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Documento BOE-B-2000-34082

Resolución del Director de la Agencia de Protección de Datos, de 25 de enero de 2000, sobre convocatoria del "Primer Premio de Periodismo Protección Datos Personales", convocatoria 2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2000, páginas 1658 a 1659 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2000-34082

TEXTO

La Agencia de Protección de Datos, en el ejercicio

de las competencias que la ley le atribuye, y con

la finalidad de profundizar en el estudio del

desarrollo del artículo 18.4 de la Constitución, ha acordado

proceder a convocatoria del premio de Periodismo

sobre "Protección Datos Personales", convocatoria

2000, que habrá de ajustarse a las siguientes bases:

Primera.-Se convoca el "Primer Premio de

Periodismo Protección Datos Personales",

correspondiente al año 2000, con una dotación de 250.000

pesetas.

Segunda.-Pueden optar al "Primer Premio de

Periodismo Protección Datos Personales" los

trabajos publicados en medios de comunicación

escritos, que tengan como tema central la protección

de datos personales. Pueden concurrir aquellos

trabajos publicados desde el 1 de octubre de 1999

al 10 de septiembre de 2000.

Tercera.-El premio se otorgará al mejor artículo

o reportaje que signifique una aportación destacada

al conocimiento de la realidad y perspectivas de

la protección de datos personales.

Cuarta.-La extensión de las obras será libre,

debiendo aportarse original y dos copias. En el

supuesto de no presentarse redactados en cualquiera

de las lenguas oficiales españoles, se acompañará

traducción en lengua castellana.

No podrán participar los miembros del Jurado

ni el personal destinado en la Agencia de Protección

de Datos.

Quinta.-Las obras se presentarán en el Registro

de entrada del organismo convocante (Agencia de

Protección de Datos, paseo de la Castellana, 41,

3.a planta, 28046 Madrid). El plazo de admisión

de los trabajos finaliza a las catorce horas del día

11 de septiembre de 2000.

Sexta.-Concederá el premio un Jurado

compuesto por el Consejo Consultivo de la Agencia de

Protección de Datos bajo la Presidencia de su Director

e integrado por los vocales miembros del Consejo

Consultivo que se encuentren ejerciendo su mandato

en el momento de efectuarse el fallo.

Actuará como Secretario, con voz y sin voto, el

Secretario de dicho Consejo. En caso de empate

decidirá la votación el voto del Presidente. Si el

Jurado lo estimara oportuno se podrá otorgar el

premio "ex aequo".

Séptima.-La decisión del Jurado, que podrá

declarar desierto el premio, se hará pública antes del

día 10 de noviembre de 2000. El fallo, frente al

que no habrá recurso, se notificará personalmente

a quien resulte premiado.

Octava.-La Agencia de Protección de Datos

podrá reproducir, total o parcialmente, los trabajos

presentados y el nombre de los autores, citando

el medio de su publicación. Los trabajos y material

enviado no se devolverán a su autor, quedando una

copia de los mismos en la Agencia de Protección

de Datos.

Novena.-La participación en el concurso implica

la aceptación de todas las bases de la convocatoria.

Madrid, 25 de enero de 2000.-El Director de

la Agencia de Protección de Datos, Juan Manuel

Fernández López.-&4.951.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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