El Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero,
arbitra medidas de carácter urgente en materia de
abastecimientos hidráulicos, declarando de interés
general y de urgencia las obras de "Captaciones
Hidrogeológicas y otras actuaciones en La Mancha
y en la Comarca del Bullaque".
En cumplimiento de lo preceptuado en los
artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de
16 de diciembre de 1954, y el 56 de su Reglamento,
se convoca a los propietarios para el levantamiento
de las correspondientes actas previas de ocupación,
que tendrá lugar de acuerdo con los turnos
establecidos y que se publican en los tablones de edictos
de los Ayuntamientos afectados, los próximos días
17 de enero de 2001, a las nueve horas treinta
minutos y a las dieciséis horas en el Ayuntamiento
de Arroba de los Montes (Ciudad Real); el 18 de
enero de 2001, a las diez horas en el Ayuntamiento
de Alcoba de los Montes (Ciudad Real); el 31 de
enero de 2001, a las nueve horas treinta minutos
y a las dieciséis horas treinta minutos; 1 de febrero
de 2001, a las nueve horas treinta minutos y 7
de febrero de 2001, a las nueve horas treinta minutos
y a las dieciséis horas treinta minutos en el
Ayuntamiento de Fontanarejo (Ciudad Real), y el 8 de
febrero de 2001, a las nueve horas treinta minutos
en el Ayuntamiento de Navalpino (Ciudad Real).
No obstante lo anterior, si algún afectado así lo
solicita, el citado levantamiento se producirá en los
propios terrenos a expropiar.
A dicho acto podrán asistir los afectados
personalmente, o bien representados por una persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre.
Aportarán la documentación acreditativa de la
titularidad de los bienes objeto de expropiación
(Certificado del Registro de la Propiedad, escritura
pública o fotocopias compulsadas de esos documentos,
así como los recibos del IBI de los dos últimos
años, o fotocopias compulsadas de los mismos).
Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa
de Perito y Notario, si lo estiman oportuno.
Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley
de Expropiación Forzosa, las personas que se
consideren afectadas podrán formular por escrito, ante
esta Confederación, hasta el momento del
levantamiento de las actas previas a la ocupación,
alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hayan podido producir al relacionar
los bienes afectados.
La relación de propietarios afectados se encuentra
expuesta en el tablón de edictos de los
Ayuntamientos citados.
Badajoz, 5 de diciembre de 2000.-El Secretario
general, Diego de la Cruz Otero.-69.806.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid