Se comunica a los partícipes del Fondo
denominado Segurfondo Inversión F.I.I. que se ha
procedido a modificar el artículo 4, objeto social, de
los Reglamentos de Gestión de los Fondos, que
adoptarán el texto que se transcribe a continuación:
"Artículo 4. Objeto.-El fondo tendrá por objeto
exclusivo la inversión en cualquier tipo de inmueble
de naturaleza urbana para su arrendamiento, en el
que las viviendas, las residencias de estudiantes y
las residencias de la tercera edad, en los términos
que establezca la normativa aplicable, representen
conjuntamente al menos el 50 por 100 del total
del activo del fondo.
La exclusividad del objeto social descrito será
compatible con la cobertura por el fondo de los
distintos coeficientes de liquidez o de inversión en
valores que normativamente puedan establecerse.
Tendrá por tanto el Régimen Fiscal establecido
en los artículos 35 bis y artículo 75 bis, de la Ley
y el Reglamento de la Ley de Instituciones de
Inversión Colectiva, respectivamente, y en el artículo 26
de la Ley del Impuesto sobre Sociedades".
Asimismo, se comunica que la Dirección General
del Tesoro, en contestación consulta previa, ha
considerado innecesaria por su escasa relevancia
autorización a la modificación.
Madrid, 8 de junio de 2000.-El Secretario no
Consejero.-38.325.
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