Delegaciones
GRANADA
Dependencia de Recaudación
Anuncio de subasta de bienes inmuebles
Doña Carmen Martín Ruiz, Jefa de Sección de
Recaudación de esta Agencia Estatal de
Administración Tributaria, Delegación de Granada,
Hace saber:
1.o En el expediente individual de apremio que
se tramita por esta Unidad de Recaudación de
Granada contra el sujeto pasivo "Viguetas Borrell,
Sociedad Anónima", con número de identificación fiscal
número A-18011742, por débitos a la Hacienda
Pública.
Con fecha 26 de agosto de 1999, se dictó por
el Jefe de la Dependencia de Recaudación la
siguiente:
"Providencia: De conformidad con lo establecido
en el artículo 146 del Reglamento General de
Recaudación de 20 de diciembre de 1990, se dispone
la venta, mediante subasta de bienes inmuebles
embargados al deudor ``Viguetas Borrell, Sociedad
Anónima'', cuyo acuerdo fue adoptado en fecha
26 de agosto de 1999.
La subasta se celebrará el día 15 de diciembre
de 1999, a las diez treinta horas, en el salón de
actos de esta Delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.
Descripción: Finca número 3052, hoy dividida
en nueve fincas que han pasado a formar las fincas
registrales número 5.785, 5.786, 5.797, 5.798,
6.944, 6.945, 7.179, 7.778 y 7.779. Bienes
embargado a enajenar: Situación: Polígono ``La Unidad''.
Pago del Zarate. Peligros. Valoración: 119.990.000
pesetas. Tipo de subasta en primera licitación:
119.990.000 pesetas.
Urbana.-Edificio industrial compuesto de una
sola nave en planta baja. Extensión superficial 1.853
metros cuadrados. Superficie edificada 1.139 metros
cuadrados. Finca número 5.785.
Urbana.-Edificio industrial compuesto de una
sola nave en planta baja. Extensión superficial
5.624,22 metros cuadrados. Superficie edificada
1.133 metros cuadrados. Finca número 5.786.
Urbana.-Edificio industrial compuesto de una
sola nave en planta baja. Extensión superficial
4.519,38 metros cuadrados. Superficie edificada
1.130,98 metros cuadrados. Finca número 5.791.
De esta finca se segregan dos naves con una
superficie total de 1.500 metros cuadrados y cada una
de ellas con 565,49 metros cuadrados, lo que hace
el total de la superficie construida (1.130,98 metros
cuadrados), formando las fincas 5.797 y 5.798. El
resto de la finca 5.791 con una extensión de
3.019,38 metros cuadrados se agrupa con otra finca
más, 5.792, pasando a formar la finca 6.944, con
una superficie de 4.089,38 metros cuadrados.
De esta finca se segregan la finca 6.945 con 926
metros cuadrados y la finca 7.179 con 1.070 metros
cuadrados, quedando la finca 6.944 reducida según
el Registro a la superficie de 2.093,38 metros
cuadrados. Sobre este resto se declara haber construido
dos naves pasando a formar las fincas 7.778 y 7.779.
De acuerdo con lo dispuesto en el mencionado
artículo 146, notifíquese la presente providencia al
deudor, al depositario, a los acreedores hipotecarios
y pignoraticios y al cónyuge de dicho deudor;
haciendo constar en la notificación que en cualquier
momento anterior al de la adjudicación de los
bienes, podrán liberarse los bienes embargados
pagando los débitos y costas del procedimiento. Y
anúnciese en esa Administración de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, en el ``Boletín Oficial''
de la provincia, ``Boletín Oficial del Estado'' y en
el Ayuntamiento del lugar en que estén situados
los bienes y remitan un ejemplar del anuncio a esta
Dependencia de Recaudación para su exposición
en el tablón de anuncios."
2.o Que en cumplimiento del artículo 146 del
Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, se
publica el presente anuncio y se advierte a las
personas que deseen tomar parte en la subasta lo
siguiente:
A) Los tramos para la licitación serán de
100.000 pesetas.
B) Los títulos disponibles se encuentran
depositados en La Unidad de Recaudación de esta
Delegación, donde pueden ser examinados durante todos
los días hábiles, de nueve a catorce horas, hasta
el día anterior al de la subasta.
C) Que los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
al expediente, no teniendo derecho a exigir otros,
no contrayendo el Estado otra obligación a este
respecto que la de otorgar, si el deudor no lo hace,
la escritura de venta. Que de no estar inscritos los
bienes en el Registro, la escritura de adjudicación
es título mediante el cual puede efectuarse la
inmatriculación en los términos del artículo 199.b de
la Ley Hipotecaria. Y que en los demás casos en
que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa,
como dispone el título VI de dicha Ley.
D) Que todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de Subasta el depósito de garantía, que
será, al menos, del 20 por 100 del tipo de aquélla.
Con la advertencia de que dicho depósito se
ingresará en el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen
el precio del remate, sin perjuicio de las
responsabilidades en que incurrirán por los mayores
perjuicios que sobre el importe del depósito origine
la inefectividad de la adjudicación.
E) Que la subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior al de la adjudicación de los
bienes, si se hace el pago de la deuda, intereses de
demora y costas del procedimiento.
F) Que las cargas, gravámenes y situaciones
jurídicas y de sus titulares que afecten a los bienes
y hayan de quedar subsistentes, sin aplicarse a su
extinción el precio del remate, son las siguientes:
Cargas subsistentes finca número 3.052: Ninguna.
G) Que el rematante entregará en el acto de
adjudicación o dentro de los cinco días siguientes,
la diferencia entre el depósito constituido y el precio
de la adjudicación.
H) Que se admitirán ofertas en sobre cerrado
que deberán ajustarse a lo dispuesto en el apartado
3 del artículo 147 del Reglamento General de
Recaudación vigente.
I) Que se podrá realizar segunda licitación,
cuando la Mesa lo juzgue pertinente, así como
adjudicar directamente los bienes cuando no lo hayan
sido en subasta.
Asimismo ha de tenerse en cuenta que en el caso
de deudores con domicilio desconocido, la
notificación de la subasta se entenderá efectuada a todos
los efectos legales por medio de la publicación del
correspondiente anuncio.
Granada, 21 de septiembre de 1999.-La Jefa de
Sección de Recaudación, Carmen Martín
Ruiz.-42.542-E.
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