Con fecha 26 de julio de 1995, la Dirección
General de Carreteras aprobó el correspondiente proyecto
de construcción, ordenando la incoación del
expediente de expropiación forzosa de los terrenos
necesarios para la ejecución de las obras.
Esta Demarcación de Carreteras del Estado en
Andalucía Occidental, en uso de las facultades que
le confiere el Real Decreto 1454/1982, de 25 de
junio, en relación con el artículo 98 de la Ley de
Expropiación Forzosa, ha resuelto señalar en los
días y horas y Ayuntamiento que a continuación
se relacionan, el levantamiento de actas previas a
la ocupación de los bienes y derechos afectados
a consecuencia de la obra clave: 22-CO-2160.
"Variante de la base militar y barriada de Cerro Muriano.
CN-432, de Badajoz a Granada, puntos kilométricos
247,100 al 260,000. Tramo: El Vacar-Córdoba", la
cual está comprendida en el Programa de
Actuaciones Prioritarias en Carreteras, por lo que lleva
implícita la declaración de urgencia de la ocupación,
según el artículo 72 de la Ley 42/1994, de 30 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número 313,
del 31, página 39495), por lo que es de aplicación
el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,
de 16 de diciembre de 1954 ("Boletín Oficial del
Estado" número 351, del 17).
No obstante su reglamentaria inserción en el
"Boletín Oficial del Estado", "Boletín Oficial de la
Provincia de Córdoba", tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Córdoba y el diario "Córdoba" y "ABC
Córdoba", el presente señalamiento será notificado
mediante cédula a los interesados afectados, que
podrán concurrir al acto personalmente o bien
representados por persona provista de poder debidamente
autorizado para actuar en su nombre, aportando
los documentos acreditativos de su titularidad
(escritura) y los dos últimos recibos de la contribución
(Impuesto sobre Bienes Inmuebles), pudiendo
hacerse acompañar, a su costa, si lo estiman
oportuno, de sus peritos y Notario.
La publicación de los boletines oficiales, a tenor
de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, de 26
de noviembre de 1992, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
Conforme establece el artículo 56.2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento
en que se proceda al levantamiento de las citadas
actas previas a la ocupación, los interesados, así
como las personas que siendo titulares de derechos
e intereses directos sobre los bienes afectados hayan
podido omitirse al elaborar la relación de bienes
y propietarios afectados, podrán formular por escrito
alegaciones al solo efecto de subsanar los posibles
errores que pudieran existir en la relación de bienes
y derechos, ante esta Demarcación de Carreteras
o en el Ayuntamiento correspondiente.
Tanto la relación de propietarios, bienes y
derechos afectados, así como los planos parcelarios
correspondientes, pueden examinarse en el citado
Ayuntamiento o en la Unidad de Carreteras de
Córdoba de la Demarcación de Carreteras del Estado
en Andalucía Occidental, avenida de los Mozárabes,
1, 14071 Córdoba, en horas de oficina.
Ayuntamiento de Córdoba:
Día 14 de junio de 2001. Fincas 49, 52.a, 59,
60.a, 61, 62, 64.a y 64.b, desde las diez a las trece
treinta horas.
Día 15 de junio de 2001. Fincas 64.c, 64.d, 64.e,
64.f, 64.g, 65.a, 65 y 66, desde las diez a las trece
treinta horas.
Sevilla, 25 de mayo de 2001.-El Jefe de la
Demarcación de Carreteras, Manuel Ríos Pérez.-&30.991.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid