Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a "Tipolit, Sociedad Anónima", que por el
Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
el expediente RG-2124/98, seguido a su instancia
por Impuestos Especiales, se ha dictado resolución
en sesión del día 7 de febrero de 2001, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución de la reclamación
económico-administrativa interpuesta por "Tipolit,
Sociedad Anónima", contra el acuerdo del Director
del Departamento de Aduanas e Impuestos
Especiales de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria de 20 de febrero de 1998, recaída en su
expediente 230-98-1 (CES-RN), acuerda:
Desestimar la reclamación y confirmar el acuerdo
impugnado."
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 20 de abril de 2001.-El Vocal-Jefe, Adolfo
Carlos González Armengol.-22.255.
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