Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Cristóbal Verdú Nido, que por el
Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
el expediente R.G. 2634/99, protocolo 616/99,
seguido a instancia del interesado contra acuerdo
del Departamento de Recaudación de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria de fecha 20
de julio de 1998, en asunto relativo a denegación
de compensación de deuda tributaria, expediente
número 508/98, se ha dictado resolución en sesión
del día 17 de diciembre de 1999, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en la reclamación
económico-Administrativa interpuesta por don Cristóbal Verdú Nido,
contra acuerdo del Departamento de Recaudación de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria de
fecha 20 de julio de 1998, en asunto relativo a
denegación de compensación de deudas tributarias,
acuerda:
Estimar la reclamación anulando el acto
impugnado, retrotrayendo la resolución del expediente al
momento en que, de oficio por la Oficina
competente o por el interesado, se aporte al centro gestor
la certificación de reconocimiento de crédito
requerida."
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contenicioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de finalización de la
publicación del presente anuncio.
Madrid, 28 de marzo de 2000.-El Vocal Jefe
de la Sección, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-&22.317.
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