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Documento BOE-B-2000-53095

Resolución de la Dirección General de Energía y Minas, de 27 de diciembre de 1999, por la que se otorga a la empresa "FECSAENHER I, Sociedad Anónima", la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica (expediente 99/4063621).

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2000, páginas 2824 a 2824 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2000-53095

TEXTO

La empresa "Fuerzas Eléctricas de Cataluña,

Sociedad Anónima" (FECSA), actualmente

denominada FECSA-ENHER I, con domicilio social en

avenida Paral lel, 51, de Barcelona, ha solicitado

ante el Departamento de Industria, Comercio y

Turismo la autorización administrativa, la

declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación

del proyecto de ejecución de la línea eléctrica a

25 kV y nuevo PT Cal Pere, en el término municipal

de Sant Salvador de Guardiola (Bages).

En cumplimiento de los trámites establecidos en

el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de

noviembre, por el que se determinan los procedimientos

administrativos aplicables a las instalaciones

eléctricas, y el capítulo 3 del Decreto 2617/1966, de 20

de octubre, sobre las normas para otorgar la

autorización administrativa en materia de instalaciones

eléctricas, que continúa en vigor de acuerdo con

lo que prevé la disposición transitoria primera de

la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico, la solicitud mencionada ha sido sometida

a un período de información pública mediante

anuncios publicados en el "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña" número 2979, de 21 de

septiembre de 1999; en el "Boletín Oficial del Estado"

número 253, de 22 de octubre de 1999, y en el

diario "Regió 7", de 18 de noviembre.

Paralelamente al trámite de información pública,

en cumplimiento de lo que dispone el artículo 16.2

del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, por el

que se aprueba el Reglamento de Expropiación

Forzosa y Sanciones en Materia de Instalaciones

Eléctricas, se ha practicado la notificación individual

a los titulares afectados para que puedan formular

las alegaciones procedentes, según lo que disponen

los artículos 25 y 26 del mencionado Decreto.

Dentro del plazo otorgado doña Júlia Tomàs Vila

ha presentado alegaciones que básicamente

consisten en solicitar que el PT 23420 se sitúe en el

margen derecho del camino existente, el

desmantelamiento de la línea de BT antigua sustituida por

la proyectada, enlace PT 23420 con la línea de

alimentación a los suministros de la zona de Can

Quico y ubicación del apoyo número 2 en la finca

número 5.

Alegaciones que han sido contestadas por la

empresa solicitante, que pone de manifiesto que

no es posible el cambio de ubicación del nuevo

PT debido a la existencia de una línea de TESA

en el único punto posible de ubicación. Respecto

a las otras peticiones, declara que no tiene

inconveniente en efectuarlas siempre que se pongan a

su disposición los permisos por escrito de los

propietarios que resultarían afectados.

Asimismo, de acuerdo con lo que prevé el

artículo 13 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre,

se solicitó informe al Ayuntamiento de Sant

Salvador de Guardiola, que ha informado

favorablemente.

La ejecución de esta línea eléctrica de distribución

se considera necesaria para mejorar la calidad del

servicio del área considerada.

Cumplidos los trámites administrativos que

disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y la

Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de Organización,

Procedimiento y Régimen Jurídico de la

Administración de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

1. Otorgar a la empresa FECSA la autorización

administrativa de la línea eléctrica a 25 kV, al PT

23420 Cal Pere, en el término municipal de Sant

Salvador de Guardiola (Bages).

2. Declarar la utilidad pública de la instalación

eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad

pública lleva implícita la ocupación urgente de los

bienes y derechos afectados que se sometieron a

información pública en el anuncio publicado en el

"Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" de 21

de septiembre de 1999 y comporta las afectaciones

descritas en el mismo.

3. Aprobar el proyecto de ejecución de la

instalación eléctrica mencionada, con las características

técnicas siguientes: Línea eléctrica de distribución

a 25 kV, con origen en la línea eléctrica aérea a

25 kV Marcetes y final en el nuevo PT 23420 Cal

Pere, conducción aérea con un circuito, tres

conductores de Al-Ac de 54,6 milímetros cuadrados

en disposición triangular; 0,45 kilómetros de

longitud, apoyos de hormigón y metálicos de celosía

para transformación, denominado PT 23420 Cal

Pere, con un transformador de 160 kVA y una

relación de 25/0,38 kV.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo

dispuesto en la normativa anteriormente citada, así

como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto

1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de

instalación, ampliación y traslado de industrias, y

sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones deberán realizarse de

acuerdo con el proyecto técnico, firmado por el Ingeniero

técnico industrial don Francesc Archs i Lozano,

visado en fecha 22 de diciembre de 1998 por el

Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de

Manresa, con el número 40630, que ha servido de base

para la tramitación del expediente, con las

variaciones que, si procede, se soliciten y autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta

instalación eléctrica se someten a lo establecido en

el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión,

aprobado por el Decreto 3151/1987, de 28 de

noviembre; el Reglamento sobre Condiciones

Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales

Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación,

aprobado por el Real Decreto 2375/1982, de 12

de noviembre, y sus instrucciones técnicas

complementarias, aprobadas por la Orden de 18 de octubre

de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de Seguridad

de las Instalaciones Industriales, y el resto de

disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será la responsable del

uso, la conservación y el mantenimiento de la

instalación, de acuerdo con las condiciones de

seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la

instalación autorizada será de dos años, a contar desde

la fecha de publicación de esta Resolución en el

"Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña".

5. El Servicio de Energía Eléctrica podrá

realizar, durante las obras y una vez finalizadas éstas,

las comprobaciones y las pruebas que considere

necesarias en relación con el cumplimiento de las

condiciones generales y especiales de esta

Resolución.

6. Con esta finalidad, el titular de la instalación

comunicará al mencionado órgano administrativo

el inicio de las obras, las incidencias dignas de

mención durante su curso y también su finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de

las obras se adjuntará el certificado de dirección

y finalización de la instalación que acredite que éstas

se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado

cumplimiento a las normas y disposiciones antes

mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas

de las pruebas realizadas.

7. La Administración dejará sin efecto esta

autorización administrativa por las causas que establece

el artículo 24 del Decreto 1775/1967, de 22 de

julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte

del titular de la instalación, de las condiciones

impuestas en ésta.

En este supuesto, la Administración, previa

instrucción del correspondiente expediente, acordará

la revocación de la autorización con todas las

consecuencias de orden administrativo y civil que se

deriven según las disposiciones legales vigentes.

8. Esta autorización se otorga sin perjuicio a

terceros y es independiente de las autorizaciones

o licencias de competencia de otros organismos o

entidades públicas necesarias para realizar las obras

y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se puede interponer recurso de alzada

ante el Director general de Energía y Minas, en

el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente

de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en

el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, según la redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

Barcelona, 27 de diciembre de 1999.-El Jefe de

la Sección de Instalaciones Eléctricas, Alfonso

Cabezas Peña.-10.205.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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