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Documento BOE-B-2000-54068

Información pública sobre la aplicación práctica del Acuerdo de Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 13 de enero de 2000, por el que se establecen determinadas medidas en relación con los créditos excepcionales concedidos por las antiguas entidades oficiales de crédito a los damnificados por el desmoronamiento de la presa de Tous en 1982.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 2000, páginas 2863 a 2863 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2000-54068

TEXTO

Por el presente anuncio, el Instituto de Crédito

Oficial, como sucesor de las antiguas entidades

oficiales de crédito, informa a todos los titulares de

créditos excepcionales concedidos por éstas a los

damnificados por el desmoronamiento de la presa

de Tous, en aplicación de lo dispuesto en el Real

Decreto-ley 20/1982, de 23 de octubre, que se

hubieran acogido al resarcimiento de daños previsto en

cualquiera de los Reales Decretos-leyes 4/1993, de

26 de marzo, y 10/1995, de 28 de diciembre, que

ha sido instruido por la Comisión Delegada del

Gobierno para Asuntos Económicos de 13 de enero

de 2000 para que proceda a la condonación de

los intereses básicos más los de demora acumulados,

que permanezcan pendientes en los referidos

créditos a la fecha en que se produzca la cancelación

de los restantes conceptos de deuda que integren

el saldo de dichas operaciones.

Dicha condonación surtirá efecto individualmente

por cada operación, siendo así que será efectiva

durante un plazo máximo de nueve meses, a contar

desde la aprobación de esta medida, esto es, hasta

el próximo 13 de octubre de 2000 (inclusive).

No obstante, para aquellos titulares que puedan

acceder a las compensaciones previstas por la Ley

28/1999, de 16 de julio, en su calidad de

damnificados acogidos al Real Decreto-ley 4/1993, de

26 de marzo, dicha condonación será efectiva

durante un plazo máximo de seis meses, a contar desde

la fecha en que resulte certificada por la Delegación

del Gobierno en la Comunidad Autónoma

Valenciana la finalización de la gestión del pago de

aquellas compensaciones.

Para ampliar la información, las personas

interesadas pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas

de Argentaria o directamente al Instituto de Crédito

Oficial.

Madrid, 29 de febrero de 2000.-El Presidente

del Instituto de Crédito Oficial, José Gasset

Loring.-10.447.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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