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Documento BOE-B-2000-75231

Resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) sobre notificación a don José Méndez García, Administrador único de "Paradis Films Producciones Cinematográficas, Sociedad Limitada".

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 28 de marzo de 2000, páginas 4275 a 4275 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-B-2000-75231

TEXTO

Notificación del escrito de 7 de enero de 1998,

de la Subdirección General de Fomento de la

Industria Cinematográfica y Audiovisual, del Instituto de

la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, a

don José Méndez García, administrador único de

"Paradis Films Producciones Cinematográficas,

Sociedad Limitada", calle Consejo de Ciento, 239,

08011 Barcelona, por el que se da traslado del

incumplimiento del plazo de justificación del coste

de producción de la película "Cosmocomic",

expediente 13595.

Por medio del presente anuncio, una vez agotados

los medios de notificación previstos en el artículo

59 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se pone en conocimiento de don

José Méndez García, Administrador único de

"Paradis Films Producciones Cinematográficas,

Sociedad Limitada", que tuvo su último domicilio

conocido en la calle Valer i Serra, 19, 2.o-3.a, 08011

Barcelona, que con fecha 19 de noviembre de 1998

se le notifica que por la Subdirección General de

Fomento de la Industria Cinematográfica y

Audiovisual, del Instituto de la Cinematografía y de las

Artes Audiovisuales, se le ha dirigido el escrito que

se expresa en los siguientes términos:

Asunto: Incumplimiento plazo justificación del

coste de producción. Como beneficiario de una

ayuda sobre proyecto para la realización de

cortometrajes, quedó obligado al cumplimiento del requisito

indicado en los plazos que marca la norma

reguladora de la citada ayuda.

Superado ampliamente el plazo indicado, le

comunico que queda iniciado el procedimiento de

reintegro o de suspensión de la ayuda, según proceda,

de acuerdo con lo establecido en los artículos 81.9,

apartado a) y 82.1 apartado c) del texto refundido

de la Ley General Presupuestaria, disponiendo esa

empresa de un plazo de diez días para efectuar

las alegaciones y presentar los documentos y

justificantes que estimen oportunos. Transcurrido

dicho plazo se tendrá por realizado el trámite de

audiencia y se procederá a resolver el expediente

(artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Lo que se le comunica para su conocimiento y

efectos.

Madrid, 9 de marzo de 2000.-La Subdirectora

general de Fomento de la Industria Cinematográfica

y Audiovisual, Beatriz de Armas Serra.-14.618.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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