El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 20
de octubre de 2000, de conformidad con lo previsto
en el artículo 40.6 de la Ley 62/1997, de 26 de
diciembre, de modificación de la Ley 27/1992, de
24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante, de las facultades atribuidas al
Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Valencia por el artículo 9 de la O.M. de
30 de julio de 1998, por la que se establece el
régimen de tarifas por servicios prestados por las
Autoridades Portuarias, en materia de resolución
de reclamaciones sobre liquidaciones por tarifas, y
de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, a propuesta de la Secretaria
General, acordó lo siguiente:
1.o Revocar las delegaciones de competencias
que, en materia de resolución de reclamaciones
sobre liquidaciones por tarifas portuarias, fueron
efectuadas por el Consejo de Administración de
la Autoridad Portuaria de Valencia a favor del
Director de la Entidad, del Jefe del Departamento
de Explotación, del Director de Planificación y
Servicios y del Jefe del Departamento de los
Puertos de Gandía y Sagunto, en las sesiones de 14
de octubre y 17 de diciembre de 1998.
2.o Delegar indistintamente en el señor Director
general de la Autoridad Portuaria de Valencia y
en el señor Director de Área de Planificación y
Estudios de esta entidad, la facultad de resolución
de las reclamaciones que se fundamenten en razones
de concepto o naturaleza jurídica de las tarifas, así
como las fundamentadas en razones de cuantía y/o
errores cualesquiera que sea el importe en discusión.
3.o Delegar indistintamente en el señor Director
de Área de Operaciones y Desarrollo Comercial,
en el señor Director de Área del Puerto de Sagunto
y Calidad y en el señor Director de Área del Puerto
de Gandía la facultad de resolución de
reclamaciones que se fundamentan en razones de cuantía
y/o errores en la liquidación y que el importe en
discusión no sea superior a quinientas mil (500.000)
pesetas.
4.o Ordenar la publicación de los anteriores
acuerdos en el "Boletín Oficial del Estado".
Valencia, 23 de octubre de 2000.-El Presidente,
Rafael del Moral Carro.-El Secretario del Consejo
d e A d m i n i s t r a c i ó n , F e r n a n d o L l o p i s
Giner.-65.446.
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