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Documento BOE-B-2000-208078

Anuncio de la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre la enajenación de bienes inmuebles y venta por gestión directa.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 30 de agosto de 2000, páginas 11485 a 11486 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2000-208078

TEXTO

Doña Magdalena del Rosal García, Jefa de la

Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación

Especial de la Agencia Estatal de la

Administración Tributaria en Andalucía,

Hace saber: Que en el procedimiento de apremio

que se instruye en la Unidad Regional de

Recaudación contra el deudor a la Hacienda Pública "Jerez

Industrial, Sociedad Anónima", por los conceptos

y cuantía que se dirá, se ha dictado la siguiente:

"Providencia: En el expediente administrativo de

apremio que por la Unidad Regional de Recaudación

se sigue contra "Jerez Industrial, Sociedad

Anónima", con CIF A11600756, por débitos al Tesoro

Público por los conceptos y ejercicios garantizados

mediante hipoteca constituida y aceptada sobre los

bienes que a continuación se describirá y que

ascienden por principal y recargo de apremio al día de

la fecha a 701.396.584 pesetas, más los intereses

de demora que procedieran a la fecha de cancelación

de las deudas, y cumplidos cuantos requisitos legales

se establecen como trámite previo a la enajenación:

Vengo en acordar: Que se proceda a la celebración

de subasta pública de inmueble el día 25 de

septiembre de 2000 (25/09/2000), a las doce treinta

horas, en el salón de actos de la Delegación de

la Agencia Estatal de la Administración Tributaria

de Jerez de la Frontera, plaza de las Marinas, 2,

observándose en su trámite y realización las

prescripciones del artículo 148 del Reglamento General

de Recaudación aprobado por Real Decreto

1684/1990, de 20 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" número 3, de 3 de enero de 1991),

parcialmente modificado por el Real Decreto

448/1995, de 24 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" número 74, del 28), siendo el tipo de

subasta conforme al artículo 139 del citado Reglamento

el de 47.358.088 pesetas, y en segunda e inmediata

licitación, si así se estimase conveniente previa

deliberación de los componentes de la Mesa de Subasta,

se admitirán proposiciones que cubran el nuevo tipo

que será el 75 por 100 del tipo de subasta en primera

licitación.

Asimismo, cuando en la licitación o licitaciones

celebradas no se hubiese cubierto la deuda y en

el caso de que resultasen bienes sin adjudicar, la

Mesa de Subasta anunciará respecto de los mismos

la apertura del procedimiento de venta mediante

gestión y adjudicación directa conforme a lo

dis

puesto en el artículo 150 del Reglamento General

de Recaudación y en las condiciones establecidas

en el anuncio de la presente subasta, en cuyo caso

el precio mínimo de adjudicación será, cuando los

bienes hayan sido objeto de subasta con una sola

licitación, el tipo de subasta, y cuando lo hayan

sido con dos licitaciones, no existirá precio mínimo.

La descripción registral del bien objeto de subasta

es la siguiente:

Urbana.-Porción de terreno en las inmediaciones

del casco de la población, próximo a la capilla del

Calvario, que tiene una superficie de 9.605 metros

78 decímetros cuadrados, y según más reciente

medición realizada tiene 10.058 metros cuadrados;

y linda: Por norte, con la calle Marqués de Cádiz;

al sur, con la calle Taxdirt; por el este, con la finca

del Marqués de Casa Arizón, y por el oeste, con

la cañada de Miraflores o camino del Calvario. Sobre

la finca se ha realizado una obra nueva y varias

reformas descritas como zonas A, B, C, D y E.

Término de Jerez de la Frontera. Finca número

135N, inscrita en el Registro número 1 de los de

Jerez de la Frontera al tomo 153, folios 122, 123,

124, 128, 149 y 171. Valoración: 331.514.622

pesetas. Total cargas: 284.156.534 pesetas. Tipo subasta

primera licitación: 47.358.088 pesetas. Tramos:

1.000.000 de pesetas. Tipo subasta segunda

licitación: 35.518.566 pesetas. Tramos: 1.000.000 de

pesetas.

Notifíquese esta providencia al deudor, a su

cónyuge, al depositario y a los acreedores hipotecarios

o pignoraticios si existiesen, y hágase público por

medio de anuncio que se fijará en los tablones de

anuncios de esta Delegación Especial, de la

Delegación de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria de Jerez de la Frontera, de los

Ayuntamientos de Sevilla y del municipio donde se encuentre

el bien trabado y en el "Boletín Oficial" de la

provincia. Asimismo, procederá su publicación en un

medio de comunicación escrito de gran difusión,

siendo en este caso los gastos en concepto de costas

causadas en el procedimiento, por cuenta de los

deudores en proporción al valor de los bienes

subastados y, en su caso, la dirección de Internet de

la Agencia Tributaria (http://www.aeat.es) para

conocimiento de los interesados y general, con la

advertencia a todos y cada uno de ellos y muy

especialmente en caso de deudores con domicilio

desconocido, que la notificación de la subasta se

entenderá practicada a todos los efectos por medio de

su anuncio.

Sevilla, 15 de junio de 2000.-La Jefa de la

Dependencia Regional de Recaudación, Magdalena del

Rosal García."

Y en cumplimiento de lo acordado en la transcrita

providencia, se publica el presente anuncio, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.56

del Reglamento General de Recaudación, y se

advierte a las personas que deseen licitador las

siguientes condiciones:

1.a Que la subasta se celebrará como se dice

en la transcrita providencia el día 25 de septiembre

de 2000 (25/09/2000), a las doce horas treinta

minutos de la mañana, en el salón de actos de la

Delegación de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria de Jerez de la Frontera, plaza de las

Marinas, número 2, ante la Mesa compuesta por el Jefe

de la Dependencia Regional de Recaudación, que

la presidirá el señor Jefe de la Unidad Regional

de Recaudación que instruye el expediente,

pudiendo ambos ser sustituidos, y un funcionario designado

al efecto por el señor Delegado Especial de la

Agencia, que actuará como Secretario, en cuyo acto y

previo depósito reglamentario del 20 por 100 del

tipo de subasta en primera licitación, se admitirán

las posturas que cubran el referido tipo, y en segunda

e inmediata licitación, si así se acordase previa

deliberación de los componentes de la Mesa de Subasta

cuando no se hubiere cubierto la deuda y queden

bienes sin adjudicar, se admitirán proposiciones que

cubran el nuevo tipo que será del 75 por 100 del

que sirvió en primera licitación abriéndose a tal

fin un plazo de media hora para que los que deseen

licitar constituyan depósitos que cubran el 20 por

100 del nuevo tipo.

2.a Que la descripción del inmueble a cuya

enajenación se va a proceder, valoración del mismo,

cargas, tipo de subasta y tramos de licitación, son

los especificados en la transcrita providencia. El

adjudicatario o adjudicatarios aceptan y se subrogan

en las cargas de carácter preferente que legalmente

deban quedar subsistentes, si las hubiere, sin que

pueda destinarse a su extinción el precio del remate,

así como respecto de aquellas situaciones jurídicas

que les afecten, conforme a la documentación que

consta en el expediente a disposición de los posibles

interesados.

Asimismo, el importe de la adjudicación en

ningún caso podrá destinarse a hacer frente a las

responsabilidades que deriven de las afecciones que

legalmente recaigan sobre los bienes transmitidos

y que deban ser conocidas por los interesados, en

particular, las derivadas de lo previsto en el artículo

74 de la Ley General Tributaria, en el artículo 76

de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora

de las Haciendas Locales, y en el artículo 9 de

la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad

Horizontal.

3.a Que para tomar parte en la subasta será

requisito indispensable que los licitadores depositen

previamente, ante la Mesa indicada, el 20 por 100

de los respectivos tipos de subasta.

4.a El adjudicatario deberá entregar en el acto

de la adjudicación, o dentro de los cinco días hábiles

siguientes, la diferencia entre el depósito constituido

y el precio de remate.

5.a Que si hecha la adjudicación no pudiese

ultimarse la misma por negarse el adjudicatario a la

entrega del precio del remate, se declarará la pérdida

del depósito constituido, sin perjuicio de las

responsabilidades en que se incurriera por la

inefectividad de la misma, ingresándose aquél en firme

en el Tesoro Público.

6.a Que se podrá liberar el bien trabado y

suspenderse el procedimiento de enajenación en

cualquier momento anterior al de su adjudicación,

abonándose la deuda perseguida en su principal, recargo

de apremio, costas causadas e intereses de demora

que procedan.

7.a Que los títulos de propiedad o certificación

supletoria, en su caso, del bien que se subasta,

estarán de manifiesto hasta un día antes de la

celebración de la subasta, en la Dependencia Regional

de Recaudación de la AEAT en Andalucía, sita en

Sevilla, avenida República Argentina, 23, a fin de

que puedan ser examinados por aquellos a quienes

interesen. En cualquier caso, los licitadores habrán

de conformarse con los títulos de propiedad que

se hayan aportado al expediente, no teniendo

derecho a exigir otros. De no estar inscritos los bienes

en el Registro, la escritura de adjudicación es título

mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación

en los términos prevenidos en el artículo 199.b)

de la Ley Hipotecaria y que en los demás casos

en que sea preciso habrán de proceder, si les interesa,

como dispone el título VI de dicha Ley.

8.a Se admitirán pujas en sobre cerrado, en el

que se expresará el precio máximo ofrecido por

el licitador, debiendo incluirse en el mismo un

cheque conformado a favor del Tesoro Público por

el importe de la fianza a que se refiere el punto 3.

Los licitadores en sobre cerrado podrán, igualmente,

participar en la subasta si desean mejorar el precio

máximo ofrecido.

Estos sobres deberán presentarse en el Registro

General de la AEAT de la Delegación Especial de

Andalucía, sita en Sevilla, avenida República

Argentina, 23, desde el anuncio de la subasta hasta al

menos una hora antes de iniciarse ésta.

9.a Cuando en la primera licitación y, en su

caso, segunda licitación, no se hubiese cubierto la

deuda y queden bienes sin adjudicar, la Mesa

anunciará la apertura del trámite de venta mediante

gestión y adjudicación directa por un plazo máximo

de seis meses, en cuyo caso el precio mínimo de

adjudicación será, cuando los bienes hayan sido

objeto de subasta con una sola licitación, el tipo

de subasta, y cuando lo hayan sido con dos

licitaciones, no existirá precio mínimo.

En el trámite de venta mediante gestión directa

los interesados en la adjudicación podrán presentar

ofertas en sobre cerrado desde el día 25 de

septiembre de 2000, con la advertencia de que

transcurridos dos meses a contar desde el mismo, la

Administración se reserva el derecho a resolver la

adjudicación en cualquier momento dentro del plazo

de seis meses a que se refiere el artículo 150.2 del

Reglamento General de Recaudación, con las ofertas

que hayan sido presentadas hasta el instante mismo

de la propuesta del Jefe de la Dependencia Regional

a la Mesa de subasta. Las ofertas, que tendrán la

consideración de vinculantes, se presentarán

señalando que son dirigidas a este procedimiento, para

la adjudicación de los bienes.

Podrá declararse desierta la adjudicación cuando,

de forma razonada, el Jefe de la Dependencia

Regional estime que las ofertas presentadas no reúnen

condiciones económicas suficientes a los intereses

de la Hacienda Pública. No obstante, y siempre

dentro del referido plazo de seis meses, podrán

acordarse prórrogas sucesivas de igual duración, para

la presentación de nuevas ofertas en sobre cerrado,

lo que se anunciará en el tablón de anuncios de

esta Delegación Especial y, en cuyo caso, el citado

anuncio de prórroga servirá de comunicación a los

interesados cuyas ofertas hubiesen sido rechazadas.

10.a Que la Hacienda Pública se reserva el

derecho a pedir la adjudicación del inmueble que se

subasta, de no ser enajenado, según se establece

en los artículos 158 y siguientes del Reglamento

General de Recaudación y 137.2 de la Ley General

Tributaria.

11.a Los acreedores hipotecarios o pignoraticios

desconocidos, si los hubiere, se tendrán por

notificados con plena virtualidad legal por medio del

presente anuncio.

12.a Todos los gastos que se generen en el

presente expediente serán por cuenta del adjudicatario.

13.a El licitador o licitadores que resulten

adjudicatario del bien que se enajena, lo serán a títulos

propio y personal, no pudiéndose ejercer opción

alguna de cesión a terceros, salvo en el caso de

que actúen con poderes suficientes de terceras

personas o en representación de entidad jurídica.

14.a Si por causa de fuerza mayor u otras ajenas

a la Agencia Tributaria no pudiera celebrarse la

subasta en el día y hora señalados, la subasta tendrá

lugar en el mismo lugar y hora, al siguiente día hábil,

exceptuando los sábados, y en días sucesivos en

iguales condiciones si persistiere tal impedimento.

Sevilla, 15 de junio de 2000.-La Jefa de la

Dependencia Regional de Recaudación, Magdalena del

Rosal García.-&49.753.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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