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Documento BOE-B-2000-260034

Resolución de la Dirección General de Agricultura por la que se acuerda la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la notificación y resolución del expediente número SEM-1/2000, correspondiente a "Semillas Cortés Marín, Sociedad Limitada" para la devolución de la Ayuda del FEOGA, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haber sido posible la notificación personal al interesado.

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2000, páginas 14222 a 14222 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2000-260034

TEXTO

Resolución del expediente de devolución de

ayudas FEOGA, correspondiente a "Semillas Cortés

Marín, Sociedad Limitada", con domicilio en

carretera de Fontanar, kilómetro 0,5, Guadalajara. Con

fecha 21 de febrero de 2000, se inició expediente

de devolución de ayudas FEOGA-GARANTÍA, a

"Semillas Cortés Marín, Sociedad Limitada", por

un importe de 23.590.195 pesetas, concluyéndose

que al no poder realizarse los controles establecidos

en el Reglamento (CEE) 4045/89 del Consejo, se

infringe el artículo 81.4 C) del texto refundido de

la Ley General Presupuestaria, que establece como

obligación del beneficiario el sometimiento a las

actuaciones de comprobación, por lo que según el

artículo 81.9 d) de la propia Ley General

Presupuestaria, resulta procedente el reintegro de las

cantidades percibidas y la exigencia del interés de mora,

como consecuencia de los siguientes hechos:

Con fecha 4 de mayo de 1999, los Inspectores

de la Inspección Territorial del FEGA de Castilla-La

Mancha, don Olegario Aguado Delgado y don

Santiago Salcedo García Cervogón, se personaron en

la sede central de su empresa y no pudieron efectuar

la inspección obligatoria por encontrársela cerrada,

aunque no observaron ningún distintivo que

indentificara sus instalaciones. Con fecha 2 de noviembre

fue solicitada información sobre la situación actual

de su empresa en el Registro Mercantil de

Guadalajara, confirmándose la denominación y

dirección de la empresa. Con fecha 4 de noviembre de

1999, se consultó a la Dirección General de la

Producción Agraria de la Consejería de Agricultura y

Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de

Castilla-La Mancha la situación de su empresa,

comunicándosenos que la dirección era correcta y

que su última actuación en certificación de semillas

había sido en octubre de 1998. Con fecha 21 de

febrero de 2000, se inició procedimiento de

devolución de ayudas FEOGA-GARANTÍA, a "Semillas

Cortés Marín, Sociedad Limitada", por un importe

de 23.590.195 pesetas, comunicándoselo al

interesado por correo certificado con aviso de recibo.

Dicho escrito fue devuelto por el Servicio de Correos

el día 13 de marzo, con la indicación "se ausentó".

Posteriormente, fue publicado en el "Boletín Oficial

del Estado" con fecha 24 de abril de 2000.

Asimismo, fue expuesto en el tablón de edictos del

excelentísimo Ayuntamiento de Guadalajara, sin que

la entidad interesada haya presentado alegaciones

dentro del plazo de quince días que le fue concedido.

Fundamento de derecho: Artículos 2.2, 2.3, 3.1,

4 y 5 del Reglamento CEE 4045/89, del Consejo,

de 21 de diciembre de 1989; artículo 81.4 c) del

texto refundido de la Ley General Presupuestaria,

aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988,

de 23 de septiembre. Al no poder realizarse por

causa del interesado, los controles establecidos en

el Reglamento CEE 4045/89, de 21 de diciembre,

del Consejo, se infringe el artículo 81.4 c) del texto

refundido de la Ley General Presupuestaria, que

establece como obligación del beneficiario el

sometimiento a las actuaciones de comprobación, por

lo que, según el artículo 81.9 d), resulta procedente

el reintegro de las cantidades percibidas y la

exigencia del interés de demora.

Vistos: El Reglamento CEE 4045/89 de 21 de

diciembre, el texto refundido de la Ley General

Presupuestaria, aprobada por Real Decreto

Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre; la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13

de enero, que modifica la anterior; la Orden de

1 de julio, de delegación de atribuciones, y el Real

Decreto 1282/2000, de 30 de junio, por el que

se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica

del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,

esta Secretaría General de Agricultura y

Alimentación, actuando por delegación del excelentísimo

señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación

(Orden de 1 de julio de 1999, "Boletín Oficial del

Estado" de 6 de julio), acuerda:

Resolver que la entidad expedientada deberá

proceder a la devolución de ayudas

FEOGA-GARANTÍA, por un importe de 23.590.195 pesetas, más

el interés de demora. El plazo para efectuar el

ingreso en período voluntario de la deuda, más los

intereses legales que correspondan, le será comunicado

por la Delegación de Hacienda que corresponda

a su domicilio, pudiendo solicitar en el referido

período el fraccionamiento o aplazamiento de la

deuda ante dicha Delegación cuando reciba la

notificación correspondiente. Contra la presente

Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá

interponer recurso potestativo de reposición, en el

plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

al que reciba la presente Resolución, ante el mismo

órgano que la dictó, o ser impugnada directamente

ante el órgano jurisdiccional

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir

del día siguiente al que reciba la presente Resolución

(artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de 13 de

enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo común.

Madrid, 29 de junio de 2000.-El Ministro de

Agricultura, Pesca y Alimentación, P. D., la

Secretaria general de Agricultura y Alimentación, Isabel

García Tejerina.-58.931.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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