Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Embalatges Gendrau, Sociedad
Anóni
ma", que por el Tribunal Económico-Administrativo
Central, y en el expediente R.G. 10144/96 seguido
a su instancia por licencia fiscal de actividades
comerciales e industriales, ejercicios 1986 a 1990,
se ha dictado resolución en sesión del día 10 de
septiembre de 1999, cuya parte dispositiva dice lo
siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución del recurso de alzada
interpuesto por "Embalatges Gendrau, Sociedad
Anónima", contra el acuerdo del Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Cataluña de fecha
29 de mayo de 1996, recaído en su expediente
número 5507/92, acuerda:
1.o Estimar parcialmente dicho recurso.
2.o Disponer que en relación con el segundo
semestre de 1986 no constituye elemento tributario
computable el operario don Julián González Dern.
3.o Disponer que se practique nueva liquidación
en la que tanto en las cuotas, intereses de demora
y sanción se tenga en cuenta lo dispuesto en el
pronunciamiento anterior."
Lo que se le notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio."
Madrid, 4 de enero de 2000.-El Vocal, Adolfo
Carlos Gonozález Armengol.-&8.364.
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