Está Vd. en

Documento BOE-B-2000-48086

Resolución de la Delegación Provincial de Pontevedra, de 25 de enero de 2000, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se describe ( n ú m e r o d e e x p e d i e n t e I N 4 0 7 A 1998/255-4).

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2000, páginas 2477 a 2478 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2000-48086

TEXTO

Visto el expediente para otorgamiento de

autorización administrativa, declaración, en concreto, de

utilidad pública y la necesidad de la urgente

ocupación que lleva implícita, así como la aprobación

del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica

que a continuación se detalla:

Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".

Domicilio social: Avenida García Barbón, 38,

36201 Vigo.

Título: Línea de media tensión, centro de

transformación y red de baja tensión Baiuca.

Situación: Meaño.

Características técnicas:

Línea de media tensión, aérea desnuda, a 20 KV,

de 527 metros de longitud, con conductor tipo

LA-56, sobre apoyos de hormigón, desde el apoyo

2 de la línea de media tensión al centro de

transformación Constela-Vista Alegre, finalizando en el

centro de transformación que se proyecta en Baiuca,

Ayuntamiento de Meaño. Centro de transformación

de 50 KVA, relación de transformación 20

KV-380/220 V, red de baja tensión, aérea, de 595

metros de longitud, con conductor tipo RZ, sobre

apoyos de hormigón desde el centro de

transformación de Baiuca y centro de transformación de

Bouza.

Realizada la información pública y la notificación

individual a cada uno de los afectados, presentan

alegaciones los propietarios de las fincas 12, 27,

30 y 36. Los de la 12 y 30 solicitan que

representantes de la empresa eléctrica les expliquen sobre

el terreno la afección. La propietaria de la 27 dice

estar de acuerdo con la colocación del apoyo en

su finca, pero una vez revisada su afección se

comprobó que ésta es sólo de vuelo y equivale a 20

ml y 135 metros cuadrados. La propietaria de la

finca 36 dice no estar de acuerdo con el paso de

la línea y colocación del centro de transformación

en su finca, ya que el suelo está calificado como

edificable y esto le perjudicaría en un futuro.

Trasladadas las alegaciones a la empresa eléctrica,

ésta contesta que después de haber visitado a los

propietarios de las fincas 12 y 30, el primero no

está de acuerdo con la colocación del apoyo y el

segundo aunque dice estar de acuerdo con el paso

de la línea y colocación de apoyo no firmó la

autorización, por lo que sigue incluido en la relación

de afectados. En cuanto a las alegaciones de la finca

36 la empresa manifiesta que el trazado se eligió

por ser el menos perjudicial para los vecinos y una

modificación en el mismo supondría afectar a

nuevos propietarios y modificar las afecciones

existentes, no obstante, podrá presentar la variación

siempre y cuando aporte la conformidad de los nuevos

propietarios afectados.

Se dio traslado de los escritos de Unión Fenosa

a los afectados, sin que éstos contestasen en el plazo

establecido para ello;

Considerando que se ha seguido la tramitación

correspondiente y que respecto a las alegaciones

de la finca número 12, por su anchura no permite

edificación alguna, que en la número 27 el vuelo

pasa por la linde con el camino, por lo que tampoco

impide su utilización y uso actual, al igual que ocurre

con la 30 y que en cuanto a la 36 se eligió la

situación del centro de transformación que la línea

transcurriera por la linde entre las fincas 36 y 37,

siendo por tanto el trazado lógico tanto técnico

como en su intento de menor afección en fincas;

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley

54/1997, de 27 de noviembre, y en los capítulos

III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966, de

20 de octubre, sobre autorización y expropiación

forzosa de las instalaciones eléctricas,

Esta Delegación Provincial resuelve:

Autorizar, declarar, en concreto, la utilidad

pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva

implícita, así como la aprobación del proyecto de

ejecución de las referidas instalaciones, cuyas

características se ajustarán en todas sus partes a las que

figuran en el mismo y a las condiciones técnicas

y de seguridad establecidas en los Reglamentos de

aplicación, y en los condicionados establecidos por

los Ministerios, organismos o corporaciones que

constan en los expedientes.

Contra la presente resolución podrá interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Consejero de Industria y Comercio en el plazo de un

mes, contado a partir del día siguiente al de

notificación de esta resolución; también podrá

interponer cualquier otro recurso que estime pertinente

a su derecho.

Pontevedra, 25 de enero de 2000.-La Delegada

provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-7.864.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid