La empresa "Electra de Viesgo I, Sociedad
Anónima", con domicilio social en la calle Medio, 12,
Santander, ha solicitado ante la Dirección General
de Industria de la Consejería de Industria, Turismo,
Trabajo y Comunicaciones la autorización
administrativa y la declaración en concreto de utilidad
pública de la instalación eléctrica siguiente: Red de
baja tensión en Villasevil (electrificación rural de
Santiurde de Toranzo).
En cumplimiento de los trámites que establecen
los Decretos 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
las normas para el otorgamiento de autorización
administrativa en materia de instalaciones eléctricas,
y 2619/1966, de 20 de octubre, por el que se aprueba
el Reglamento sobre Expropiación y Sanciones en
Materia de Instalaciones Eléctricas, que continúan
en vigor, de acuerdo con lo que prevé la disposición
transitoria primera de la Ley 40/1994, de 30 de
diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico
Nacional, la solicitud mencionada ha sido sometida
a un período de información pública mediante el
anuncio publicado en el "Boletín Oficial de
Cantabria" número 260, de 30 de diciembre de 1998;
en el "Boletín Oficial del Estado" número 312,
de 30 de diciembre de 1998, y en el periódico
"Alerta" de 15 de diciembre de 1998.
Paralelamente al trámite de información pública,
en cumplimiento de lo que dispone el artículo 16.2
del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre, se ha
notificado al único afectado, don Ángel Rueda Díaz,
para que pudiese formular las alegaciones
procedentes, y en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 11 del mencionado Decreto 2619/1966, de
20 de octubre, se ha notificado al Ayuntamiento
de Santiurde de Toranzo.
Dentro del plazo otorgado ha presentado
alegaciones don Ángel Rueda Díaz, que manifiesta no
estar de acuerdo con el trazado de la línea que
le afecta, "ya que considero que se puede realizar
sin atravesar mi parcela, simplemente respetando
las lindes de las fincas".
En visita de inspección sobre el terreno, se ha
comprobado que el trazado propuesto por don
Ángel Rueda Díaz, en su escrito de fecha 30 de
diciembre de 1998, no cumple las condiciones
impuestas en los artículos 26.1.a) y b) y 26.3 del
Reglamento de la Ley 10/1966, de 18 de marzo,
aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Cumplidos los trámites administrativos que
dispone la Ley 40/1994; Decretos 2617/1966
y 2619/1966, ambos de 20 de octubre, ya citados;
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y demás normas
de legal y vigente aplicación.
Visto que, de acuerdo con lo que dispone el Real
Decreto 1903/1996, de 2 de agosto, y el
Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, la competencia
para autorizar instalaciones eléctricas provinciales
corresponde a la Dirección General de Industria;
Visto el informe favorable del Servicio de Energía,
resuelvo:
Primero.-Autorizar a la empresa "Electra de
Viesgo I, Sociedad Anónima", la instalación eléctrica
"Red de baja tensión en Villasevil (electrificación
rural de Santiurde de Toranzo)", con las
características técnicas siguientes:
Línea eléctrica:
Tensión: Baja tensión; longitud, 56 metros;
conductor, RZ 06/1 KV 3 ^ 25/54,6 milímetros
cuadrados Al Am.
Origen: CTI La Valleja-Villasevil, final cabaña de
doña Ignacia Bustamante.
Situación: Término municipal de Santiurde de
Toranzo.
Segundo.-Declarar la utilidad pública de la
instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo
dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la
Ley 54/1997, de 27 de noviembre, que llevará
implícita en todo caso la necesidad de ocupación o de
adquisición de los derechos afectados de los
propietarios con los que el solicitante no ha llegado
a un acuerdo e implicará su urgente ocupación a
los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Contra esta Resolución, que no agota la vía
administrativa, se podrá interponer recurso de alzada
ante el Consejero de Industria, Turismo, Trabajo
y Comunicaciones del Gobierno de Cantabria, en
el plazo de un mes desde el día siguiente a su
notificación de acuerdo con lo establecido en los
artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Santander, 25 de febrero de 2000.-El Director
general de Industria, Pedro Obregón
Cagicas.-14.887.
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