Desconociéndose el actual domicilio de don
Víctor Manuel Álvarez Valera, en nombre y
representación de "Vinkar, Sociedad Anónima", por no
hallarse en el de calle Córcega, 239, 08036
Barcelona, que había designado, se le hace saber por
el presente edicto que por este Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el expediente
R.G. 70/99; R.S. 114/99, seguido a su instancia
por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales,
se ha dictado resolución de Sala del 16 de diciembre
de 1999, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso de alzada promovido por
"Vinkar, Sociedad Anónima", contra resolución del
Tribunal Regional de Cataluña, de 15 de octubre
de 1998, recaída en el expediente de reclamación
número 6510/96, acuerda desestimarlo y confirmar
la resolución impugnada."
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta Resolución definitiva en
vía económico-administrativa puede interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos
meses, a contar del día siguiente a la fecha de este
edicto.
Madrid, 24 de enero de 2000.-El Vocal, P. S.,
Pilar Hernández Abad.-&6.651.
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