Hace saber a doña Cristina Segura Ferrando, en
relación con el expediente incoado al amparo de
la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas
y asistencia a las víctimas de delitos violentos y
contra la libertad sexual, que procede desestimar
a la interesada las ayudas solicitadas al amparo de
dicha Ley. Y ello, en cumplimiento del artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 1 de septiembre de 2000.-El Subdirector
general de Gestión de Clases Pasivas, Heliodoro
Giner Ubago.-54.695.
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