Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Pantoke, Sociedad Limitada", que por
el Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
el expediente R.G. 961-96, protocolo 171/99,
seguido a instancia del interesado, contra acuerdo del
Jefe de la Dependencia de Recaudación de la
Delegación Especial de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria de Madrid de fecha 16 de junio
de 1995, en asunto relativo a procedimiento de
apremio, se ha dictado resolución en Sesión del día
16 de abril de 1999, cuya parte dispositiva dice
lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución al recurso extraordinario
de revisión promovido por "Pantoke, Sociedad
Limitada", contra acuerdo de 16 de junio de 1995
del Jefe de la Dependencia de Recaudación de la
Delegación Especial de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria en Madrid, en asunto relativo
al procedimiento de apremio y cuantía de 30.000
pesetas, acuerda: Declararlo inadmisible."
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 28 de marzo de 2000.-El Vocal Jefe
de la Sección, J. Palacio Ruiz de Azagra.-&22.315.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid