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Documento BOE-B-2001-111081

Acuerdo de inicio de procedimiento sancionador PS/00005/2001 Agencia de Protección de Datos.

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 2001, páginas 5323 a 5323 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2001-111081

TEXTO

Desconociéndose el domicilio actual de "Centre

Telematic Valencia, S.C.P." procede acudir al medio

de notificación previsto en el artículo 59.4 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por

la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En consecuencia, a continuación se transcribe,

para que sirva de notificación, extracto del acuerdo

de inicio de procedimiento sancionador

número PS/00005/2001. El Director de la Agencia de

Protección de Datos acuerda iniciar procedimiento

sancionador a Centre Telematic Valencia, S.C.P.

por obstrucción del derecho de acceso, lo que puede

suponer infracción del artículo 15 de la Ley

Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección

de Datos de Carácter Personal, tipificada como

grave en el artículo 44.3.e) de dicha norma, y pudiendo

ser sancionada con multa de 10.000.000 a

50.000.000 de pesetas, de acuerdo con el artículo

45.2 de dicha Ley Orgánica. Nombrar como

Instructora a doña Mercedes Álvarez Bru, como

Secretario a don Carlos Garrido Falla, indicando que

cualquiera de ellos podrá ser recusado. El Director

de la Agencia de Protección de Datos es competente

para resolver este procedimiento según lo

establecido en los artículos 37.g y 36 de la Ley

Orgánica 15/1999. Se otorgan quince días hábiles a

"Centre Telematic Valencia, S.C.P." para que formule

las alegaciones y proponga las pruebas que considere

convenientes, pudiendo reconocer voluntariamente

su responsabilidad a los efectos previstos en el

artículo 8 del Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto.

De no efectuar alegaciones sobre el contenido de

la iniciación de este procedimiento la iniciación se

considerará propuesta de resolución, de acuerdo con

lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real

Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Madrid, 16 de abril de 2001.-El Secretario

general, Carlos Corbacho Pérez.-20.039.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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