por los conceptos de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), plusvalías, obras de urbanización "Can Valls", obras de reforma y ampliación de la red de agua "Can Valls" y cuotas urbanísticas, cuyo importe por principal, recargos de apremio, intereses de demora y costas presupuestadas, en total, 770.564.903 pesetas.

Que por esta deuda la Tesorera del Ayuntamiento ha dictado la siguiente:

Providencia: No habiendo satisfecho la deuda objeto del expediente de apremio número 11/97, que asciende a la suma total de 770.564.903 pesetas, decreto la venta de los bienes embargados al deudor don Francesc Pola Farras, por diligencia de fecha 8 de julio de 1997, que constan en el expediente.

La celebración de la subasta tendrá lugar el día 15 de noviembre de 1999, a las diez treinta horas, en la sala del Ayuntamiento de Caldes de Montbui, calle Font i Boet, número 4, de esta población.

El tipo de subasta para licitar se fija en:

Primer lote: 45.486.712 pesetas.

Segundo lote: 839.576.619 pesetas.

Notifíquese esta providencia al deudor, a su cónyuge y al depositario, si procede, y demás personas interesadas y anúnciese al público por los medios previstos reglamentariamente.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente edicto, advirtiendo a las personas que deseen participar en la subasta lo siguiente:

Primero.-Los bienes a subasta, con su valoración, cargas y gravámenes que quedarán subsistentes se detallan al final.

Segundo.-La subasta se suspenderá antes de la adjudicación si se hace pago de los descubiertos.

Tercero.-Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de Subasta depósito, de al menos, el 20 por 100 del tipo establecido, que se ingresará en firme en la Caja Municipal si los adjudicatarios no hacen efectivo el precio del remate, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

Cuarto.-Se admitirán ofertas, que tendrán carácter de máximas, en sobre cerrado, dirigido al Presidente de la Mesa de Subastas con expresión de la fecha de su celebración, desde el anuncio de esta subasta hasta una hora antes de su comienzo.

Estas ofertas se presentarán en el Registro General

de este Ayuntamiento y deberán ir acompañadas

de cheque conformado, extendido a favor del Ayun-

tamiento de Caldes de Montbui por el importe del

depósito. Si hubiera más de una oferta, podrá

comenzar la admisión de posturas a partir de la

segunda más alta. En ningún caso se aceptará el

importe del depósito en metálico. Estos licitadores,

en sobre cerrado, podrán participar personalmente

en la licitación con posturas superiores a la del

sobre.

Quinto.-En cualquier momento posterior a declarar desierta la primera licitación en la subasta pública de bienes, se podrá adjudicar directamente los bienes o los lotes por un importe igual o superior al tipo de aquella licitación, previa solicitud de adjudicación a la Mesa, según la disposición transitoria número 31 de la Ley de Presupuestos del año 1987 ("Boletín Oficial del Estado" de fecha 24 de diciembre de 1986).

Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación.

Séptimo.-En el caso de no ser enajenados la totalidad o parte de los mencionados bienes en primera licitación, la Mesa anunciará el inicio del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo a tenor de lo previsto en el artículo 150 del Reglamento General de Recaudación, para ello se admitirán ofertas por un importe igual o superior al tipo en la licitación durante el plazo de un mes, a contar desde el mismo día de la subasta.

Octavo.-Asimismo, y en el acto de la primera licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una segunda licitación, cuando así lo haya acordado, previa deliberación sobre la conveniencia de la misma. Acordada la procedencia de celebrar una segunda licitación, se anunciará de forma inmediata y se admitirán proposiciones que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación. Los bienes que no resulten adjudicados pasarán al trámite de adjudicación directa. Cuando los bienes hayan sido objeto de subasta con dos licitaciones, no existirá precio mínimo.

Noveno.-En la situación de adjudicación directa, la Mesa de Subastas realizará las gestiones adecuadas en el plazo máximo de seis meses, para decidir la oportunidad de la cantidad y de la fecha de la adjudicación. Para ello lo notificará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, tantas veces como crea necesarias y con una periodicidad mensual a partir de la primera subasta.

Décimo.-Cuando se trate de bienes inscribibles en Registros públicos, los licitadores se conformarán con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, sin derecho a exigir otros, y en caso de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título, mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199 b) de la Ley Hipotecaria, y en los demás casos se atendrán a lo dispuesto en el título VI de dicha Ley.

Undécimo.-Las cargas y gravámenes anteriores y preferentes, en su caso, y otras situaciones jurídicas quedarán subsistentes, entendiendo que el adjudicatario los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de aquéllas sin aplicar a su extinción el precio del remate.

Duodécimo.-Los tramos a que deberán ajustarse las posturas serán de 100.000 pesetas.

Advertencias

Con la publicación de este edicto se considera efectuada la notificación, con plena virtualidad legal a los posibles acreedores hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos, así como también los demás interesados en el expediente.

En caso de no poderse notificar la providencia de subasta al deudor, por ignorar su actual paradero, se dará éste por notificado con plena virtualidad legal, mediante la publicación del presente edicto, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.4 del Reglamento General de Recaudación, quedando advertido en este caso que de no estar conforme con la indicada providencia, podrá interponer recurso de reposición ante la Tesorería del Ayuntamiento de Caldes de Montbui, en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona", sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.

Sin perjuicio de cuanto antecede, el pago de los débitos puede efectuarse en la Oficina de Recaudación Municipal (calle de Font i Boet, 41, Caldes de Montbui) en cualquier momento del procedimiento ejecutivo, antes de la adjudicación de los bienes.

En todo lo no previsto en este edicto se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto de la subasta y confieran algún derecho a favor de terceros.

Bienes objeto de subasta

Primer lote:

Urbana. Número 1. Vivienda unifamiliar situada en la urbanización Puigdomi, con frente a avenida Puigdomi, compuesta de planta baja, primera y segunda planta, tiene una superficie total de 220 metros 89 decímetros cuadrados, de los que corresponden 183 metros 65 decímetros cuadrados a vivienda, y el resto a garaje y despensa. Linda: Frente, fondo y derecha, con solar; izquierda, con solar número 2. Tiene el uso exclusivo del jardín, que se halla al frente; derecha y fondo de la misma, de 342 metros 38 decímetros cuadrados. Se le asigna un coeficiente de 50 por 100.

La vivienda se encuentra en fase de construcción, teniendo acabada la cubierta de aguas e instalada la puerta de cerramiento del garaje.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Granollers, al tomo 1.943 del archivo, libro 114 de Caldes de Montbui, folio 48, finca número 7.741.

Urbana. Número 2. Vivienda unifamiliar situada en la urbanización Puigdomi, con frente a avenida Puigdomi, compuesta de planta baja, primera y segunda planta, tiene una superficie total de 220 metros 89 decímetros cuadrados, de los que corresponden 183 metros 65 decímetros cuadrados a vivienda, y el resto a garaje y despensa. Linda: Frente, fondo e izquierda, con solar; derecha, con la entidad número 1. Tiene el uso exclusivo del jardín, que se halla al frente; izquierda y fondo de la misma, de 263 metros 88 decímetros cuadrados. Se le asigna un coeficiente de 50 por 100.

La vivienda se encuentra en fase de construcción, teniendo acabada la cubierta de aguas e instalada la puerta de cerramiento del garaje.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Granollers, al tomo 1.943 del archivo, libro 114 de Caldes de Montbui, folio 51, finca número 7.742.

Valoración de las fincas del primer lote:

45.486.712 pesetas. Cargas subsistentes: 0 pesetas.

El tipo de subasta se fija en: 45.486.712 pesetas.

Segundo lote:

Resto de finca rústica. Después de las segregaciones efectuadas y que constan al margen del libro correspondiente, en el término de Caldes de Montbui, aunque parroquia de Palaudaries en parte, cual parroquia pertenece al término de Llissa de Munt, con una casa de campo semirruinosa de bajos un piso y desván, corrales, era y otras dependencias anejas, compuesta de secano, viña, olivar, bosque y gran parte yermo y una pequeña parte regadío está atravesada por algunos torrentes y tiene una superficie según el Registro de 106 hectáreas 6 áreas 52 centiáreas 39 miliáreas, pero en realidad, según medición reciente practicada tal superficie es de 197 hectáreas 32 áreas.

Finca que linda al oeste, con doña Dolores Durán Blanchart, don José Canals Cortada, don Pedro Pina Arroyo, doña María Teresa Macià Rosell, don José Puigdom213nech Torruella y en parte con "Olegario Godó, Sociedad Anónima", y caminos; al sur, mediante torrente, con don Melchor Elías Vila, don Cipriano Comar, doña Teresa Casas Grau, Diputación Provincial de Barcelona y Obispado de Barcelona en la finca conocida por rectoría de Paladaries; al este, con herederos Fatjó, don José Barbany, don Francisco Pola y con finca que se sitúa en el término Caldes de Montbui y al norte, con don Juan Pàmies Viñeda.

Esta descripción se expresa en el Registro de la Propiedad como consecuencia de muchas segregaciones, la finca tiene una superficie en la actualidad de 98.026.02 metros cuadrados, y después de tres segregaciones actuales queda una superficie de 96.164,24 metros cuadrados.

Está inscrita en el Registro de la Propiedad de Granollers número 2, tomo 662 (2298) del archivo, libro 42 (180), de Caldes de Montbui, folio 166 (177), finca número 3.899.

Valoración de la finca del segundo lote:

839.576.619 pesetas. Cargas subsistentes: 0 pesetas.

El tipo de subasta se fija en: 839.576.619 pesetas.

Caldes de Montbui, 29 de septiembre de 1999.-Carlos López Yepes.-41.809-E.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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