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Documento BOE-B-2000-236049

NOTARÍA DE DON ANTONIO HUERTA TRÓLEZ

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2000, páginas 12900 a 12900 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2000-236049

TEXTO

Yo, Antonio Huerta Trólez, Notario del ilustre

Colegio de Madrid, con residencia en la misma capital,

Hago saber: Que en mi Notaría se sigue

procedimiento extrajudicial al amparo de lo dispuesto

en el artículo 16.2 de la Ley 28/1998, de 13 de

julio, de Venta a Plazos de Bienes Inmuebles, a

instancia de "FCE Bank PLC, Sucursal en España",

y en virtud de acta de requerimiento autorizada ante

mí, el día 16 de julio de 1999, bajo el número

1.999 de protocolo, se requiere de pago a don Juan

Alba Benítez, en paradero desconocido, en su

calidad de comprador del contrato de financiación a

comprador de automóviles número A-0331768, de

fecha 12 de agosto de 1998, suscrito con "FCE

Bank PLC, Sucursal en España" (cuando todavía

se denominaba "Ford Credit Europe PLC, Sucursal

en España"), como financiador, para la financiación

de la adquisición del vehículo "Ford Escor" 1.8

diesel, número de bastidor WOAXXWPAAM68051,

matrícula A-2213-DS.

El requerimiento de pago se efectúa sobre la suma

total de un millón setecientas cincuenta y dos mil

dieciséis (1.725.016) pesetas (10.529,83 euros), más

intereses de demora, gastos y costas, presupuestados

en la cantidad de seiscientas mil (600.000) pesetas

(3.606,7 euros), siendo la causa de vencimiento de

las obligaciones de impago de más de dos plazos

de los pactados en el contrato de financiación

suscrito, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.2,

último párrafo, de la Ley 28/1998, de 13 de julio,

de Venta a Plazos de Bienes Muebles. Todo ello

haciendo constar que, si el deudor no pagara los

citados importes en el plazo de tres días, se

procederá a la subasta de los bienes sin necesidad de

nuevas notificaciones ni requerimientos,

reservándose "FCE Bank PLC, Sucursal en España", el

derecho a adjudicarse el vehículo en la forma prevista

en el segundo párrafo del apartado c), en relación

al apartado e), del artículo 16.2 de la Ley 28/1998,

así como para el caso de que no hubiera postores

en las subastas, dejando, en este último caso, a

disposición del requerido, el excedente que pudiera

resultar de dicha subasta.

Madrid, 11 de julio de 2000.-Antonio Huerta

Trólez.-54.158.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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