Habiéndose dado por la superioridad orden de
incoación del expediente de expropiación de las
obras referenciadas con fecha 27 de junio de 2001
y contando tales obras con la declaración de urgente
ocupación a través del artículo 10 del Real Decreto
ley 3/1993, de 26 de febrero, esta Demarcación
de Carreteras ha resuelto:
Primero.-Publicar la convocatoria para el
levantamiento de actas previas a la ocupación a que se
refiere el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa, en los tablones oficiales de los
Ayuntamientos donde radiquen los bienes y derechos
afectados y en el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín
Oficial de la Provincia de Cuenca" y en los diarios
"El Día de Cuenca" y "La Tribuna", ambos de la
capital de Cuenca, señalándose que la
comparecencia tendrá lugar en el Ayuntamiento de Pozoseco
para iniciar el levantamiento de actas previas, con
las siguientes fechas y en los siguientes lugares:
Ayuntamiento del término municipal de
Pozoseco: Día 2 de octubre, martes, de diez a catorce
horas.
Segundo.-Notificar individualmente a cada uno
de los interesados, el día y la hora del levantamiento
del acta previa de las fincas de su presunta
pertenencia, al que habrán de asistir personalmente
o representados por persona debidamente
autorizada, portando los documentos acreditativos de su
personalidad y de la titularidad de los bienes y
derechos afectados por la expropiación, así como el
último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles,
pudiendo hacerse acompañar, si lo desean y con
gastos a su costa, de Peritos y Notario, advirtiéndose
que, en caso de incomparecencia, se entenderán
las diligencias con el Ministerio Fiscal según el
artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa. En
los casos de posibles interesados no identificados,
titulares de bienes y derechos no identificados e
interesados con paradero desconocido, en
aplicación del artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992,
la publicación en los boletines oficiales y en los
tablones de anuncios de los Ayuntamientos de su
último domicilio tienen los efectos de la notificación.
Tercero.-Significar que, de acuerdo con el artículo
56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los
interesados propietarios, titulares de derechos reales
e intereses económicos directos sobre la cosa
expropiable, así como los arrendatarios, podrán formular
por escrito, hasta el momento del acta previa y
ante la Demarcación de Carreteras del Estado en
Castilla-La Mancha (plaza de Santa Clara,
número 7, 45071 Toledo), alegaciones fundadas a los
solos efectos de subsanar posibles errores u
omisiones que se hayan encontrado en la relación de
bienes y derechos y en los planos parcelarios de
la expropiación, documentos que podrán consultarse
por quienes lo soliciten en los Ayuntamientos
afectados por la expropiación y en las dependencias
de la Unidad de Carreteras del Estado en Cuenca
(calle Ramón y Cajal, 57, Cuenca), y en las de
la Demarcación de Carreteras del Estado en
Castilla-La Mancha (plaza de Santa Clara, 7, Toledo).
Toledo, 4 de septiembre de 2001.-El Jefe de la
Demarcación, Teodoro Abad Ortiz.-&46.837.
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