Se comunica a los partícipes del Fondo
denominado Segurfondo Inmobiliario F.I.I. se ha
procedido a modificar el artículo 4, objeto social, de
los Reglamentos de Gestión de los Fondos, que
adoptarán el texto que se transcribe a continuación:
"Artículo 4. Objeto.-El fondo tendrá por objeto
la inversión en cualquier tipo de inmueble de
naturaleza urbana para su arrendamiento, en el que las
viviendas, las residencias de estudiantes y las
residencias de la tercera edad, en los términos que
establezca la normativa aplicable, representen
conjuntamente al menos el 50 por 100 del total del
activo del fondo.
La exclusividad del objeto social descrito será
compatible con la cobertura por el fondo de los
distintos coeficientes de liquidez o de inversión en
valores que normativamente puedan establecerse.
Tendrá por tanto el Régimen Fiscal establecido
en los artículos 35 bis y artículo 75 bis, de la Ley
y el Reglamento de la Ley de Instituciones de
Inversión Colectiva, respectivamente, y en el artículo 26
de la Ley del Impuesto sobre Sociedades".
Asimismo, se comunica que la Dirección General
del Tesoro, en contestación consulta previa, ha
considerado innecesaria por su escasa relevancia
autorización a la modificación.
Madrid, 8 de junio de 2000.-El Secretario no
Consejero.-38.325.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid