Visto el expediente incoado en el Servicio
Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la
Delegación Territorial en León de la Junta de Castilla
y León, a instancias de "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", con domicilio en La
Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los
Gaitanes, número 177, solicitando la autorización
administrativa de la modificación de la instalación
arriba citada,
Resultando que la línea fue autorizada por
Resolución de la Dirección General de Energía y
Combustibles del Ministerio de Industria, de fecha 24
de octubre de 1968,
Resultando que la petición de "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima" ha sido sometida a
información pública a los efectos previstos en el
artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, no habiéndose presentado
alegaciones ni oposición durante el plazo
reglamentario a la autorización solicitada,
Resultando que, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, ha sido informado el
Ayuntamiento de Villarejo de Órbigo y se ha enviado
separata del proyecto a "Autopistas de León, Sociedad
Anónima", a fin de imposición de condicionados,
Resultando que por el Ayuntamiento de Villarejo
de Órbigo no se recibe contestación alguna y
"Autopistas de León, Sociedad Anónima" muestra su
conformidad,
Resultando que la modificación de la línea viene
como consecuencia de la petición de "Autopistas
de León, Sociedad Anónima", a través de la empresa
Dragados, Obras y Proyectos, efectuada al amparo
de lo dispuesto en el artículo 153 del citado Real
Decreto, para la construcción de la autopista
León-Astorga,
Resultando que por "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima" se ha convenido con los
propietarios afectados por la modificación la
correspondiente adquisición o indemnización amistosa a
que hace referencia el artículo 151 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios ordenados en el capítulo II del título
VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto autorizar a "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima", la modificación de la
línea de transporte de energía eléctrica a 400 kV,
simple circuito, Montearenas 1-La Mudarra, entre
los apoyos 144-146, en el término municipal de
Villarejo de Órbigo (León), que consiste
fundamentalmente en:
Desmontar el actual apoyo número 145.
Instalar dos nuevos apoyos, 144 bis y 145, a ambos
lados de la autopista.
Apoyos: Metálicos, constituidos por perfiles
angulares de alas iguales, atornillados y galvanizados.
Cimentaciones: Independientes para cada pata,
de hormigón en masa.
Conductor: Dúplex, de Al-Ac, de 547,3
milímetros cuadrados de sección.
Cables de tierra: Uno de acero galvanizado con
fibra óptica.
Aislamiento: Cadenas dobles de 22 aisladores de
vidrio templado tipo U-160 BS.
Puestas a tierra: Anillos de cable de cobre de
50 milímetros cuadrados de sección, reforzados si
fuera necesario con picas de acero para que la
resistencia de difusión a tierra sea menor de 20 ohmios.
La finalidad de la modificación de la línea es
adecuar la línea a 400 kV al trazado de la autopista
León-Astorga.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la
Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de
la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 21 de junio de 2001.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.
Servicio territorial de Industria, Comercio y
Turismo. Delegación Territorial. Junta de Castilla y
León. León.-&40.287.
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