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Documento BOE-B-2000-310089

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre expropiación forzosa para la realización de las obras de abastecimiento de emergencia a Malagón (Ciudad Real). Términos municipales de Malagón y Fernancaballero (Ciudad Real).

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 2000, páginas 17058 a 17058 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2000-310089

TEXTO

El Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero,

arbitra medidas de carácter urgente en materia de

abastecimientos hidráulicos, declarando de interés

general y de urgencia las obras de "Captaciones

Hidrogeológicas y otras actuaciones en La Mancha

y en la Comarca del Bullaque".

En cumplimiento de lo preceptuado en los

artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de

16 de diciembre de 1954, y el 56 de su Reglamento,

se convoca a los propietarios para el levantamiento

de las correspondientes actas previas de ocupación,

que tendrá lugar de acuerdo con los turnos

establecidos y que se publican en los tablones de edictos

de los Ayuntamientos afectados, los próximos días

24 de enero de 2001 a las once horas treinta minutos

en el Ayuntamiento de Fernancaballero (Ciudad

Real), y 25 de enero de 2001, a las nueve horas

treinta minutos en el Ayuntamiento de Malagón

(Ciudad Real). No obstante lo anterior, si algún

afectado así lo solicita, el citado levantamiento se

producirá en los propios terrenos a expropiar. A

dicho acto podrán asistir los afectados

personalmente, o bien representados por una persona

debidamente autorizada para actuar en su nombre.

Aportarán la documentación acreditativa de la titularidad

de los bienes objeto de expropiación (Certificado

del Registro de la Propiedad, escritura pública o

fotocopias compulsadas de esos documentos, así

como los recibos del IBI de los dos últimos años,

o fotocopias compulsadas de los mismos). Los

afectados pueden hacerse acompañar a su costa de

Perito y Notario, si lo estiman oportuno.

Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley

de Expropiación Forzosa, las personas que se

consideren afectadas podrán formular por escrito, ante

esta Confederación, hasta el momento del

levantamiento de las actas previas a la ocupación,

alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles

errores que se hayan podido producir al relacionar

los bienes afectados.

La relación de propietarios afectados se encuentra

expuesta en el tablón de edictos de los

Ayuntamientos citados.

Badajoz, 4 de diciembre de 2000.-El Secretario

general, Diego de la Cruz Otero.-69.805.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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