La Dirección General de Carreteras, con fecha
14 de abril de 2000, ha resuelto aprobar
provisionalmente el estudio informativo de referencia,
declarando que cumple con lo previsto en el artículo
7 de la vigente Ley de Carreteras (25/1988, de 29
de julio), para los estudios informativos y con el
vigente Reglamento General de Carreteras.
La redacción de dicho estudio informativo se
enmarca dentro del "Convenio de colaboración y
apoyo entre el Ministerio de Fomento y la
Diputación Foral de Álava para la financiación y
ejecución de obras en la carretera N-I, en el tramo
comprendido en el Condado de Treviño (Burgos)",
donde en su apartado séptimo se acuerda: "El
Ministerio de Fomento se responsabilizará de la
tramitación, licitación, dirección, incidencias, etcétera, de
los estudios, proyectos y obras de los tramos que
en todo o en su mayor parte discurran por el
Condado de Treviño...".
El estudio informativo afecta a los términos
municipales de Treviño y La Puebla de Arganzón, en
la provincia de Burgos, y a los términos municipales
de Armiñón, Ribera Alta, Ribera Baja e Iruña de
Oca, en la provincia de Álava.
A los efectos previstos en el artículo 10 de la
Ley de Carreteras, de 29 de julio de 1988, y 34
del Reglamento General de Carreteras, de 2 de
septiembre de 1994, se somete el estudio informativo
al trámite de información pública por un plazo de
treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente
hábil al de la fecha de publicación de este anuncio
en el "Boletín Oficial del Estado".
El objeto de la información pública es recoger
cuantas alegaciones y sugerencias se refieran a las
circunstancias que justifiquen la declaración de
interés general de la obra y la concepción global de
su trazado.
Se hace constar que esta información pública lo
es también a los efectos establecidos en el Real
Decreto 1302/1986 y su Reglamento (1131/1988),
relativos a evaluación del impacto ambiental.
No serán tomadas en consideración las
alegaciones o informes que no se refieran a la finalidad
de la información pública tal como queda definida
en el artículo 10 de la Ley de Carreteras y 34 del
Reglamento General de Carreteras o las referidas
a la evaluación de impacto ambiental.
Tanto el estudio informativo como la resolución
aprobatoria de ambos estarán de manifiesto en la
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla
y León Oriental, en Burgos (avenida del Cid, 52);
en la Diputación Foral de Álava, Departamento de
Obras Públicas y Transportes en Vitoria (plaza de
la Provincia, sin número), durante el expresado
plazo, en horas de oficina, así como en los
Ayuntamientos afectados.
Burgos, 2 de mayo de 2000.-El Ingeniero Jefe
de la Demarcación, Carlos Centeno
Ferruelo.-23.924.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid