Por don Ángel Romero Jiménez ha sido solicitada
la concesión de aprovechamiento de las aguas
siguientes:
Denominación: Agua minero-medicinal.
Municipio: Pedanía de Reolid, del término municipal de
Salobre. Paraje: Cerro de la Navaza.
El perímetro de protección consiste en la
superficie limitada por los siguientes vértices, expresados
en coordenadas UTM, elipsoide internacional de
Hayford y longitudes referidas al meridiano de
Greenwich datum europeo:
X Y
1 (Pp) 537.215 4.274.765
2 537.215 4.275.000
3 538.500 4.275.000
4 538.500 4.274.000
Lo que se hace público en cumplimiento del
artículo 7 del Reglamento de la Ley 8/1990, de 28
de diciembre, de las Aguas Minerales de
CastillaLa Mancha, para que todos los que puedan estar
interesados puedan presentar las alegaciones que
estimen oportunas en esta Delegación Provincial
de Industria y Trabajo de Albacete, calle Mauyor,
46, en el plazo de quince días contados a partir
de la siguiente publicación.
Albacete, 8 de mayo de 2001.-El Delegado
provincial, Pedro Antonio Ruiz Santos.-&25.396.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid