Con fecha 23 de octubre de 1997 la Dirección
General de Costas del Ministerio de Medio
Ambiente, por delegación de la excelentísima señora
Ministra y de conformidad con el Servicio Jurídico, ha
resuelto, en relación al asunto, lo siguiente:
I) Aprobar el acta de 2 de agosto de 1996 y
los planos de noviembre de 1996, en los que se
define el deslinde de los bienes de dominio público
marítimo-terrestre del tramo de costa, de unos 3.159
metros, comprendido entre el límite con el
Ayuntamiento de Cervo y la playa de Lago, término
municipal de Xove (Lugo).
II) Ordenar al Servicio de Costas de Lugo que
inicie las actuaciones conducentes a rectificar las
situaciones jurídicas registrales contradictorias con
el deslinde aprobado.
III) Otorgar el plazo de un (1) año, para solicitar
la concesión, a aquellos titulares de terrenos que
pudieran acreditar su inclusión en alguno de los
supuestos contemplados en la disposición transitoria
primera de la Ley de Costas.
Contra la presente resolución que pone fin a la
vía administrativa puede interponerse, directamente,
recurso contencioso-administrativo, previa
comunicación de su interposición al órgano que la ha
adoptado, en el plazo de dos (2) meses, contados desde
el día siguiente a la práctica de la notificación de
la misma, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Lo que se comunica para que por ese Servicio
Periférico se notifique la presente resolución a los
interesados en el expediente, Comunidad
Autónoma, Ayuntamientos respectivos y Registro de la
Propiedad, debiendo remitirse a este Centro Directivo
los acuses de recibo o los duplicados firmados que
permitan tener constancia del recibo de las citadas
notificaciones.
El Servicio Provincial de Costas en Lugo, en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 59.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, practica las
siguientes notificaciones, para conocimiento y
demás efectos, a aquellos titulares de fincas
colindantes con el dominio público marítimo-terrestre
que no hayan sido notificados, por ser desconocidos
o no disponer de su dirección, así como a los señores
que seguidamente se relacionan, a los cuales tras
intentos repetidos, no se les pudo practicar la
notificación individual:
Herederos de doña Benigna Otero Cociña,
Barxa-Lugo, 27870 Xove (Lugo). Doña Ramona
Pereira Fernández, Vilar-Lago, 27870 Xove (Lugo).
Herederos de don Antonio Rodríguez Díaz, Casas
Longas-Lago, 27870 Xove (Lugo).
Lugo, 17 de marzo de 2000.-El Jefe del Servicio
Provincial, José Miguel Esteban Dols.-&16.349.
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