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Documento BOE-B-2000-82134

Aprobando el acta de 2 de agosto de 1996 y los planos de noviembre de 1996, en los que se define el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos 3.159 metros, comprendiendo entre el límite con el Ayuntamiento de Cervo y la playa de Lago, término municipal de Xove (Lugo).

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 5 de abril de 2000, páginas 4821 a 4821 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2000-82134

TEXTO

Con fecha 23 de octubre de 1997 la Dirección

General de Costas del Ministerio de Medio

Ambiente, por delegación de la excelentísima señora

Ministra y de conformidad con el Servicio Jurídico, ha

resuelto, en relación al asunto, lo siguiente:

I) Aprobar el acta de 2 de agosto de 1996 y

los planos de noviembre de 1996, en los que se

define el deslinde de los bienes de dominio público

marítimo-terrestre del tramo de costa, de unos 3.159

metros, comprendido entre el límite con el

Ayuntamiento de Cervo y la playa de Lago, término

municipal de Xove (Lugo).

II) Ordenar al Servicio de Costas de Lugo que

inicie las actuaciones conducentes a rectificar las

situaciones jurídicas registrales contradictorias con

el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un (1) año, para solicitar

la concesión, a aquellos titulares de terrenos que

pudieran acreditar su inclusión en alguno de los

supuestos contemplados en la disposición transitoria

primera de la Ley de Costas.

Contra la presente resolución que pone fin a la

vía administrativa puede interponerse, directamente,

recurso contencioso-administrativo, previa

comunicación de su interposición al órgano que la ha

adoptado, en el plazo de dos (2) meses, contados desde

el día siguiente a la práctica de la notificación de

la misma, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Lo que se comunica para que por ese Servicio

Periférico se notifique la presente resolución a los

interesados en el expediente, Comunidad

Autónoma, Ayuntamientos respectivos y Registro de la

Propiedad, debiendo remitirse a este Centro Directivo

los acuses de recibo o los duplicados firmados que

permitan tener constancia del recibo de las citadas

notificaciones.

El Servicio Provincial de Costas en Lugo, en

cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, practica las

siguientes notificaciones, para conocimiento y

demás efectos, a aquellos titulares de fincas

colindantes con el dominio público marítimo-terrestre

que no hayan sido notificados, por ser desconocidos

o no disponer de su dirección, así como a los señores

que seguidamente se relacionan, a los cuales tras

intentos repetidos, no se les pudo practicar la

notificación individual:

Herederos de doña Benigna Otero Cociña,

Barxa-Lugo, 27870 Xove (Lugo). Doña Ramona

Pereira Fernández, Vilar-Lago, 27870 Xove (Lugo).

Herederos de don Antonio Rodríguez Díaz, Casas

Longas-Lago, 27870 Xove (Lugo).

Lugo, 17 de marzo de 2000.-El Jefe del Servicio

Provincial, José Miguel Esteban Dols.-&16.349.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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